Miércoles, 14 de julio de 2021   |   Política

¿Qué se puede hacer en Entre Ríos desde este jueves?

Comenzarán a regir nuevas medidas en el marco de pandemia. El gobierno habilitará, entre otros rubros, reuniones al aire libre de hasta 10 personas, vuelven las competencias deportivas y locales gastronómicos podrán funcionar hasta las 00.

¿Qué se puede hacer en Entre Ríos desde este jueves?

El gobierno de Entre Ríos ratificamedidas de restricción que apuntan a reducir los contagios en el marco de lapandemia de Coronavirus y define, a través de un nuevo decreto, las nuevas disposiciones que regularán desde estejueves la circulación nocturna de personas, la actividad gastronómica,cultural, deportiva y de cultos.

Los presidentes municipales ycomunales podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales,siempre y cuando sean de su competencia, en atención a las condicionesepidemiológicas y sanitarias de sus jurisdicciones.

La actividad y los inmuebles que seutilicen para las actividades gastronómicas, culturales, deportivas,comerciales y religiosas deberán contar con la habilitación municipal ocomunal, quienes tendrán a su cargo la verificación y control del cumplimientode las pautas previstas, con la colaboración de los gobiernos provincial ynacional.

El decreto provincial con las nuevas medidas.

Nuevas medidas. El detalle en cada rubro

Circulación y reuniones

La restricción de circulación nocturnade personas se mantendrá entre las cero y las seis horas, con una tolerancia de30 minutos. Quedan exceptuadas de esta medida las personas afectadas a lassituaciones, actividades y servicios esenciales, establecidos en el artículo Nº11 del DNU 125/21 PEN y artículo Nº 20 del DNU 287/21 PEN.

Continuarán suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares y la restricción a la circulación de personas se extenderá desde las 00 a las 6.

Además, continuarán suspendidas las reuniones sociales en domicilios particulares. Las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre podrán ser de hasta 10 personas.

Bares y restaurantes

La actividad gastronómica(restaurantes, bares, etc.) podrá funcionar entre las seis y las 00 horas,incluidas las modalidades de reparto a domicilio y de retiro en comercio.

Elcoeficiente de ocupación de las superficies cerradas de los localesgastronómicos se reducirá a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relacióncon la capacidad máxima habilitada.

Deportes

Se permitirá el entrenamiento, lapráctica y las competencia deportivas en clubes y espacios afines, con un topemáximo de quince (15) personas en espacios cerrados y de treinta (30) enespacios abiertos, a excepción de las competencias que se lleven a cabo enespacios abiertos y requieran de número de competidores superior.

El coeficiente de ocupación de lassuperficies cerradas de gimnasios se reducirá a un máximo del 30 por ciento delaforo, en relación con la capacidad máxima habilitada.

La actividad deportiva podrádesarrollarse en clubes, instituciones y espacios afines, entre las 6 y 23horas, sin la presencia de público espectador.

Lo que dice el archivo

Cultura

Por otra parte, se permitirá larealización de talleres artísticos y academias de danzas con un tope máximo de15 personas en espacios cerrados, y de 30 de personas en espacios abiertos,cumpliendo con sus protocolos oportunamente aprobados.

El coeficiente de ocupación de lassuperficies cerradas de teatros, centros culturales, cines y otrosestablecimientos afines que cuenten con expendio de comidas y bebidas sereducirá a un máximo del 30 por ciento del aforo, en relación con la capacidadmáxima habilitada.

En caso de que la sala no cuente con expendio de comida ybebida, el aforo será del 50 por ciento.

Asimismo, las actividades culturalespodrán desarrollarse entre las 6 y 23 horas.

Lo que dice el archivo

Cultos

Las celebraciones de ceremonias religiosas y actividades afines al culto en todo el territorio provincial podrán desarrollarse en organizaciones inscriptas en el Registro Nacional de Culto entre las 6 y 22 horas. Serán habilitadas con un aforo del 50 por ciento en relación a la capacidad máxima habilitada.

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