La vocal Carolina Castagno confirmó que está vigente la resolución del STJ. Se aguardará hasta que la Corte Suprema de la Nación defina si el expediente debe tramitarse en la Fuero Provincial o Federal.
L
a vocal del Tribunal de Juicio, Carolina Castagno, confirmó que está vigente la resolución de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia que fijó la suspensión de los plazos en la tramitación de la causa que investiga el presunto desvío de fondos de la Legislatura hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación defina si el expediente debe tramitarse en la Justicia provincial o Federal.
Castagno resolvió este lunes finalmente confirmar la vigencia de la suspensión de los plazos en la tramitación de la causa conocida como “Contratos truchos” en la que se investiga el presunto desvío de fondos de la Legislatura entrerriana.
Carolina Castagno,
vocal del Tribunal de Juicio.
La camarista María Carolina Castagno declaró abstracto un planteo de los defensores de los imputados en la causa contratos truchos en la Legislatura, que exigen que la jueza de Garantías, Marina Electra Barbagelata -que tramita el caso- suspenda los plazos procesales y frene el avance del caso hasta tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva el conflicto de competencia.
En junio, el juez federal Daniel Alonso se declaró competente para seguir tramitando la causa que se abrió en la Justicia provincial en la primavera de 2018 y que investiga un millonario desfalco con contratos laborales en Diputados y Senadores en el período 2008 y 2018. Pero la jueza Barbagelata rehusó desde el inicio desprenderse de la investigación y así se creó una situación enojosa que, ahora, debe resolver la Corte.
Resolución de Castagno.
Mientras tanto, los defensores -José Velázquez, Miguel Cullen, Iván Vernengo, Damián Petenatti, Lepoldo Cappa, entre otros- le pidieron a la magistrada que, hasta tanto la Corte no resuelva a qué fuero corresponde seguir con la investigación no avance con ninguna medida procesal.
Los defensores interpusieron el recurso de queja apoyados en una resolución dictada el 4 de este mes por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que dispuso que "emerge indubitable que la magistrada se ha desprendido de la causa y de hecho se encuentra suspendido el trámite hasta tanto se dirima la radicación de los autos; por consiguiente, el debate propuesto por las recurrentes ha devenido abstracto, desde que, según conocida jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, las sentencias deben ceñirse a las circunstancias existentes al momento de la decisión".
La Jueza de Garantías N° 1, Marina Barbagelata, había resuelto no suspender los plazos procesales pese a que así lo había dispuesto el Superior Tribunal de Justicia entrerriano hasta tanto la Corte Suprema de Justicia de la Nación defina si el expediente debe tramitarse en la Justicia provincial o Federal.
Castagno confirma la “absoluta improcedencia” del recurso de queja hasta tanto se zanje el conflicto de competencia planteado.
En el fallo, Castagno confirma la “absoluta improcedencia” del recurso de queja, ya que Barbagelata, al recibir el oficio de la Corte para que remita “los autos principales” y estos sean analizados por el máximo Tribunal y definan el conflicto de competencia, implicaba que perdía jurisdicción.
“De ello se sigue, la absoluta improcedencia de la insistente demanda de los quejosos, a saber, la declaración de suspensión del trámite del Legajo como los plazos procesales hasta tanto se zanje el conflicto de competencia planteado, que antes interesaran ante la Jueza de Garantías y ahora pretenden se declare en esta instancia, pues como se vio, resulta a todas luces innecesario, al haber sido ya dispuesto por el máximo Tribunal Provincial, por lo que corresponde estar, en cuanto a su alcance, a lo allí resuelto”, escribió Castagno.
Fuente: APFDigital y Entre Ríos Ahora.