
El Senador de la Nación por el Frentede Todos, Edgardo Kueider, presentó un proyecto para implementar beneficiostarifarios en el consumo de energía eléctrica para las zonas cálidas del país,que incluye a los usuarios de Entre Ríos.
“Esto responde a la necesidadimperiosa de subsanar injusticias”, manifestó el legislador justicialista,que deberá decidir si apoya en la Cámara Alta el polémico proyecto que ya tuvomedia sanción en Diputados y donde la provincia no está incluida entre los 17 distritos que sí tendrán el beneficio tarifario para el gas, pese a atravesar temperaturasgélidas.
El proyecto, cuyo expediente es S. 1345/21, dispone la implementación de beneficios tarifarios en el consumo de energía eléctrica para las Zonas cálidas del país, que incluye usuarios de las provincias de Entre Ríos, Chaco, Formosa, Santiago del Estero, Misiones, Corrientes, Salta y Tucumán.
La tarifa, según contempla el proyecto del legislador entrerriano, se establecerá a través de la Autoridad de Aplicación que defina el Ejecutivo nacional con los cuadros diferenciales según los criterios de elegibilidad contemplados en el Régimen de Zona Fría donde, señala, quedan exceptuadas del beneficio las regiones, provincias, departamentos y localidades beneficiadas por dicho Régimen.
El legislador expresó que, “esto responde a la necesidad imperiosa de subsanar la injusticia que significa para las y los habitantes de estas zonas del país pagar lo mismo que quienes habitan climas diferentes, ya que en el primer caso, el elevado consumo de energía eléctrica por parte de los usuarios responde a necesidades básicas”.
“Además, dispone el derecho a un trato digno para usuarios y usuarias que dependen del consumo energético para atender necesidades vitales, ya sea, durante todo el año, o bien en períodos determinados por el aumento de la temperatura”, argumentó el concordiense.
Kueider deberá decidir si apoya el proyecto Zonas Frías, que ya cuenta con el aval de Diputados.
El detalle del proyecto
Entre los puntos sobresalientes semenciona:
– Propone la implementación debeneficios tarifarios en el consumo de energía eléctrica para las regiones,provincias, departamentos y localidades que no estén contempladas en el Régimende Zona Fría. Es decir, las Zonas muy cálidas, cálidas y templadas cálidas,como las provincias de Formosa, Santiago del Estero, Misiones, Corrientes,Entre Ríos, etc.
– Dispone el derecho a un trato dignopara usuarios y usuarias que, en el caso abordado, dependen del consumoenergético para atender necesidades vitales, ya sea, durante todo el año, obien en periodos determinados por el aumento de la temperatura.
– Se busca atender a la necesidadimperiosa de paliar las consecuencias de la injusticia que significa para los ylas habitantes de algunas zonas del país cuyo elevado consumo de energíaeléctrica no obedece a razones suntuarias, sino a necesidades básicas.
– Se refuerza la noción de que lajusticia distributiva por parte del Estado debe asignar recursos diferenciadossegún las necesidades al interior del territorio, de modo de atender todas lasrealidades a lo largo y a lo ancho del país.
– Tiene como finalidad financiar lascompensaciones tarifarias que las distribuidoras o subdistribuidoras deelectricidad deberán percibir por la aplicación de tarifas diferenciales a losconsumos residenciales.
– Dicho recargo será establecido porla Autoridad de Aplicación, que luego deberá remitirlo al Congreso de la Naciónpara su aprobación.
– Los distribuidores ysubdistribuidores de energía eléctrica actuarán como agentes de percepción.
– La Autoridad de Aplicación quedefina el Poder Ejecutivo, establecerá los cuadros diferenciales según loscriterios de elegibilidad contemplados en el Régimen de Zona Fría.
– Quedan exceptuadas del beneficio lasregiones, provincias, departamentos y localidades beneficiadas por el Régimende Zona Fría.