La Cámara de Casación Penal declaró inadmisible el recurso presentado por la defensa de Leandro Rodríguez, quien había sido sobreseído por el fallecido juez de Transición Carlos Ríos.
L
a Cámara de Casación Penal
confirmó el procesamiento dictado en el marco de la causa de las cosechadoras
truchas y remitió el expediente al Juzgado de Garantías y Transición, a cargo
de la jueza Carola Bacaluzzo.
Fue al declarar «inadmisible» el recurso de casación presentado por la defensa de Leandro Rodríguez, uno de los imputados en la investigación penal, contra la resolución de los vocales del Tribunal de Juicio y Apelaciones, Elvio Osir Garzón, José María Chemez y Rafael Martín Cotorruelo, que habían resuelto revocar el sobreseimiento oportunamente dispuesto por el fallecido juez de Transición Carlos Ríos.
En el expediente se investigó el destino de $5,5 millones que recibió la firma Grandes Máquinas, del Grupo Senor, como créditos otorgados por el Estado entrerriano entre 2009 y 2012 para la fabricación de cosechadoras en un establecimiento en Concepción del Uruguay.
Las cosechadoras nunca llegaron al mercado y la empresa que las iba a fabricar cerró.
La asistencia financiera llegó a través del Fondo de Inversiones de Entre Ríos (Finver), mediante decretos firmados por el entonces gobernador Sergio Urribarri y los ministros de Producción, Roberto Schunk y de Economía, Diego Valiero. Sin embargo, la compañía que fue beneficiada con los fondos fue declarada en quiebra en 2014. Y las cosechadoras prometidas nunca aparecieron.
Los defensores de Rodríguez, Miguel Cullen y Guillermo Vartorelli -hoy funcionario de la Justicia-, señalaron que «el auto de procesamiento de la Cámara incurre en inadmisibles arbitrariedades, pues carece de fundamentación suficiente para contradecir el sobreseimiento dictado por el Juez Instructor respecto de la conducta específica de Leandro Rodríguez, arribando a su procesamiento merced a un fallo dictado ignorando la prueba y manifestaciones de descargo, e incurriendo en errores materiales y contradicciones que lo convierten en una pieza judicial inválida, a la que se arriba tras un derrotero de más de 10 años, en que Rodríguez ha estado sometido al escarnio público, pese a que aportó en su descargo razonamiento basado en pruebas que demuestran objetivamente su inocencia total y absoluta».
A su vez, refirieren que su defendido «era por entonces un funcionario de cuarta línea del Gobierno provincial, quién ni remotamente tenía facultades para dar los créditos en cuestión (no era parte del Fondo de Inversiones de Entre Ríos, Finver), no firmó los decretos de otorgamiento, ni tampoco integraba la Contaduría General que aprobó los desembolsos».
El fallo de Casación destaca que
para los defensores «quedó sumamente demostrado –aunque el fallo omita reconocerlo-
que la actuación de Leandro Rodríguez no resultó en modo alguno determinante
para el otorgamiento de los créditos cuestionados; así lo demuestra el simple
hecho que en el último crédito –Decreto N° 529/2012 por $1.000.000– ni siquiera
le dieron intervención para opinar (pese a que ese es el crédito más
cuestionado por fiscalía), que tampoco le dieron intervención en la prórroga
que de hecho le fuera otorgada a la empresa Grandes Máquinas ante el impago del
primer crédito por $574.500 (expediente administrativo N° 1.311.134); y que
ello evidencia que la voluntad de otorgar tales asistencias crediticias excedía
largamente las facultades de Leandro Rodríguez».
También, que «cuando las autoridades políticas le pidieron a su defendido opinión respecto del proyecto productivo y su avance, se trataba siempre de una operación de crédito, debidamente garantizada, donde el riesgo era empresarial y no estatal; que justamente por ello, Leandro Rodríguez observó diligentemente por escrito, antes de los desembolsos, que el organismo otorgante (Finver) analice la pertinencia de las garantías y demás condiciones del crédito, para resguardar el patrimonio público».
Los defensores cuestionan el fallo
del 8 de julio de de 2021, en el que el Tribunal de Juicio y Apelaciones de
Paraná, integrado por los jueces Elvio Garzón, José María Chemez y Rafael
Cotorruelo, revocó el sobreseimiento de los emprersarios Ricardo Vicente Senor,
Sergio Eduardo Scravaglieri, Carlos Ariel Boll, y los funcionarios Leandro
Rodríguez y Teresita Mabel López por el delito de defraudación a la
administración pública.
Entonces también se resolvió
procesar por el delito de defraudación a la administración pública por
administración fraudulenta a los exministros Roberto Emilio Schunk y a Diego Enrique Valiero.
Ese fallo revocó la resolución del
viernes 8 de mayo de 2020, cuando el juez de Transición Carlos Hugo Ríos
(fallecido) dictó el sobreseimiento de todos los involucrados en la causa de
las cosechadoras.
El fallo benefició entonces a los empresarios Ricardo Senor padre e hijo, a Scravaglieri y Boll; al exministro de Economía Valiero (hoy representante del Estado entrerriano en el banco Bersa) y al exministro de Producción, Schunk; y a funcionarios de bajo perfil, López, coordinadora ejecutiva del Fondo de Inversiones de Entre Ríos (Finver) y Rodríguez, quien fuera coordinador de Gestión del Ministerio de Producción (actualmente está a cargo de la Dirección de Auditoria Interna).
Qué se investiga
En el expediente se investigó el destino de $5,5 millones que recibió la firma Grandes Máquinas, del Grupo Senor, como créditos otorgados por el Estado entrerriano entre 2009 y 2012 para la fabricación de cosechadoras en un establecimiento en Concepción del Uruguay.
La asistencia financiera llegó a través del Fondo de Inversiones de Entre Ríos (Finver), mediante decretos firmados por el entonces gobernador Sergio Urribarri y los ministros de Producción, Roberto Schunk y de Economía, Diego Valiero.
Para la fiscalía, los empresarios aparentaron contar con solvencia económica para acceder a los préstamos estatales para fabricar las cosechadoras.
La compañía que fue beneficiada con los fondos fue declarada en quiebra en 2014 y las cosechadoras prometidas nunca aparecieron.
La causa de las cosechadoras se inició a mediados de 2012 por una denuncia presentada por el abogado Guillermo Mulet ante el Procurador General del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Jorge Amilcar García, y luego de que el caso tomara relevancia pública por investigaciones periodísticas.
La fiscalía considera que los funcionarios “consintieron y apoyaron, actuando sin probidad, realizando con su conducta un aporte necesario sin el cual los integrantes de Grandes Máquinas de Concepción del Uruguay S.A., no habrían podido concretar su maniobra delictiva”.
Créditos
El 18 de noviembre de 2009, a través del decreto N° 4.432, el Gobierno le otorgó a la firma “B.S.V. S.A” $574.500. Esa suma de dinero fue cedida a la empresa “Grandes Máquinas de Concepción del Uruguay S.A” (que fue creada en diciembre de 2010); el 15 de febrero de 2011, mediante el decreto Nº 96, la empresa obtuvo otro crédito, esta vez por $4 millones; el 19 de marzo de 2012, Urribarri firmó el decreto Nº 529 por $1 millón.
Fuente: Entre Ríos Ahora.