Sábado, 25 de junio de 2022   |   Política

Impugnaron la candidatura del director de Iosper por violencia

Fernando Cañete presentó la lista para su segunda reelección al frente de la obra social. Pero fue denunciado ante la Junta Electoral por un fallo donde fue condenado por violencia en el ámbito laboral y violencia institucional.

Impugnaron la candidatura del director de Iosper por violencia

Mediante una nota enviada a la Junta Electoral del Iosper,los candidatos de la Lista 10 Unidad del Seosper, Gonzalo Ariel Macbeth yAnalía Galiussi, representados por el abogado Carlos Fenés, impugnaron lacandidatura de Fernando Cañete, actual Presidente del Directorio de la entidad,quien buscará su tercer mandato.

Según consigna el portal APF Digital, la impugnación se basaen los alcances de los artículos 13 y 14 de la Ley de creación del Iosper.

Lo que dice el archivo

El primero determina que: “No podrán ser presidentes nidirectores los condenados por causas criminales por delitos dolosos, o los conproceso criminal pendientes por delitos de igual naturaleza”. Mientras queel segundo, establece que podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo.

En este contexto, recordaron que el 7 de junio pasado se dioa conocer la sentencia en una causa tramitada en los Tribunales de Gualeguay,ciudad de la que es oriundo Cañete, e iniciada por una trabajadora por“violencia y discriminación en el ámbito laboral”, luego de que en 2019 se lequitara la titularidad de su cargo y fuera destituida de sus funciones.

Lo que dice el archivo

En esta causa, la autoridad de la obra social de laprovincia fue condenado como autor responsable de “violencia en el ámbitolaboral y violencia institucional”, junto con otros directivos del Instituto.

El punto 3 del fallo establece la orden de: “Comunicar alIosper lo resuelto e instar a dicho Instituto a que lleve a cabo los actosnecesarios para reincorporar a la denunciante a su trabajo, garantizándole unambiente saludable, libre de violencia y acoso, debiendo otorgarle tareasefectivas de la jerarquía y en la categoría de Delegada/Encargada que ocupabaantes del desplazamiento efectuado”.

Lo que dice el archivo

“La extrema gravedad de las imputaciones judicialmenteestablecidas por la sentencia (que incluyen las figuras del acoso, ladiscriminación, la violencia, el hostigamiento, el ejercicio irrazonable yabusivo de los poderes que le asisten como empleador, y aún la violencia degénero) inhiben legal y moralmente a dicho funcionario para postularse a unnuevo mandato”, sentencia en la nota elevada a la Junta Electoral

Al tiempo que agregan:”Cañete debería serinmediatamente removido de su cargo por el Sr. Gobernador, conforme prevé elartículo 14 de la Ley de creación del Iosper”.

Lo que dice el archivo

Posteriormente, determina: “En nada incide el hecho de quedicha condena haya sido dictada por un juzgado perteneciente al fuero laboral yno por uno del fuero penal o criminal, ya que la violencia de género y aún laviolencia institucional incursionan en varios ámbitos, existiendo normativaespecífica (incluso en Entre Ríos)que previene y sanciona la violencia en elámbito laboral”.

Además, apunta que en el fallo se conminó a Cañete y demásfuncionarios a recibir capacitación en materia de violencia en el ámbitolaboral y prácticas discriminatorias fundadas en razón del género y otrosmotivos discriminatorios, lo cual deberán cumplir a su exclusivo cargo y costo.

La nota que solicita la impugnación finaliza advirtiendo: “Loshechos imputados son de una inusitada gravedad. Cañete cuenta con numerosos yreiterados pronunciamientos judiciales adversos por conductas del todoapartadas de la legalidad, siendo ahora el primer y único funcionario hasta lafecha condenado como responsable de conductas delictivas establecidasjudicialmente en su materialidad, autoría y plena responsabilidad, por lo queno cabe, sino receptar la presente impugnación, decretando la inhabilidad delmencionado Fernando Cañete para aspirar domo candidato a renovar su cargo depresidente de la obra social provincial”.

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