
El fiscal ad-hoc Gastón Justet formalizóante el Jurado de Enjuiciamientola acusación contra la procuradora adjunta Cecilia Goyeneche y dejó entrever que tenía “intereses extraprocesales yextrajurídicos” en la causa donde se investigan las contrataciones irregularesen la Legislatura. Una foto de más de una década expuso la relación.
Gastón Justet, el abogado deGualeguay que interviene como fiscal ad-hoc en el jury, presentó una acusacióncontra Goyeneche por presunto mal desempeño y por haber tenido una conductaincompatible con las funciones a su cargo, en el marco de las denunciasformuladas por Carlos Guillermo Reggiardo, por un lado, y Rubén Pagliotto yGuillermo Mulet, por otro.
Justet dijo que Goyeneche tenía unarelación de amistad con uno de los imputados, Pedro Opromolla, que luego setrasladó “al ámbito de los negocios comunes”.
El Jurado de Enjuiciamiento retomósu actividad en el proceso que se le sigue a Cecilia Goyeneche y hace unos díasel fiscal ad-hoc acusó formalmente a la procuradora adjunta en un escrito en elque advirtió que hay una presunción de que tenía “intereses extraprocesales yextrajurídicos” en la causa de los contratos truchos de la Legislatura.
En el escrito, determinó los hechosque constituyen la acusación y dijo que Goyeneche tenía una relación personalcon una persona a la que estaba investigando por las contrataciones irregularesen la Legislatura y que esa amistad “habría afectado las decisiones que fuerontomadas en el marco de dicha causa”.
Entonces, “pidió que se incorporecomo prueba el legajo completo de la causa de los contratos truchos y que secite como testigos a los fiscales Patricia Yedro e Ignacio Aramberry, quetenían a su cargo la investigación, que ya fue elevada a juicio y el trámiteestá suspendido a la espera de que la Corte Suprema resuelva un conflicto decompetencia planteado por un grupo de defensores de las personas imputadas”,escribió Juan Cruz Varela para el sitio Página Judicial.
El fiscal ad-hoc también pidió alPoder Judicial que remita la declaración jurada patrimonial de Goyeneche y a laAdministración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) la de su esposo, que ademásdebería declarar como testigo, al igual que el contador que compartíapropiedades con la procuradora adjunta.
A partir de que Justet presentóformalmente la acusación, empezó a correr un plazo de quince días hábiles paraque Goyeneche y su abogado, Enrique Pita, se expidan sobre la pretensión fiscaly ofrezcan la prueba de su parte.

Gonzalo García Garro integrará el Tribunal que juzgará a Goyeneche.
Mientras tanto, deberá jurar Gonzalo García Garro como integrante del tribunal que juzgará la conducta de Goyeneche, tras el apartamiento de Luis Leissa por haber adelantado opinión sobre el proceso.
García Garro es hijo del Blas García, interventor junto con Jorge Busti en Santiago del Estero y ex presidente del Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social (IAFAS) durante la gestión del extinto exgobernador entrerriano.
De qué se la acusa a Goyeneche
Las causales de la acusación contraGoyeneche giran en torno a la relación comercial y de amistad con el contadorPedro Opromolla, del estudio Integral Asesoría, que realizaba la gestiónimpositiva de los falsos contratistas y, posiblemente, también reclutaba a losprestanombres del esquema ilegal que funcionó en la Legislatura entre 2008 y2018.
El segundo hecho que se le imputa aGoyeneche es haber instruido a los fiscales Yedro y Aramberry para quesolicitaran autorización para “el allanamiento, requisa procesal y secuestro desu teléfono celular” de un testigo que había identificado al contador Orlandoentre las personas que frecuentaban y trabajaban en el estudio contable.
Esas circunstancias, dice Justet ensu acusación, “habrían derivado en la exteriorización de un interésextrajurídico y/o extraprocesal (de parte de Goyeneche) en la investigación deaquella causa”.
En los fundamentos de la acusación,el fiscal ad-hoc repasó los orígenes de una relación de amistad entre Goyenechey Orlando y el contador imputado, que luego se trasladó “al ámbito de losnegocios comunes entre la acusada y Opromolla, ya que eran socios en sendoscontratos de fideicomiso en razón de los cuales compartían –en calidad decondóminos– tres propiedades inmuebles”.
Además, agregó que en uno de ellos “existíaun contrato de locación en favor de terceros vigente desde el 1 de julio de2017, cuyo canon se repartía entre la acusada y Opromolla, y el cual eraabonado en el estudio contable de este último, lo que implicaba –presumiblemente–que tanto la enjuiciada como su marido (sabían) de aquel contrato de alquiler”.
Fuente: Juan Cruz Varela para Página Judicial.