Los abogados de algunos imputados cuestionan como actuó el Ministerio Público Fiscal. Dicen que se secuestraron pruebas en forma ilegal. Piden la nulidad de los allanamientos y de lo hallado en esos operativos.
L
a audiencia por la elevación juicio, ante la jueza Marina
Barbagelata, de la causa conocida como Contratos Truchos en el Poder
Legislativo de la provincia de Entre Ríos, comenzó este martes a las 9.00,
extendiéndose hasta las 14.00, y tras un cuarto intermedio y se retomó la
actividad a las 16.
La conclusión llegó con las críticas de los defensores de varios imputados, que arrancaron a las 17.00, hacia el accionar del Ministerio Público Fiscal (MPF), al tiempo que pidieron la nulidad de los allanamientos y la exclusión de las pruebas obtenidas en dichos procedimientos.
En esta primera jornada, los representantes legales de
algunos de los acusados argumentaron que la evidencia fue secuestrada de manera
ilegal y sin cumplir con los protocolos establecidos. Este miércoles se aguarda
por el turno de la exposición de los fiscales Ignacio Aramberry, Patricia Yedro
y Gonzalo Badano.
Los abogados Damiá Petenatti e Iván Vernengo, defensores de Alfredo Bilbao, plantearon a la magistrada la nulidad del allanamiento que se llevó a cabo en el domicilio de su defendido durante los inicios de la Investigación Penal Preparatoria (IPP), como así también la exclusión de todos los elementos secuestrados en esa ocasión, donde se incluyen, dispositivos electrónicos y documentación.
Primera audiencia por la Causa Contratos Truchos.
De acuerdo a lo que consigna Análisis, Petenatti señaló que el
pedido de allanamiento autorizado por la jueza Barbagelata carecía de
fundamentos suficientes. “Cuando usted autoriza el allanamiento, lo único que
se consigna referido a Bilbao es que estaba contratado como agente transitorio
afectado al senador nacional Pedro Guastavino. Es lo único que fundamenta el
allanamiento a Bilbao, no hay nada más que esto”, expresó el letrado.
Y añadió: "Entendemos que en cuatro líneas, medio párrafo, no se puede computar como prueba suficiente para justificar los allanamientos. Mínimamente debe poder acreditarse la prudencia y razonabilidad del Estado y no simplemente por una cuestión aleatoria. Esto habilita la exclusión de todos los elementos secuestrados en ese domicilio”.
En este contexto, el abogado criticó además la manera en que
fue manejada la evidencia digital, a la que calificó de: "Volátil, frágil
y extremadamente sensible".
Al mismo tiempo, aseveró que la defensa no fue notificada ni
pudo tener control en los procedimientos técnicos de extracción de información,
hecho que afectaría directamente la cadena de custodia y la confiabilidad de
los datos obtenidos.
“No hay fotografías ni filmaciones de ese momento. Se han omitido una serie de pasos indispensables para que la información sea confiable. El acto es irreproducible, porque la defensa no puede dar fe de cuáles fueron los actos y procedimientos que se emplearon para obtener esa evidencia”, sentenció.
En tanto que el abogado Vernengo coincidió en no se
respetaron los protocolos de preservación y análisis de evidencia digital,
insistiendo en que la cadena de custodia fue rota y que la pericia debía haber
estado a cargo del equipo especializado del Superior Tribunal de Justicia
(STJ), no de técnicos del MPF.
Por su parte, José Velázquez se sumó al planteo hecho por Vernengo, y destacó que hubo una clara violación de los protocolos de actuación para garantizar la transparencia, para, luego, diferenciar entre la autorización para secuestrar elementos y la posterior etapa de análisis digital, remarcando que esta última también requiere de garantías procesales específicas.
Primera audiencia por la Causa Contratos Truchos.
A su turno, Emilio Fouces, defensor de los imputados Sergio
Cardoso, Jorge Lázzaro y José Javier Schneider, apuntó que la prueba que quiere
utilizarse en contra sus representados se consiguió de manera ilegítima,
afirmando que el allanamiento fue genérico y que la acusación se sostiene en
planillas de Excel y correos electrónicos secuestrados de dispositivos ajenos a
sus defendidos, donde no hay correlato que justifique su uso como prueba
incriminatoria.
