Martes, 18 de junio de 2024   |   Política

Un fallo sostiene un negocio con arena entrerriana de más de 250 millones de dólares al año

Abogado ambientalista había calculado la cifra del sospechado negocio. Objetó la pertinencia del gobierno provincial en la evaluación del ‘impacto ambiental’ y pidió la nulidad de estudios realizados. El fallo y la explicación oficial.
Un fallo sostiene un negocio con arena entrerriana de más de 250 millones de dólares al año

La Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Gualeguaychú rechazó una acción de amparo contra la provincia de Entre Ríos que había cuestionado las conclusiones de un Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo sobre la extracción de arenas con destino al uso para quebrantamiento hidráulico para la extracción de petróleo.

La presentación fue realizada por el abogado ambientalista Ricardo José Luciano, quien desde hace años viene realizando señalamientos sobre el negocio de extracción de arenás silíceas en Ibicuy y calculó que “estamos hablando de 160 mil camiones de carga por año que dejan 256 millones de dólares al año”. El fallo y la explicación oficial.

La polémica por la extracción de arenas silíceas en la provincia de Entre Ríos sumó un nuevo capítulo en las últimas horas.

El sospechado negocio millonario para extraer el insumo que se utiliza para el fracking en Vaca Muerta, que generaría un poco más de 250 millones de dólares al año según calculó el abogado ambientalista Ricardo Luciano, recibió otro cuestionamiento por parte del letrado quien objetó tanto la realización como los resultados del Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo realizado por la Universidad Nacional de La Plata, a instancias de la Provincia de Entre Ríos. La justicia rechazó el planteo.

Fallo judicial que avala lo realizado por la Provincia.

“La cuestión es relevante porque los yacimientos de petróleo de Vaca Muerta requieren determinado tipo de arenas para su extracción. Entre Ríos dispone de ese material en la zona de Ibicuy”, remarcó el fiscal de Estado provincial, Julio Rodríguez Signes, quien se refirió al reciente fallo.

En este contexto, vale destacar que el Estudio de Impacto Ambiental había sido convenido entre la provincia de Entre Ríos y la Universidad Nacional de La Plata, a raíz de una sentencia del Superior Tribunal de Justicia en la que se debatía la pertinencia ambiental de la extracción de arenas para ese fin, en la zona de Ibicuy.

Rodriguez Signes se refirió al fallo.

Asimismo, el fiscal de Estado, quien ocupó el mismo cargo en la gestión anterior, durante la cual se sucedieron innumerables presentaciones por parte de Luciano en la Justicia, reconoció que “se han entablado varias acciones de naturaleza ambiental cuestionando esta actividad”.

En ese marco, Rodriguez Signes destacó que “desde la provincia se han adoptado los recaudos para asegurar que las explotaciones se realicen de acuerdo a los procedimientos de preservación del ambiente”.

Fallo judicial

Este caso se refiere a “LUCIANO, RICARDO JOSE Y OTRO C/ BERNAUDO GUILLERMO, Ministerio de Desarrollo Económico, Provincia de Entre Ríos S/ ACCION DE EJECUCION (ART. No 58, ACCIÓN DE PROHIBICIÓN ART. No 59, CONSTITUCIÓN DE ENTRE RÍOS)” – Expte. No 8310/C, donde el actor cuestionó tanto la realización como los resultados del Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo realizado por la Universidad Nacional de La Plata, a instancias de la Provincia de Entre Ríos.

En este escenario, tras la presentación de Luciano en la Cámara de Apelaciones, el Tribunal competente rechazó la demanda. 

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