Jueves 13 de junio de 2024
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Política
La Ley Bases vuelve a Diputados con cambios: ¿Cómo sigue?

Diputados recibirá el texto como Cámara de origen tras la aprobación en el Senado. Puede ratificar el texto original o aceptar cambios parcialmente y desechar otros. No puede volver a introducir enmiendas.

ley bases
Diputados recibirá el proyecto con las modificaciones del Senado.

E

l Senado aprobó la Ley Bases tras una sesión maratónica, donde se realizaron cambios al texto original que venía con media sanción de la Cámara de Diputados, adonde volverá el proyecto para su sanción definitiva. Diputados podrá ratificar el texto original o aceptar cambios parcialmente y desechar otros, pero no puede volver a introducir enmiendas.

Aunque ya pasó por las dos Cámaras, el trámite de la ley Bases no ha terminado. Sucede que el Senado (Cámara “revisora” en este caso) introdujo cambios al texto aprobado en Diputados el 30 de abril, por lo que el proyecto con cambios regresa a la que fue su cámara “de origen” para su sanción definitiva.

Así lo establece la Constitución nacional, en su artículo 81. “Si el proyecto fuere objeto de adiciones o correcciones por la Cámara revisora, deberá indicarse el resultado de la votación a fin de establecer si tales adiciones o correcciones fueron realizadas por mayoría absoluta de los presentes o por las dos terceras partes de los presentes", indica la norma.

El texto que vuelve a Diputados ya no puede ser tocado y, en tal sentido, las opciones son aceptar los cambios que introdujo el Senado o insistir con la redacción original

Y aclara: "La Cámara de origen podrá por mayoría absoluta de los presentes aprobar el proyecto con las adiciones o correcciones introducidas o insistir en la redacción originaria, a menos que las adiciones o correcciones las haya realizado la revisora por dos terceras partes de los presentes".

En ese marco, señala que "en este último caso, el proyecto pasará al Poder Ejecutivo con las adiciones o correcciones de la Cámara revisora, salvo que la Cámara de origen insista en su redacción originaria con el voto de las dos terceras partes de los presentes”.

Diputados como cámara de origen, en este caso, “no podrá introducir nuevas adiciones o correcciones a las realizadas por la Cámara revisora”

Así, Diputados como cámara de origen, en este caso, “no podrá introducir nuevas adiciones o correcciones a las realizadas por la Cámara revisora”. 

Es decir, el texto que vuelve a Diputados ya no puede ser tocado y, en tal sentido, las opciones son ahora aceptar los cambios que introdujo el Senado, o insistir con la redacción original.

Con un proyecto tan extenso -que además tiene de complemento el proyecto de paquete fiscal- aquí cobra relevancia un debate que hubo en las últimas semanas: ¿Puede Diputados aceptar parcialmente modificaciones del Senado, pero insistir con capítulos del proyecto tal como le dio la media sanción? En los bloques dialoguistas van en esta línea, votar “en mosaico”.

En el bloque de la UCR circuló un informe hecho en la gestión de Mario Negri con un “Acta de los Presidentes de las Cámaras de interpretación” del art. 81 de la CN. Es del 26 de octubre de 1995, y acordó entre las autoridades de entonces (presidentes del Senado, Carlos Ruckauf, y de Diputados, Alberto Pierri) que cuando un proyecto de ley vuelve a la Cámara de origen con cambios hechos por la Cámara Revisora, podrá aquélla “aprobar o desechar la totalidad de dichas adiciones o correcciones, o aprobar algunas y desechar otras”.

También aclaran aunque de otro modo sería una colisión con la CN, que no pueden hacer modificaciones y deben respetar las mayorías prescriptas por el art. 81, en cuanto a la prevalencia de los dos tercios sobre las mayorías absolutas. En el informe de la UCR hay casos de sanciones de leyes que ejemplifican cómo se tomaron cambios de cámara revisora y se deshecharon otros; la última vez, en 2007.

Habrá que ver cuál es la opción en los bloques dialoguistas en temas sensibles. Por ejemplo, cuál versión de las privatizaciones prospera.

Luego entra en juego el presidente Javier Milei, que tiene la atribución de aplicar un veto total o parcial. En ese caso, en ambas cámaras deberían reunir dos tercios para insistir frente al Ejecutivo, ya que de conseguir ese porcentaje de votos tornará estéril el posible veto presidencial.

Uno por uno, los cambios que aceptó el Gobierno en la Ley Bases y el paquete fiscal

Antes de la votación en el Senado se introdujeron modificaciones de toda clase. Continuará la moratoria previsional, se privatizarán menos empresas y se limitará el alcance del RIGI, entre otras reformas, y en medio de extensas negociaciones para que el Senado apruebe la Ley Bases, el Gobierno de Javier Milei aceptó una serie de cambios fundamentales con relación al texto aprobado en Diputados.

