La Justicia condenó a agentes de Victoria por privación ilegítima de la libertad y abuso de poder contra un joven en marzo de 2018. El muchacho fue hallado ahorcado en la cela de la comisaría. Con juicio abreviado, no van a la cárcel.
L
os condenados son Daniel Alberto Gutiérrez, Marcelo Ariel Garcilazo, Rafael Emmanuel Gaitán y Eduardo David Castro.
La condena está fechada el 11 de septiembre y firmada por el juez de Transición y Garantías de Victoria, José Callejas, quien consideró que los agentes incurrieron en "un comportamiento delictivo cometido en una situación de abuso funcional en el ejercicio del cargo".
Los policías fueron condenados en el marco de un juicio
abreviado, en el que admitieron su culpabilidad y accedieron a una pena leve:
dos años de prisión de cumplimiento condicional, más la inhabilitación especial
parcial por el término de cuatro años, pudiendo desempeñar tareas
administrativas y cualquier otra que no requieran la portación de armas, ni
custodia o funciones respecto de personas detenidas.
El acuerdo fue presentado por el fiscal Iván Ezequiel Yedro
y la defensora de los policías, María Gabriela Silva.
Según la resolución, los policías admitieron que privaron de su libertad al joven Ignacio Valentín Pereyra por una contravención.
Lo que no fue incluido en el juicio fue el hecho de que el joven fue encontrado muerto, aparentemente ahorcado, en la celda donde fue confinado tras la detención ilegítima, en la Jefatura Departamental de Victoria.
Los policías sí admitieron que uno de ellos golpeó al muchacho con
la boca del cañón de la escopeta, causándole lesiones en la zona del tórax y el
esternón, que habían sido reveladas en la autopsia.
El primer artículo que falazmente le endilgaron al joven
establece que incurrirán en pena de 4 a 20 pesos de multa o arresto de 2 a 8
días quienes sean recogidos más de una vez en estado de ebriedad en la vía
pública; y el 43, contempla el delito de desorden público penado con multas de
4 a 40 pesos o arrestos de uno a 8 días.
A grandes rasgos, el artículo mencionado dice que incurren
en este delito quienes participan de riñas callejeras sin uso de armas o
perturban la tranquilidad del vecindario por la noche y causan alarma en la
sociedad.
El hecho
La imputación que aceptaron los policías dice que el 17 de
marzo de 2018, entre las 0,55 y las 1,15, "habrían abusado de sus
funciones al privar ilegítimamente de la libertad a Ignacio Valentín
Pereyra" por violar la Ley de Contravenciones.
Se señala que "tales agentes de policía concurrieron al
barrio de Ignacio Pereyra, y al divisar su presencia lo persiguieron, logrando
éste escapar e ingresar a su domicilio (sito en calle Yatay entre Laprida y
Bartoloni de Victoria), donde les dijo a su madre y a su hermana que la policía
quiso detenerlo sin motivo valedero".
"Con posterioridad, Ignacio Valentín Pereyra sale de su
vivienda y es aprehendido en forma injustificada por los mencionados
funcionarios policiales", agrega la acusación.
El acuerdo detalla que "uno de los agentes de policía le aplicó golpes innecesarios con la boca del cañón de una escopeta marca Taurus, modelo ST-12 en la parte del pecho, con la anuencia de los otros tres que no impidieron la agresión en posición de garante".
El informe médico detalló las siguientes lesiones en el
joven: una lesión contusa con calcado morfológico, con forma de media
circunferencia; una lesión contusa, con calcado morfológico, con forma
circular, con un diámetro de 2 cm y con arrastre del elemento agresor hacia la
derecha; una lesión contusa excoriativa, por arrastre del elemento agresor, que
se extendió desde la lesión anterior hasta la tetilla derecha.
En la imputación también se menciona que, al ser detenido, Pereyra les preguntó las razones a los uniformados. La respuesta fue una burla, ya que uno de ellos le respondió que lo detuvieron "por pelotudo".
Fallo
Al resolver, el juez Calleja validó la autoría del hecho por
parte de los imputados en el escrito conjuntamente presentado por su defensa y
el Ministerio Público Fiscal.
En referencia al monto de la pena acordada, el juez sostuvo
que "se trata de un comportamiento delictivo cometido en una situación de
abuso funcional en el ejercicio del cargo, en el cual cuatro funcionarios
policiales, altamente preparados e instruidos físicamente, privaron
ilegítimamente de la libertad a un joven que se encontraba solo, que tenía una
contextura física más bien pequeña, que no se resistió en ningún momento y
sobre el cual desplegaron una innecesaria violencia utilizando para ello, como
arma impropia el arma larga provista por el Estado”.
Además, confirmó que luego de detener ilegítimamente al joven, “pretextaron una supuesta situación de comisión de contravención para intentar justificar el accionar".
"Además de ello”, añadió el juez, tomó en cuenta “la extensión del daño causado, pues si bien
las lesiones proferidas a Pereyra fueron de carácter leve por el tiempo de
inhabilitación laboral, también es cierto que las lesiones provocadas en la
cara anterior del tórax y sobre el esternón de su cuerpo fueron significativas,
conforme surge de las fotografías que se registraron".