Jueves 17 de marzo de 2022
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Política
La polémica por el multimillonario negocio de la arena trepó hasta Bordet

Presentaron un amparo contra el gobierno provincial por la extracción de arenas silíceas en Ibicuy, que se usa en Vaca Muerta. Denuncian daño ambiental sin que deje rédito económico. El CAER intervendrá como apoyo técnico en la causa.

arenas fractura silicea
Las arenas silíceas se utilizan en el fracking en Vaca Muerta.

L

a polémica por la extracción de arenas silíceas en Ibicuy recaló hasta el Ejecutivo provincial, ya que el abogado Ricardo Luciano, quien hace un tiempo viene trabajando y ocupándose del reclamo presentó un amparo contra el gobierno que encabeza Gustavo Bordet por el daño ambiental que produce la actividad. El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER) intervendrá como Amicus Curiae, figura que permite el aporte técnico de un tercero.

El abogado entrerriano Ricardo Luciano realizó una presentación contra el gobierno provincial donde se investiga por el supuesto daño ambiental por la extracción de arenas silíceas en Ibicuy, que se enuncia como "causa Ricardo José Luciano C/ Sr. Gobernador Gustavo Eduardo Bordet -en su carácter de titular del poder ejecutivo de la Provincia de Entre Ríos- s/Acción de Amparo (Acción de Ejecución de Incidencia Colectiva)".

“Esta arena se importaba porque es muy difícil de encontrar, se la denomina 'nuevo oro' porque se utiliza en el fracking que se realiza en Vaca Muerta", indicó Luciano en declaraciones radiales a MaximaOnLine que reflejó INFORME DIGITAL en la nota publicada el 30 de enero, que titula "Denuncian la extracción de arena en Entre Ríos".

Lo que dice el archivo

El Dr. Luciano hace tiempo que viene abordando temas de medioambiente y ocupándose, particularmente, de la extracción de las arenas silíceas en Ibicuy, insumo que es utilizado para el fracking que se realiza en Vaca muerta.

La extracción de arena en Entre Ríos “es criminal" consideró el abogado, quien agregó que "ante la depredación de la zona, uno no puede quedarse callado”.

La característica de la arena silícea es fundamentalmente su utilización en el fracking, en Vaca Muerta, y sólo se produce en el país en Chubut y en Entre Ríos. Pero existe una particularidad, que advierte Luciano, y tiene que ver con los costos de traslado del insumo hacia Vaca Muerta.


Luciano: "Las areneras sacan agua del mismo lugar que nosotros para el consumo humano".

Trasladar una tonelada de arena silícea desde Entre Ríos a Vaca Muerta cuesta 40 dólares. Desde Chubut el costo es de 140 dólares la tonelada. “Vaca Muerta está en la ciudad de Añello, en Río Negro. La arena de Entre Ríos hasta ese punto se traslada en tren, con un costo de 40 dólares la tonelada", detalló Luciano.

Pese a la mayor distancia hasta Vaca Muerta, el traslado de arena silícea es 100 dólares más barato -por tonelada- si se realiza desde Entre Ríos en lugar de Chubut.

Y comparó: "Desde Chubut a Aniello hay solo 832 kilómetros, muchos menos en comparación con Entre Ríos, pero el transporte se realiza en camión, por lo que la tonelada del mismo producto puesta en Vaca Muerta asciende a 140 dólares la tonelada”.


A Vaca Muerta llega arena desde Chubut y Entre Ríos: la entrerriana es 100 dólares más barata por tonelada.

Además, el abogado denunció que las areneras "no pagan por el agua que usan", y ejemplificó con sólo tres de las empresas que realizan extracciones: "Consumen 313 millones de litros de agua por mes, que es el equivalente a lo que consume una ciudad de 50 mil habitantes y se trata de agua que es potable".

"Están cambiando el ecosistema formado naturalmente por cientos de miles de años y provocando inundaciones que generan daños económicos a los vecinos".

