El máximo tribunal desestimó un "pedido de aclaraciones" presentado por los abogados del Estado nacional y dejó firme las medidas cautelares a favor de las provincias. Macri no podrá financiar las medidas pro consumo con coparticipación.
L
a Corte Suprema de Justicia ratificó el revés judicial al Gobierno nacional en la causa iniciada por las provincias contra las medidas anti crisis que dictó Mauricio Macri por decreto, luego de la derrota electoral en las PASO de agosto último.
Según informó el Centro de Información Judicial (CIJ), el máximo tribunal desestimó un “pedido de aclaraciones” presentado por los abogados del Estado nacional respecto de las medidas cautelares dictadas en octubre pasado.
Días atrás el gobierno entrerriano presentó un nuevo escrito ante la Corte para concretar la devolución de 2.000 millones de pesos que el gobierno nacional dejó de transferir a la provincia luego de los anuncios presidenciales que afectaron los ingresos coparticipables.
Para calcular esa suma, la provincia se valió de "de dos trabajos técnicos, uno del propio Estado nacional que es la parte demandada", que consta "en la oficina de presupuesto del Congreso de la Nación" y que "establece o estima que el costo fiscal para las provincias es de 41.000 millones de pesos", según explicó el Fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes.
"Si a ese monto le aplicamos el porcentaje que le corresponde a la provincia de Entre Ríos la cifra quedaría determinada en 2000 millones. Por otro lado hay un trabajo del ministerio de Economía de la provincia que arriba a similares resultados", completó el funcionario.
Revés
La desestimación del planteo de Nación fue firmada por los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. Semanas atrás, luego de conocer el fallo en contra, el ministro de Justicia y DDHH, Germán Garavano, había adelantado que exigirían que la Corte defina los alcances de la medida en favor de los gobernadores.
Los jueces supremos habían ordenado que los efectos fiscales
de la aplicación de los Decretos 561/2019 y 567/2019 sean asumidos con recursos
propios de la Nación sin afectar la coparticipación que corresponde a
Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta,
San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del
Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán. Las normas eliminaban el
IVA y redujeron el Impuesto a las Ganancias.
Para desestimar el pedido de aclaratoria, la Corte remarcó en primer término que la presentación del Estado nacional no explicaba cuál era la “complejidad técnica” y las supuestas “dificultades” para cumplir con las medidas dictadas por los magistrados.
Pero además, agregó que el Poder Ejecutivo debió haber cuantificado los costos de las reducciones que dispuso y tenido en cuenta sus efectos al momento de establecerlas por decreto.
Asimismo, los jueces recordaron que, como se afirma en la propia
presentación del Gobierno, es el presidente Mauricio Macri, como jefe supremo
de la Nación, jefe de gobierno y responsable político de la administración del
país, quien "cuenta con los elementos y potestades tendientes a cumplir de forma
efectiva lo resuelto" por el Tribunal.
Finalmente, destacó que su decisión no limitaba el diálogo
institucional que el Estado Nacional y las provincias considerasen adecuado
establecer como órganos superiores de nuestra organización constitucional.