Viernes, 30 de julio de 2021   |   Política

La Corte decidirá qué fuero seguirá la investigación

Luego del rechazo de la jueza Barbagelata para que pase al fuero Federal, el juez Alonso elevó la decisión a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que defina la competencia ordinaria o federal en la causa.

La Corte decidirá qué fuero seguirá la investigación

La investigación penal que buscadesentrañar la red de contrataciones en apariencia truchas de personal porparte de ambas cámaras de la Legislatura de Entre Ríos en el período que va de2008 a 2018 y que le habría producido un desfalco al Estado de $ 4.961.988.609,según el cálculo de la Fiscalía, recalará en la Suprema Corte de Justicia de laNación para que defina qué fuero es competente para seguir investigando.

La disputa entre el fuero ordinario y el federal deberá, ahora, ser resuelto por la Corte.

El pasado lunes 26 se conoció la decisión dela jueza de Garantías Marina Electra Barbagelata, que rechazó la inhibitoriaplanteada para seguir tramitando la causa penal de los contratos, y de ese modorechazó la petición del juez Federal de Paraná Daniel Edgardo Alonso de girarlas actuaciones a la Justicia Federal, decisión que había adoptado elmagistrado a partir de la petición formulada por los defensores de losimputados Gustavo Pérez, exdirector contable del Senado, Jorge De Breuil, PedroOpromolla y Alejandro Almada.

Lo que dice el archivo

En su extensa resolución, lamagistrada sostiene que “al analizar los hechos que constituyen la acusación,los fundamentos del requerimiento de remisión a juicio,  los medios de prueba que se proponen para eljuicio, y las disposiciones legales que se consideran aplicables, sucorrelación con los hechos y  con laintervención que atribuye a los imputados, concluyo sin lugar a dudas, que porla materia y las personas, la investigación o, mejor, el juzgamiento de loshechos de la causa Beckman, son de competencia ordinaria”.

La causa contratosestá caratulada “Beckman Flavia Marcela s/ Defraudación a la AdministraciónPública. Asociación Ilícita”.

“En efecto -agrega Barbagelata-, loshechos que la Fiscalía investigara, y por los que hoy ha requerido la remisiónde la causa a juicio contra los imputados, encuadran en delitos de naturalezaordinaria (asociación ilícita (…) en concurso real con peculado reiterado (…) eincumplimiento de los deberes de funcionario público (…). Estos delitos, segúnla teoría del caso del Ministerio Público Fiscal, fueron ejecutados enperjuicio del patrimonio de la Legislatura de la provincia de Entre Ríos,  a través de la realización de contratacionesde obra en nombre de ambas Cámaras, con personas que percibían una ínfima partede los honorarios pactados, por las que no realizaban ninguna prestación afavor del Estado,  quedando el resto deldinero en poder de la organización”.

Lo que dice el archivo

Conocida la decisión de Barbagelata, el juez Alonso firmó este viernes 30 unaresolución en la que señala: “Habiendo la Señora la Jueza de Garantías N° 1de Paraná denegado la inhibición requerida, manteniendo de esta forma laprocedencia del fuero ordinario y la competencia de la Justicia de la Provinciade Entre Ríos para seguir entendiendo en la causa caratulada Beckman FlaviaMarcela s/ Defraudación a la Administración Pública. Asociación Ilícita –Legajode O.G.A. N° 10.668 (Legajo de Fiscalía N° ° 87.993) y, no reconociendo estaMagistratura tal competencia y jurisdicción, corresponde hacer saber a la mismaque se mantiene la competencia del Juzgado Federal de Primera Instancia N° 1 deParaná –con competencia electoral- y que, en consecuencia, se elevarán lasactuaciones a la Excma Corte Suprema de Justicia de la Nación –superior común-,invitando a la Señora la Jueza de Garantías N° 1 de Paraná a remitir laspropias al citado superior común, al haber quedado trabado el conflictopositivo de competencia”.

La cuestión de la competencia se abrióluego de que el 16 de junio último el juez Alonso dispusiera la competencia federal en la causa contratos y lepidiera a la jueza Barbagelata lasactuaciones.

El juez federal de Paraná se declarócompetente para entender en la causa Contratos tras acoger favorablemente a unapetición que hicieran los abogados Emilio Fouces, (defensor de Sergio Cardoso,exadministrador de la Cámara de Diputados), José Velázquez (por Flavia Beckman, Esteban Scialocomo y Hugo Mena, losdenominados recaudadores), Miguel Ángel Cullen (defensor de Gustavo Pérez,exadministrador del Senado, y de Pedro Opromolla) y Damián Petenatti e IvánVernengo (por Alfredo Bilbao). En la misma decisión, requirió el expediente ala jueza de Garantías Nº 1 de Paraná, Marina Barbagelata.

Decidirála Corte Suprema de la Nación

El juez aceptó el planteo de que lacausa debía pasar al ámbito de la Justicia Federal puesto que existiría pruebaque indican que los fondos investigados tendrían como fin “aportes y/ofinanciamiento” de campañas políticas partidarias en el período comprendidoentre 2008 y 2018.

Alonso señaló “que la inhibitoria en una causa con contenidopenal se rige  por el artículo 47 de laLey 23984 que en lo que aquí interesa establece: ‘Cuando se promueva lainhibitoria se observarán las siguientes reglas: 1°) El tribunal ante quien seproponga resolverá dentro del tercer día, previa vista al ministerio fiscal, ensu caso, por igual término. 2°) Cuando se deniegue el requerimiento deinhibición, la resolución será apelable ante la Cámara de Apelaciones’”.

De ese modo, el pedido de remisión ajuicio de la causa planteado por los fiscales Ignacio Aramberry y PatriciaYedro -recusados por la defensa- deberá aplazar su resolución en la Justiciaentrerriana.

Lo que dice el archivo

Fuente: Entre Ríos Ahora.

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