Pero el daño continúa según la investigación de Luciano. "Después, ese remanente de agua se expulsa directamente a los campos con los sedimentos remanentes de la tierra y la arena que está provocando, a campos linderos de las areneras, que se tapen los arroyos y significa que están inundando los campos vecinos". 

"Estamos hablando de 160 mil camiones de carga por año que dejan 256 millones de dólares al año, pasándolo a pesos, al dólar bolsa, son $51.200.000.000"

Luciano señaló, además, que "en la página de Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), la Ley 10.557 describe las tasas que se cobran" y advirtió que las areneras "no pagan ninguna tasa, usan el agua gratis, agua que falta en todas las ciudades, también destruyen los caminos con los camiones de arena y también de madera que tienen chasis de hasta siete ejes de carga, que equivalen a 10 mil kilos por eje de carga que puede llevar un camión".

La arena silícea o "nuevo oro" se utiliza en el fracking para extraer gas y petróleo.

"Estamos hablando de 160 mil camiones de carga por año que dejan 256 millones de dólares al año, pasándolo a pesos, al dólar bolsa, son $51.200.000.000", cuantificó Luciano.

"No le cobramos el agua, no le cobramos ningún impuesto y nos destruyen todos los caminos, la cuenta es fácil, nosotros vamos a pérdida", evaluó.

"Están generando además del cambio del ecosistema, que perjudica la flora y la fauna, que al haber tanta extracción está produciendo una concentración de minerales de donde se extrae el agua", indicó, y ejemplificó: "Se nos triplicó el hierro del agua en crudo que sacamos, de un 0,10 pasamos a 0,45 y el tolerable para el consumo humano es de 0,30, nosotros al potabilizarla la bajamos a 0,10".

"Nos quieren hacer creer que eso no genera ningún daño ambiental"

En este sentido, concluyó que "tenemos una sobreexplotación y una subproduccion de agua, lo que genera una concentración de los productos químicos que tiene el agua y que son nocivos para el consumo humano". 

La presentación contra el Gobierno provincial

El abogado Ricardo Luciano, apoderado de la Cooperativa de Agua Potable de Ibicuy, presentó un nuevo amparo ambiental que le exige al gobierno de Entre Ríos que brinde información sobre las canteras de arenas para la industria del fracking en Vaca Muerta, que están ubicadas en los departamentos de Islas del Ibicuy y Gualeguaychú.

El texto indica que “también se hará referencia a los mecanismos de control que debe utilizar el Estado sobre las actividades y los principios de prevención y precaución que debe aplicar de manera previa al desarrollo de una actividad o proyecto potencialmente dañina en el marco del proceso de evaluación de impacto ambiental”.


El agua que utilizan tres areneras equivale al consumo de una ciudad de 50 mil habitantes. "Es agua potable", denuncia Luciano.

Además, señala que “se pondrá a consideración el contenido y aplicación de dos derechos fundamentales relativos al ejercicio de la democracia ambiental: el acceso a la información pública ambiental y la participación ciudadana, según las normas locales, nacionales e internacionales que rigen la materia”.

"También he denunciado que el remanente de agua y desechos son expulsados sin más tratamiento a campo traviesa, ergo al libre albedrío de los desniveles del suelo", expresó Luciano en un comunicado al que accedió INFORME DIGITAL.

El fracking se utiliza para extraer gas y petróleo del subsuelo. Es una tecnología no convencional para liberar hidrocarburos enquistados en rocas de muy baja porosidad en profundidades que pueden exceder los tres kilómetros. 

En su momento, Luciano consiguió que el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos condene al propio Estado provincial a brindar información pública sobre la instalación de areneras y canteras en Ibicuy.

La arena de sílice es escasa en el mundo y Entre Ríos abastece del insumo a Vaca Muerta.

¿Qué procedimiento denuncia Luciano?

