La Justicia rechazó una demanda realizada por un conjunto de ex magistrados y funcionarios judiciales. Es el segundo fallo a favor, que se suma a otras resoluciones contra medidas cautelares.
U
n nuevo fallo avala la Ley de Emergencia Solidaria, sancionada por la Legislatura a principios de julio en virtud del estado de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal sanitaria, administrativa y previsional en Entre Ríos.
Se trata de la causa “Cook Carlos y otros C/Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos y otras/ Acción de amparo" contra la ley de Emergencia 10806 , en la cual un juez ad hoc dictó sentencia y rechazó la demanda. La resolución tiene fecha de este 29 de agosto.
El amparo había sido presentado por un grupo de jueces y funcionarios judiciales, encabezados por Carlos Cook, cuyos salarios superan los $300 mil.
"En este caso la demanda Cook reunía a un conjunto de magistrados y funcionarios jubilados del Poder Judicial quienes interpretaron que el artículo 6° de la Ley 10806, que establece la contribución solidaria, significaba un menoscabo a sus derechos constitucionales. Sin embargo el Juez de Primera Instancia Emanuel Capatto consideró que dicha norma no reúne esos requisitos de inconstitucionalidad manifiesta por lo tanto rechazó la demanda", detalló el fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes.
De manera que en materia de emergencia ya tenemos un fallo "Rambola", que convalida la Ley de Emergencia, luego una serie de medidas cautelares rechazadas contra el gobierno provincial, un fallo de un juez ad hoc en primera instancia en Gualeguay que declaró la inconstitucionalidad de la Ley , pero también otro fallo exactamente opuesto tratándose de la misma situación, es decir jueces jubilados del poder judicial. Es decir que hasta hoy la Ley de Emergencia esta teniendo una convalidación por parte de la mayoría de las sentencias del poder judicial de Entre Ríos", remarcó Rodriguez Signes.