
El Ministerio de Salud inició la instrucción de un sumarioadministrativo al médico Fernando Rivas, un profesional suplente del HospitalDelicia Concepción Masvernat, de Concordia, por haber divulgado los datospersonales de una menor de 13 años que ingresó al nosocomio para que se lepracticara la interrupción legal del embarazo producto de una violación.
Según el texto del decreto N° 1.922 del Ministerio de Salud,“se inician las presentes en virtud de presuntas irregularidades suscitadas conla publicación de distintas notas periodísticas por las cuales se daba aconocer un hecho en el cual estuvo involucrada una adolescente de 13 años aquien se le practicó una Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en el mes denoviembre del año 2018”.
La adolescente en cuestión ingresó al Hospital Delicia Masvernatel 24 de octubre de 2018 “debido a un cuadro de dolor abdominal, en esa ocasiónfue practicada un ecografía por la Dra. María Julieta Acha, dando comoresultado un embarazo de 20 semanas de gestación, siendo dada de alta en fecha26/10/18 (…). Posteriormente, en fecha 09/11/18, la mencionada adolescenteingresa nuevamente al nosocomio acompañada de su madre y es derivada alServicio de Obstetricia y Ginecología siendo atendida por la Dra. Acha, quienda inicio al Protocolo ILE (Interrupción Legal del Embarazo), informando a lapaciente y a su madre respecto de cómo se llevará adelante el procedimiento,obrando solicitud y consentimiento informado de ILE/ aborto no punible,suscripto por la declarante y su representante legal y consentimiento médico terapéutico”, publicó Entre Ríos Ahora.
El caso generó un escándalo en Concordia del que tomó parteel Obispado: habló de un bebé nacido vivo y dejado morir en una sala delhospital. El viernes 7 de diciembre de 2018, el Obispado de Concordia emitióuna declaración en la que sostuvo, sinambages, que “el bebé nació con vida y estuvo debatiéndose durante varias horaspor seguir viviendo hasta que finalmente su corazoncito dejó de latir”.
“Ningún derecho individual puede justificar la eliminaciónde la vida humana del que no se puede defender. Cuando una mujer estáembarazada, no hablamos de una vida sino de dos, la de la madre y la de su hijoo hija en gestación. Ambas deben ser preservadas y respetadas. El derecho a lavida es el derecho humano fundamental”, planteó la Iglesia.
El relato fantasioso en torno a la práctica médica deinterrupción legal del embarazo en el Hospital Masvernat involucró a un médicoy, lo más grave, la negativa de un grupo de enfermeras del Servicio deObstetricia a asistir a la menor. El texto del decreto N° 1.922, que firman elgobernador Gustavo Bordet y la ministra de Salud, Sonia Velázquez, destaca eldato comprometer de la divulgación de los datos de la chica.
Al respecto, la norma legal señala que “en relación a ladivulgación de información y datos reservados de una paciente menor de edadventilados a la prensa se desprende” surge de una nota periodística realizada al Dr. FernandoJulián Rivas en la cual se expresa: “Conmovió la opinión pública el caso delbebé que, por varias horas, sobrevivió a un aborto practicado, por orden de laJusticia en el Hospital Delicia Concepción Masvernat de Concordia”.
El médico divulgó datos de la paciente, “los detalles que dasobre el caso, la cantidad de semanas de gestación del embarazo de laadolescente, la publicidad respecto del origen de la concepción, o sea eldelito de abuso sexual del cual fue víctima y el hecho de poner en duda esamisma situación sosteniendo ´acá sucedió que, en ningún momento, esta chicadenunció eso sino que aparentemente era una situación validada por decirla dealguna manera´, demostrando un total desconocimiento por parte del galeno delprotocolo para la atención integral de personas con derecho a la interrupciónlegal de un embarazo, el cual se encontraba vigente y resultaba aplicable al momentode los hechos, sobre todo en lo atinente a los principios rectores del mismo,que hablan de derecho a la privacidad y confidencialidad de las mujeres que sesometen a éstas prácticas, principios que surgen de la normativa internacionalde Derechos Humanos con rango constitucional para nuestro país”.
Salud entendió que “las declaraciones vertidas por el citadoprofesional resultan violatorias” de la normativa legal. El texto del decretocita las declaraciones periodísticas del medio. “Acá en el Hospital tenemos unamezcla de sentimientos entre sorprendidos, angustiados y contrariados. Lamayoría del plantel de Maternidad va a presentar o ya presentó la objeción deconciencia que es una declaración jurada, personal de cada uno, y que la leynos habilita a que presentándola estamos librados de cometer un aborto. Esto noes un aborto, esto fue un parto inmaduro lo cual es mucho más grave porque estees un embarazo de más de 20 semanas y obstétricamente después de 20 semanas esparto inmaduro”.
No sólo le reprocharon al médico violentar los derechos dela paciente sino además desconocer los términos del protocolo de actuación enmateria de interrupción legal del embarazo. Transcribe el decreto lasdeclaraciones periodísticas hechas por el médico en el que hace “mea culpa departe de nosotros los médicos sobre el desconocimiento del nuevo protocolo queel Ministerio de Salud de la Provincia adhirió a nivel Nacional”.
Luego, al desmentir los pronunciamientos de la Iglesia deConcordia, Salud afirma que “corresponde mencionar que el personal deNeonatología del mencionado nosocomio no participó ni intervino en el caso,debido a que no se produjo un nacimiento con vida, motivo por el cual no debiórequerirse la actuación del referido servicio”, aunque observa críticamente laactual del personal de enfermería que se encontraba de turno el día 10 denoviembre de 2018 en el Servicio deGinecología del Hospital Masvernat “que conforme los elementos probatorios queobran en autos ha quedado acreditado que dichas enfermeras se negaron o nobrindaron asistencia y atención a la paciente ante el requerimiento de lamédica tratante cuando les fuera solicitado, no resultando de ninguna manera unjustificativo a su accionar el hecho de que no compartan por cualquier razón lapráctica ILE que se le estaba realizando en ese momento en que fueronrequeridas”.
El personal de enfermería que negó asistencia soportó 5 díasde suspensión sin goce de haberes, en tanto que el médico deberá enfrentar unsumario administrativo.