"Sacan la arena en crudo, la introducen en unos grandes cilindros llamados “Ciclones lavadores”, donde con un sistema de centrifugado, acompañado por millones de litros de agua dulce subterránea mensuales, separan la arena Sílica o de Sílice (que se utiliza en Vaca Muerta) de los demás elementos: arena común, tierra, pasto, vegetación, etc., etc., y se ésa forma queda pura y lista para su uso", detalló Luciano.

Las arenas silíceas son un agente sostén importante para la producción de hidrocarburos no convencionales y la puesta en actividad de canteras nacionales permitió reducir los costos de los pozos en Vaca Muerta, haciendo económicamente viable la hidrofractura.

El amparo ambiental, de Acción de Ejecución de Incidencia Colectiva, es contra el gobernador Gustavo Bordet por “una serie de irregularidades e incumplimientos legales” de las areneras en ambos departamentos, con el objetivo de que el mandatario provincial informe una serie de datos sobre las areneras y canteras que están activas en la provincia.

Las extraordinaria extraección de agua por parte de las areneras genera alta concentración de productos químicos.

El CAER será Amicus Curiae por primera vez

El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER), con la representación de su presidente Alejandro Canavesio y su secretaria Gabriela Ceballos, se presentó como Amicus Curiae en la causa Ricardo José Luciano C/ Sr. Gobernador Gustavo Eduardo Bordet -en su carácter de titular del poder ejecutivo de la Provincia de Entre Ríos- s/Acción de Amparo (Acción de Ejecución de Incidencia Colectiva), donde se investiga por el supuesto daño ambiental con la extracción de arenas silíceas en Ibicuy.

La figura del “Amicus Curiae” permite el aporte técnico de un tercero en la cuestión, a fines de colaborar con la justa resolución del fallo.

Según el escrito presentado, de 20 páginas, el objetivo de la presentación es “aportar a V.S. criterios técnico jurídicos no vinculantes para ampliar la perspectiva del debate y enriquecer los fundamentos y consideraciones de los derechos en juego en esta causa de relevancia institucional e interés público”.


Alejandro Canavesio, presidente del CAER.

El texto, agrega: “Para ello, se analizará concretamente el derecho-deber al ambiente sano y las obligaciones positivas del Estado referidas a conservación y preservación de los recursos naturales de su territorio, principalmente, en este caso, de arenas silíceas y de humedales”.

¿Qué es la figura del Amicus Curiae?
¿Qué es la figura del Amicus Curiae?

El Amicus Curiae es una figura procesal reconocida por un gran número de tribunales nacionales e internacionales, que consiste en una vía para proporcionar argumentos y opiniones por terceros ajenos al proceso ante un tribunal, como una herramienta disponible al juzgador para colaborar en la tarea de clarificar criterios y estándares sustanciales para la resolución de la disputa judicial.

La figura de amigo del tribunal es una herramienta procesal, incorporada en nuestro ordenamiento jurídico provincial a partir de la sanción de la ley 10.464 que lo considera en su artículo 2 como “un tercero en relación al proceso, calificado o experto en la materia del pleito, que emite opinión fundada no vinculante para el Tribunal, en defensa de un interés público o de una cuestión institucional relevante.

En el texto presentado, se aclara que “la presentación de este escrito de ninguna manera constituye una ventaja o apoyo para alguna de las partes del litigio ya que, si bien puede favorecer la opinión de una de ellas, se trata estrictamente de consideraciones técnico-jurídicas referidas a la materia ambiental que aportarán elementos a V.S. para abordar una decisión más estrictamente fundada”.

Los Amigos del Tribunal sólo pueden intervenir en causas correspondientes a la competencia originaria o recurrida al STJ y en las acciones de amparo ambiental. A tal efecto, cabe recordar que el CAER está inscripto en el Registro Público de Amigos del Tribunal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (RPAT), lo que lo habilita a participar del proceso.

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