“Considero que la evidencia ha sido obtenida de manera
ilegal, debido a que no se cumplieron con los requisitos que establecen
distintas normativas que regulan la obtención de prueba en este proceso”,
expresó, agregando que evalúa recurrir a tribunales internacionales en caso de
no prosperar su pedido.
“Se están violando las garantías que regulan la forma de obtención de esas pruebas. Lo mismo pasa con los informes periciales y análisis de dispositivos de comunicaciones privadas. Las pruebas obtenidas derivadas de los allanamientos y secuestros de dispositivos se intentan hacer valer para sostener la acusación a Cardoso, Schneider y Lazzaro, con un agravante: las planillas que se pretenden adjudicar hechos ilícitos no encuentran un respaldo en otro dispositivo. Es decir, las evidencias han sido obtenidas de allanamientos a otros imputados y no encuentran correlato con mis defendidos”, detalló.
Para concluir, los abogados cuestionaron también el secuestro de documentación que consideraron privada y sin vinculación con la causa, tales como escrituras notariales y comprobantes bancarios, y aseguraron que hubo una extralimitación en la orden judicial de allanamiento.
Los documentos secuestrados cuestionados
El abogado Petenatti pidió que se excluyan los elementos secuestrados en la vivienda de calle El Ñapindá 1650 de la ciudad de Paraná, que incluye una carpeta color blanca con la inscripción Andrea Geraldi Acto: Compraventa Otorgado por: Juan E. Block: a favor de María Victoria ÁLVAREZ y Esteban Angel Alberto Scialocomo, la cual contiene un acta de Compraventa entre Juan E. Block y María Victoria ÁLVAREZ y otros. Escritura Nº 23 de fecha 28/05/2017, folio de Actuación Notarial con Nº de folio 01316428 y 01316429, y copias de las mismas, detallados en las actas de fecha 09/10/2018, y contenidos en un bibliorato; como así también el efecto N.º 13496 consistente en un resumen de cuenta a nombre de Alfredo Bilbao del Banco Santander Río; un comprobante de depósito en efectivo de fecha 13/09/2018 a caja de ahorro Nº0825/11102002/28 y un comprobante 531 de pago a cuenta de débito automático de la misma fecha y mismo número de cuenta, contenido en un bibliorato.
Remarcó que el pedido de allanamiento comprendía documentación vinculada a la Legislatura y que lo secuestrado: "No tiene nada que ver con esta investigación”.
Primera audiencia por la Causa Contratos Truchos.
Finalmente, Hawlena Gianotti, defensor de Jorge De Breuil, ex coordinador del Senado de la Nación, solicitó la exclusión de un contrato de fideicomiso celebrado en abril de 2011 por un inmueble situado en calle Alsina 869, en el que figura su defendido y otros imputados. Dicho documento fue secuestrado en octubre de 2018.
Además, requirió que se deje fuera del proceso la documentación referida a dos inmuebles: uno ubicado en Villa Libertador, departamento Diamante, de una superficie de 67.350 m². En el mismo figuran como co-adquirentes De Breuil, Bilbao y Gustavo Pérez; como así también un documento de un inmueble en la misma localidad con una superficie de 67.350 m2. “Estamos frente a documentación notarial que implica negocios jurídicos lícitos. Esta documentación no tiene vinculación con el hecho que se investiga y la obtención fue una extralimitación por fuera de la manda legal de su señoría”, completó.
Los 18 imputados
Los imputados que quedaron en el requerimiento de elevación a juicio, son 18: Flavia Marcela Beckman; Hugo Rubén Mena; Alfredo Bilbao; Gustavo Hernán Pérez; Roberto Ariel Faure; Sergio Esteban Cardoso; Alejandro Luis José Almada; Juan Pablo Aguilera; Diego Martín Pagnoni; Mariano Speroni; Hernán Javier Díaz; Marta Aurora Pérez; Maximiliano Degani; Pedro Eduardo Opromolla; Juan Domingo Orabona; Jorge Enrique De Breuil; Jorge Fabián Lazzaro; y José Javier Schneider.