El gobierno entrerriano dispuso el cese de actividades de las empresas no habilitadas para la extracción de arena en Ibicuy, sin embargo, a través de una denuncia anónima, se supo que una de las firmas desobedeció la medida.
L
a titular de la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, María Daniela García, comunicó que, mediante una denuncia anónima, las autoridades provinciales se informaron que una de las areneras sancionada y obligada a detener sus acciones, habría continuado con la extracción de arena en Ibicuy.
"Recibimos una denuncia anónima, advirtiendo que una empresa ubicada en Ibicuy estaba trabajando, a pesar del cese preventivo. Aún no se sabe con certeza si esta denuncia fue corroborada o no", reconoció la funcionaria, quien señaló que se iban a hacer las inspecciones correspondientes.
Posteriormente, García recordó que el municipio de Ibicuy tiene una ordenanza propia y tiene controles propios, por lo que una de las acciones fue ponerse en contacto con esa comuna para que dichas inspecciones se pongan en marcha.
"Las sanciones se impondrán si, a pesar del pedido de cese, se comprueba que siguen trabajando, eso es lo que estaremos controlando esta semana", detalló la titular de Ambiente.
Según consigna El Entrerríos, la Municipalidad de Ibicuy comunicó que suspendió el otorgamiento de nuevos permisos de uso de suelo para extracción de arena.
La medida, dispuesta por el Decreto Nº 85/2022 establece que es por el plazo de un año y se da en el marco de los principios ambientales de precaución, teniendo como objeto la aplicación de los resultados del Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo en un plan de desarrollo (de expansión o comprensión) de la actividad, conforme a las conclusiones a que se arribe.
Según explicaron desde esa localidad, la norma fue propuesta por el Gustavo Roldán, presidente municipal, y será puesta a consideración del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad, con el objetivo de conformar una comisión de seguimiento del Estudio de Impacto Ambiental Acumulativo y divulgación de resultados.