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Miércoles, 6 de abril de 2022   |   Política

La Provincia, Ibicuy e YPF deberán verificar efectos de la extracción de arena

A través de un amparo, la Justicia ordenó al Estado entrerriano, al Municipio isleño y a la empresa a realizar informes sobre la calidad de agua, entre otros, para evaluar el impacto del proceso para obtener el ‘nuevo oro’.

La Provincia, Ibicuy e YPF deberán verificar efectos de la extracción de arena

La Cámara II de Apelaciones Civil yComercial de Paraná ordenó, a raíz del amparo ambiental que interpuso laFundación CAUCE: Cultura Ambiental – Causa Ecologista junto a AGMER, que laempresa YPF, la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos y la Municipalidad deIbicuy informen sobre los muestreos de calidad de agua, entre otras medidas. Se establecieron instrucciones para la presentación solicitada y se indicó a las demandantes que tienen 5 días hábiles para realizarla.

Además de las muestras de calidad del agua, las tres partes también deberán darcuenta de dónde y cómo fue la campaña de divulgación de los monitoreos de airey agua y cuál es el estado de avance del Estudio de Impacto Acumulativo en lazona donde se encuentra la planta de extracción de arena silíceas en el surentrerriano. 

En la resolución, que lleva lafirma de la jueza Valentina Ramírez Amable, se le ordenó a YPF que informesobre el cumplimiento le la sentenciadictada en septiembre de 2021, en la que se le requirió realizar, cada 45 días,muestreos de calidad de agua en pozo de agua, dique de lodos, barrio aledaño yescuela por el término de 12 meses.

La extracción del nuevo oro contamina las aguas, denuncian.

Además, se le ordenó a YPF proveer a las autoridades de control losestudios de toxicidad de los floculantes utilizados sobre una mayor diversidadde organismos vivos, con una periodicidad de tres meses.

Lo que dice el archivo

En la resolución, la vocal de laSala II, también dispuso que el Estado provincial, a través de la Secretaría deAmbiente de Entre Ríos y la Municipalidad de Ibicuy, informe cuándo y porcuánto tiempo se realizó la campaña de divulgación periódica sobre losresultados de los monitoreos de calidad de aire y agua obtenidos.

La publicación deberá tener un “lenguaje llano y accesible” y estar fácilmente disponible para la población en general del municipio de Ibicuy y en particular para la población de barrio aledaño a la planta y escuela.

Esapublicación, recordó la jueza, debe tener un “lenguaje llano y accesible” yestar fácilmente disponible para la población en general del municipio deIbicuy y en particular para la población de barrio aledaño a la planta yescuela.

Lo que dice el archivo

En cuanto al Estado Provincial y ala Municipalidad, Ramírez Amable, indicó que deberán “informar en formaconjunta el estado y grado de avance de realización del Estudio de ImpactoAcumulativo en la zona afectada por los procesos extractivos de arenassilíceas, de conformidad con los presupuestos mínimos en la materia y conamplia participación a las comunidades que habitan en la zona afectada que seordena en la sentencia cumplir con un plazo máximo de 180 días”.

En la segunda parte de laresolución, la jueza estableció “instrucciones” para la presentación solicitadae indicó a las demandantes que tienen 5 días hábiles para realizarla.

La provincia de Entre Ríos desplazó a Chubut y es la principal proveedora de arena silícea, denominada “nuevo oro”. Se calcula que el 80% de la arena usada en Vaca Muerta parte del territorio entrerriano.

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