El proyecto se quedó sin la derogación de la moratoria previsional y la creación la Prestación de Retiro Proporcional para aquellas personas que cumplieron 65 y que no completaron los 30 años de aportes necesarios para jubilarse.

También aplicó una serie de cambios sobre el RIGI y retiró de la lista de “privatizables” a Aerolíneas Argentinas, el Correo Argentino y Radio y Televisión Argentina (RTA), entre otros cambios. 

En las primeras horas de debate se dio a conocer que el texto que trataron los senadores en el recinto no incluía el capítulo que eliminaba la moratoria, lo que deja vigente el beneficio jubilatorio tal como rige desde el gobierno de Alberto Fernández, y da por tierra con el retiro proporcional que se proponía.

La moratoria previsional no será derogada.

Según especialistas, la derogación de la moratoria anticipada implicaba que 9 de cada 10 mujeres no podría jubilarse a los 60 años y debería esperar hasta los 65 años para acceder a una PUAM, en caso de no contar con aportes, o un retiro proporcional, en caso de contar con aportes por menos de 30 años en total. Esto se debe a que solo el 10% de las mujeres logra completar los 30 años de aportes al alcanzar la edad jubilatoria, explicaban previsionalistas.

Entre los hombres el cambio era menor, en comparación, pero también relevante. Si se hubiera incluido el fin de la moratoria en el texto, se calculaba que 7 de cada 10 hombres tampoco podrían jubilarse a los 65 años, debiendo optar por una pensión no contributiva o una jubilación proporcional.

Lo que dice el archivo

Esto es porque los altos niveles de informalidad que todavía persisten en el mercado laboral hace que esa porción de los trabajadores no llegue a la edad jubilatoria con el aporte suficiente.

Empresas no privatizables

En los primeros minutos del debate en la Cámara de Senadores de la Ley Bases, el oficialismo anunció que estaba dispuesto a modificar el artículo 7 de la Ley Bases para quitar de las empresas “sujetas a privatización” Aerolíneas Argentinas, el Correo Argentino y Radio y Televisión Argentina (RTA) - que controla la TV Pública y Radio Nacional y sus 40 repetidoras en el país-.

Lo que dice el archivo

La privatización de esas empresas era uno de los puntos que generaban mayor rechazo dentro de algunos sectores denominados “dialoguistas” como parte de la UCR, y el oficialismo corría el riesgo de que ese artículo fuera rechazado durante el debate en particular.

El texto original proponía la privatización total de Aerolíneas Argentinas S.A., Energía Argentina S.A., Radio y Televisión Argentina S.E., Intercargo SAU y otras que podrían ser privatizadas de manera parcial o concesionadas: Agua y Saneamientos Argentinos S.A.; Correo Oficial de la República Argentina S.A.; Belgrano Cargas y Logística S.A.; Sociedad Operadora Ferroviaria S.E (SOFSE) y Corredores Viales S.A.

Aerolíneas no estará entre las empresas privatizables.

Por pedido de la oposición dialoguista del PRO, Hacemos Coalición Federal y la UCR en Diputados, el Gobierno incluyó en el texto que en el proceso de traspaso a manos privadas, intervendrá la Comisión Bicameral de Seguimiento de las Privatizaciones, integrada por diputados y senadores, con la colaboración de la Sindicatura General de la Nación (SIGEN).

A su vez, la Auditoría General de la Nación (AGN) “deberá realizar un examen respecto del proceso de privatización de cada una de las empresas, evaluando el cumplimiento de los aspectos legales y financieros, una vez finalizado el mismo y dentro de un plazo de treinta días hábiles”.

Cambios en el RIGI

En lo que respecta al RIGI, la primera modificación apuntó al artículo 165: ya no será para “cualquier sector”, sino para “foresto industria, infraestructura, minería, energía y tecnología” que cumplan con los requisitos previstos. En tanto, habrá un guiño extra para proveedores locales, ya que el compromiso para este caso será “como mínimo el 20% de la totalidad del monto de inversión”, siempre y cuando “la oferta se encuentre disponible y en condiciones de mercado en cuanto a precio y calidad”.

Dicho porcentaje mínimo deberá mantenerse durante las etapas de construcción y operación. Otro retoque importante será en el artículo 196 -incentivos cambiarios-, que limita la obligación de liquidación en el mercado de cambios a las divisas que ingresen por exportaciones de productos que generen los proyectos. Será de un 20% luego de dos años de iniciada la inversión; 40%, después de tres años; y 100%, a partir de los cuatro años.

