El diputado nacional propone incrementar mínimos y máximos de la pena de prisión, inhibiendo la posibilidad de condenación condicional e imponer la pena de multa. Además, plantea diferenciar el delito con respecto al abigeato.
E
l diputado nacional Atilio Benedetti presentó un proyecto de ley para que este tipo de ataques y otras producciones, sean contemplados bajo una figura legal. Los diferenció de los abigeatos habituales y los calificó como “nuevas modalidades delictivas que no solo afectan la propiedad privada, sino que también perturban la seguridad jurídica y la producción nacional”, entre otros perjuicios.
Al exponer las razones por las que considera necesario penar a los agresores y salvaguardar las producciones, el legislador de “Juntos por el Cambio” sostuvo que “las leyes son las armas que nos otorga la República” y fue más allá al manifestar que “las conductas que no están tipificadas en nuestro Código Penal no pueden ser pasibles de sanción” y, dadas las nuevas modalidades delictivas, “resulta imperioso abocarse a modificar lo que sea necesario para brindar a la Justicia las herramientas para responder adecuadamente y resguardar la seguridad pública”.
Para Benedetti, “el bien jurídico objeto de protección es la seguridad pública, ya que cuando se cometen este tipo de delitos no solo se afecta la propiedad privada, sino que también se perturba la seguridad jurídica, el movimiento comercial, la producción nacional y la recaudación impositiva”.
Es en este marco, que el diputado nacional del radicalismo entiende que “se requiere una rápida respuesta que acompañe a las desavenencias que viene soportando el sector que más divisas le entrega al país, el que más puestos directos e indirectos de trabajo genera y al que siempre está dispuesto a dar y a sostener a la economía nacional”.
Los cambios
Tras resaltar que el proyecto “recupera las propuestas” impulsadas por sus pares Ricardo Buryaile, Paula Oliveto Lago y Francisco Sánchez, el diputado nacional aclaró que “presenta una modificación necesaria al Código Penal que apunta a delimitar con precisión los tipos penales y asegurar así la respuesta punitiva del Estado”.
En definitiva, lo que propone es “incrementar mínimo y máximo de la pena de prisión, inhibiendo la posibilidad de condenación condicional y agregando también la pena de multa, cuyo valor de mensura estará atado al depósito exigido en el artículo 286º del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación vigente al momento de la condena”.
Al brindar precisiones sobre las penas que propone en su proyecto, Benedetti afirmó que con la incorporación del artículo 184º pretende “un tipo agravado del daño rural específico que se configura cuando la conducta desplegada tiene por finalidad -además del daño- frustrar la comercialización, duplicando la pena cuando su autor o determinador fuere funcionario público, persona pública o notoriamente conocida o de actividad agropecuaria habitual”.
Por último, “modificar el artículo 209º del Código Penal, con el fin de que también reciban penas aquellos que instiguen ataques a bienes, como por ejemplo a los silobolsas”.
Otro delito que difiere del abigeato
En los fundamentos del proyecto de Bendetti, queda marcada la diferencia con el delito de abigeato que habitualmente sufren los productores rurales, “de los numerosos ataques anónimos que destruyen silobolsas y de los incendios intencionales que vienen sufriendo las explotaciones agropecuarias”. En esa línea, el legislador precisó que en lo que va del año “se ha reportado la rotura de más de 80 silobolsas, lo que equivale a más de 8 mil toneladas de granos dañados e incontables perjuicios a la producción rural a través de robo de maquinaria, incendios intencionales, robo de cosecha, robo de agroquímicos, entre otros”.