
El juez Federal Nº 2 de Paraná, Daniel Edgardo Alonso,rechazó este martes el recurso de apelación interpuesto por la fiscal ad hocMaría Eugey Wilson, contra su decisión que dispuso que la causa del presuntodesfalco a Legislatura -mediante contratos ficticios o apócrifos- pase alámbito de la Justicia Federal Electoral.
La fiscal Wilson había apelado la resolución del juez Alonso del 9de junio, mediante la cual hizo lugar al pedido de los abogados Emilio Fouces,(defensor de Sergio Cardoso), José Velázquez (por Flavia Beckman, EstebanScialocomo y Hugo Mena), Miguel Ángel Cullen (defensor de Gustavo Pérez y PedroOpromolla) y Damián Petenatti e Iván Vernengo (por Alfredo Bilbao). En la mismadecisión, requirió el expediente a la jueza de Garantías Nº 1 de Paraná, MarinaBarbagelata.
La fiscal insiste enque no existen pruebas concretas de que el desfalco haya sido para financiarcampañas políticas.
El juez aceptó el planteo de que la causa debía pasar alámbito de la Justicia Federal puesto que existiría prueba que indican que losfondos investigados tendrían como fin “aportes y/o financiamiento” de campañaspolíticas partidarias en el período comprendido entre 2008 y 2018.
Este martes, ante la apelación de la fiscal, el juez Alonsoseñalo “que la inhibitoria en una causa con contenido penal se rige por el artículo 47 de la Ley 23984 que en loque aquí interesa establece: ‘Cuando se promueva la inhibitoria se observaránlas siguientes reglas: 1°) El tribunal ante quien se proponga resolverá dentrodel tercer día, previa vista al ministerio fiscal, en su caso, por igualtérmino. 2°) Cuando se deniegue el requerimiento de inhibición, la resoluciónserá apelable ante la Cámara de Apelaciones'”.
El juez federal Daniel Edgardo Alonso rechazó la apelaciónpresentada por la fiscal ad-hoc María Eugenia Wilson a su decisión de hacerlugar a la inhibitoria planteada por un grupo de abogados defensores en lacausa donde se investigan contrataciones irregulares en la Legislatura de EntreRíos entre los años 2008 y 2018.
El magistrado, que hace una semana había decretado lacompetencia federal, ahora rechazó la apelación presentada por la fiscal ad-hocafirmando que “solo es apelable la resolución denegatoria, más no la que admitela inhibitoria habida cuenta que quien debe resolver si acepta o no la misma esel juez requerido”.
La decisión de Alonso debe leerse en clave política, delmismo modo que aquella que acepta la competencia federal en la causa de loscontratos truchos: ahora podría mandar el oficio a la jueza de garantías MarinaBarbagelata solicitando que le remita el legajo que, por ahora, instruyen losfiscales Patricia Yedro e Ignacio L. M. Aramberry.
“Resulta palmaria la orfandad probatoria y/o inexistencia deconexidad de aquello que resulta materia de investigación en la causa (de loscontratos truchos) con cuestiones específicas vinculadas con el supuesto ehipotético financiamiento de campañas electorales”, aseguró la fiscal Wilson.
“No resulta pertinente la intervención de este fuero federal, restrictivo,excluyente y especial”, insistió Wilson.
En la apelación al fallo de Alonso, la fiscalía federal sostuvoque “las actividades ilícitas descriptas ejecutadas en el ámbito de lalegislatura provincial durante el período temporal extenso referido no puedenservir de pretexto, a partir de datos imprecisos o inexactos qué parte de esosfondos espurios habrían sido aplicados a campañas electorales sin una concretaindicación de algún comicio puntual o de la aplicación de esos fondos para losfines propios dirigidos a captar la voluntad del electorado –publicidad,adquisición de boletas, etcétera–, siendo que simplemente refieren a unasupuesta transgresión a la ley de financiamiento de los partidos políticos;razón que no permite afirmar con el grado de convicción que requiere paraadmitir la intervención del fuero federal electoral que exista una violación aesa disposición y/o a la ley de democratización y transparencia electoral queregula las elecciones primarias; más aún, cuando la competencia de lostribunales especializados no puede interpretarse en forma extensiva segúnsentara el máximo tribunal en la materia”.
Incluso la fiscalía no deja omite mencionar que los informesprevios y finales de campaña en los períodos comprendidos en la investigaciónya fueron rendidos ante la Secretaría Electoral, que la mayoría de ellos hansido aprobados y en aquellos casos en que no lo fueron, se instruyeron lasactuaciones pertinentes.
Los abogados defensores de un grupo de imputados aseguran quela causa debe pasar a la justicia federal porque las pruebas “demuestran quelos fondos investigados, tendrían como fin aportes y/ o financiamiento decampañas políticas partidarias desde 2008 al 2018” y que, por lo tanto, habríauna violación a la ley de financiamiento de los partidos políticos y a la leyde democratización y transparencia electoral.
Es de esperar que la jueza Barbagelata rechace la inhibición de competencia dispuesta por Alonso y el conflicto tenga que dirimirse en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. También es probable que la fiscalía federal recurra en queja ante la Cámara Nacional Electoral y allí habría otra llave para dirimir el conflicto. Un dato no menor en esta historia es que el procurador Eduardo Casal está al tanto del asunto.
Lo intentaron sin éxito en 2018 e insistieron con un supuesto“hecho nuevo”, y operaciones políticas mediante, que sería la aparición de unacaja en la puerta del estudio del abogado Milton Urrutia en la que había, entreotros elementos, “anotaciones manuales” que enseguida atribuyeron a Hugo Mena,“donde se habría llevado una especie de rendición de aportes y destino de losmismos” con diferentes nombres de personas que retirarían el dinero a los finesde hacer frente a gastos de campañas políticas.
La fiscal ad-hoc María Eugenia Wilson hizo notar un dato que,al parecer, el juez omitió: aquellas anotaciones que el magistrado admite comoprueba refieren a campañas electorales de 2009 y 2011 e “indica funcionariosprovinciales, legislador y gobernador como involucrados” y destaca que “enaquella época no se celebraron de manera conjunta elecciones provinciales ynacionales”.
Fuente: Página Política.