El Jefe de Gobierno porteño judicializará el 1% de coparticipación que le sacó Alberto Fernández para darle a Buenos Aires. El año pasado la Corte obligó a Macri a devolverle fondos a Entre Ríos por habérselos quitado unilateralmente.
L
a semana pasada, para apagar el incendio que estaba provocando la protesta de la Policía Bonaerense por mejores sueldos y condiciones laborales, Alberto Fernández decretó que 1% de la coparticipación federal de impuestos que recibe la Ciudad Autónoma de Buenos Aires serán redirigidos a la provincia de Buenos Aires para financiar la respuesta a esas demandas.
La decisión que sacó al gobernador bonaerense Axel Kicillof del peor aprieto en lo que va de su gestión enfureció al Jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, que instruyó a la Procuración General de la Ciudad a recurrir ante la Corte Suprema para que se anule el decreto presidencial y se restituyan esos fondos coparticipables a CABA.
Son unos 40 mil millones de pesos en juego. Cabe recordar que el argumento central del oficialismo nacional es que en 2016 Mauricio Macri (por decreto) benefició desmedidamente a Capital Federal al traspasarle la gestión de la Policía Federal de la jurisdicción y respaldar el traspaso con más coparticipación, en un porcentaje desproporcionado y superior a lo que se necesitaba par absorber a la fuerza de seguridad.
Según trascendió en medios nacionales, la Casa Rosada viene evaluando hace meses la posibilidad de recortar financiamiento coparticipable a CABA y las posibles estrategias para la eventual disputa judicial que traería aparejada la medida.
Entre dichos análisis aparece un importante fallo que el año pasado le ganó la provincia de Entre Ríos al gobierno nacional de Mauricio Macri. Y no son pocas las versiones que sugieren que Larreta podría recurrir a argumentos que beneficiaron en 2019 a la gestión de Gustavo Bordet.
Fallo Entre Ríos
El año pasado, tras la derrota electoral de las PASO ante Alberto Fernández, el entonces presidente Mauricio Macri tomó una serie de medidas para alentar el consumo popular, que políticamente fueron repudiadas por perseguir fines electorales camino a las generales de octubre.
Encomendó a la AFIP una reducción en el impuesto a las ganancias a determinados sectores en los meses de octubre a diciembre de 2019. Y redujo a 0% el IVA en ciertos productos de la canasta alimentaria hasta el 31 de diciembre de 2019 inclusive.
El presidente decidió financiar las medidas con fondos coparticipables, que perderían las provincias.
El gobernador entrerriano Gustavo Bordet, a través del Fiscal de Estado de la provincia, Julio Rodríguez Signes, planteó la inconstitucionalidad de la medida y exigió que dichas políticas sean asumidas con recursos propios del Estado Nacional, sin afectar la coparticipación que corresponde a las provincias.
La Corte falló a favor de la provincia. Con la firma de los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti (Carlos Rosenkrantz votó en disidencia), el máximo tribunal del país dispuso cautelarmente que los costos fiscales de la aplicación de las medidas pro consumo de Macri las pague el Estado nacional.
La Corte subrayó la trascendencia de las leyes-convenio como
"herramienta de coordinación entre las provincias y el Estado Nacional en
el marco del proyecto federal que establece la Constitución Nacional", y
destacó que tales leyes se ubican con una singular jerarquía dentro del derecho
federal, de manera tal que sus previsiones no pueden ser modificadas
unilateralmente.
Este sería uno de los argumentos que perseguirá Larreta nuevamente en la Corte, que será la que defina en su litigio con el gobierno de Alberto Fernádez.
En el "fallo Entre Ríos" los jueces tuvieron especialmente en cuenta que el daño a la provincia de aquella decisión de Macri "podría resultar irreparable", en la medida en que los fondos que se dejan de percibir ya fueron presupuestados por la hacienda provincial y se encuentran comprometidos a la ejecución de políticas públicas en curso.
Otro fundamento de aquel fallo que espera el Jefe de Gobierno porteño que se cumpla en su propia cautelar.