Domingo, 24 de enero de 2021   |   Política

Ya rige en todo el país

La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo entró en vigencia a las 0 horas de este domingo, ya que se hace efectiva luego de 8 días transcurridos de su promulgación por parte del presidente Alberto Fernández.

Ya rige en todo el país

Desde las 0 horas de este domingoArgentina finalmente integra la lista de los países en donde el aborto eslegal, debido a que entró en vigencia la ley 27.610 de Acceso a la InterrupciónVoluntaria del Embarazo (IVE). Su aplicación es”inmediata”, remarcó la ministra de las Mujeres, Géneros yDiversidad, Elizabeth Gómez Alcorta, ya que se hace efectiva luego de 8 díastranscurridos de su promulgación por parte del presidente Alberto Fernández, elpasado 15 de enero, por medio del decreto 14/2021.

La norma establece el derecho a la interrupción voluntaria del embarazodurante las primeras 14 semanas de gestación para mujeres y personas concapacidad de gestar.

Transcurridas las 14 semanas de gestación, sólopermite el acceso a la práctica si el embarazo es producto de una violación oante el peligro de la vida y la salud de la persona gestante.

Para acceder a este derecho,luego de la firma del consentimiento informado, la práctica debe garantizarseen los servicios del sistema de salud o con su asistencia en un plazo máximo de10 días.

La ley incorpora la interrupción voluntaria del embarazo en el PlanMédico Obligatorio y en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de laAtención Médica. Además, establece el derecho a la atención postaborto.

En el caso de menores de 13 años,se solicitará su consentimiento con la asistencia de su madre, padre orepresentante legal. En todo momento deberá resguardarse su interés superior yrespetar el derecho a ser oídos/as, según lo establecido por la Convención delos Derechos del Niño, la ley 26.061 y los artículos pertinentes del CódigoCivil y Comercial de la Nación.

Las personas mayores de 16 añosde edad tienen plena capacidad para prestar su consentimiento para interrumpir suembarazo. Según la legislación argentina, todas las personas de 16 años o másson consideradas como adultas en lo que refiere al cuidado del propio cuerpo.

En el caso de las personasmenores de 16 años que quieran interrumpir su embarazo, se requerirá suconsentimiento y que concurran acompañadas por sus representantes legales. Noobstante, la persona que cuente con edad y grado de madurez suficiente podrárequerir la práctica por sí misma.

En su artículo 10 aborda la“objeción de conciencia”, lo cual fue clave para que el Congresoapruebe la ley ya que fue pieza de negociación con algunos legisladores queponían reparos para votar a favor.

Por tanto, quedó establecido que”el o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en lainterrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción deconciencia”. A los fines del ejercicio de la misma, deberá:

– Mantener su decisión en todoslos ámbitos, público, privado o de la seguridad social, en los que ejerza suprofesión;

– Derivar de buena fe a lapaciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporáneay oportuna, sin dilaciones;

– Cumplir con el resto de susdeberes profesionales y obligaciones jurídicas.

– El personal de salud no podránegarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vidao salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata eimpostergable.

– No se podrá alegar objeción deconciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto.

– El incumplimiento de lasobligaciones establecidas en el presente artículo dará lugar a las sancionesdisciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda. 

Fuente: Ámbito Financiero.

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