En otro punto, se modificó el artículo 205 para que las acciones, cuotas o participaciones sociales de los vehículos de proyecto único (VPU) adheridos al RIGI puedan ser objeto de negocios jurídicos de garantía.

En tanto, en el Artículo 175, se propone “morigerar el procedimiento de aprobación de un VPU para evitar que, por cuestiones de estricto rigorismo formal, se rechacen proyectos o la administración incumpla plazos de por sí, muy exiguos”. En concreto, desde la presentación de la solicitud de adhesión y el plan de inversión por parte del VPU, la autoridad de aplicación contará con un plazo máximo de cuarenta y cinco (45) días siguientes para expedirse aprobándolos o rechazándolos.

Blanqueo de capitales

El paquete fiscal también sufrió algunas modificaciones en su paso por el Senado. En primer lugar, con relación al texto que salió aprobado de Diputados, se destacan cinco grandes cambios sobre el blanqueo de capitales.

Por un lado, se estableció que no se podrán blanquear criptomonedas en el exterior, cómo había sido establecido en primera instancia. Por otra parte, se estableció que los inmuebles a nombre de sociedades sólo se podrán blanquear si estaban declarados por la sociedad.

Lo que dice el archivo

Además, la prohibición de los funcionarios de adherir al blanqueo pasó de 5 a 10 años. En lo que hace a parientes de funcionarios, incluyeron en la prohibición a hermanos y todos los de primero y segundo grado.

Por último, se incluyeron herramientas para las provincias y las inversiones productivas, como posible destino sin impuesto de los fondos que se depositarán en cuentas especiales.

Modificación sobre los Bienes Personales

A pesar de la aprobación en general del paquete, la votación en particular rechazó todas las modificaciones al impuesto de bienes personales que, entre otros puntos, establecían una suba del 20% en las alícuotas para quienes ingresen al blanqueo.

En concreto, la negociación incluía cambios: para los contribuyentes en general, una alícuota de 1,5% para 2023; 1,25% para 2024; 1% para 2025; 0,75% para 2026, y 0,25% para 2027 en adelante. También se había propuesto que quienes ingresen al blanqueo, en cambio, paguen 1,8% en 2023, 1,5% en 2024, 1,2% en 2025, 0,9% en 2026 y 0,3% del 2027 en adelante.

Ganancias

Los senadores rechazaron los cambios al Impuesto a las Ganancias que estaban incluidos en el Paquete Fiscal. Pese a que la ley fue aprobada en general, el título quinto del texto no obtuvo el visto bueno de los legisladores en el tratamiento en particular.

El restablecimiento del Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría para los trabajadores en relación de dependencia a niveles similares a los que regían el año pasado antes de la baja impulsada por el ex ministro de Economía, Sergio Massa, fue rechazada por 41 votos contra 31.

Se trataba de uno de los puntos claves del paquete, que el Poder Ejecutivo necesitaba para recomponer los ingresos del fisco y dejar de depender de tributos de emergencia o distorsivos como el Impuesto PAIS para su objetivo de alcanzar y mantener el equilibrio fiscal.

De no haber nuevos cambios en Diputados, regirá el vigente esquema de Ganancias. La última reforma eximió del impuesto a 800 mil asalariados; elevó el piso del mínimo no imponible a15 salarios mínimos vitales y móviles ($3.514.725 de salario bruto)

De no haber nuevos cambios en Diputados, quedará vigente el esquema que rige actualmente de Ganancias. Esa última reforma eximió del impuesto a 800.000 asalariados. La normativa elevó el piso del mínimo no imponible para trabajadores y jubilados que perciban 15 salarios mínimos vitales y móviles (SMVM), es decir, $3.514.725 de salario bruto.

Además, estipuló que los contribuyentes tributan de acuerdo a la diferencia entre el haber y el mínimo establecido y las alícuotas van del 27% al 35%, según el nivel de ingresos.

Régimen de promoción industrial de Tierra del Fuego

En otro pasaje de la discusión en particular, los senadores rechazaron (con dos tercios de los votos, 6 contra 65) el artículo 111 del dictamen de mayoría, que instaba al Poder Ejecutivo a “que en el plazo perentorio de sesenta (60) días de sancionada la presente envíe a este Congreso un proyecto de ley tendiente a incrementar los recursos corrientes de la administración en hasta un dos por ciento (2%) del Producto Bruto Interno, mediante la supresión o modificación de exenciones tributarias, beneficios impositivos o de cualquier gasto tributario en los términos del artículo 2 del decreto 1731/2004".

En resumen, se trata de un gesto para defender el vigente régimen de promoción industrial de Tierra del Fuego.

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Con información de Infobae y Clarín.

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