Miércoles, 14 de julio de 2021   |   Política

Autorizan subas de internet telefonía y cable

El Gobierno Nacional, a través del ENACOM, autorizó un incremento de 5% para los servicios de internet, televisión por cable y telefonía fija, que será retroactivo a julio.

Autorizan subas de internet telefonía y cable

El Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), a través de laResolución 862/2021 publicada este miércoles en el Boletín Oficial, establecióque “las licenciatarias de Servicios de Telefonía Fija (STF), podrán aplicar unaumento, retroactivo al 1° de julio de 2021 y de hasta un 5%, en el valor delos precios minoristas de cualquiera de sus planes en las modalidades pospagasy mixtas”.

Además el organismo gubernamental estableció en $25, conimpuestos incluidos, el valor máximo del precio de recarga de 50 MB de datosmóviles por día; en 0,38 centavos, con impuestos incluidos, el valor máximo delprecio del segundo de voz; y en $5 con impuestos incluidos, el valor máximo delprecio del SMS, para servicios móviles en la modalidad “prepaga pura”. Dichosincrementos podrán ser aplicados por las empresas tras la publicación de lapresente resolución. No obstante, el ENACOM definirá los próximos valoresmáximos de los precios minoristas de los servicios en la modalidad “prepagapura”.

En el Artículo 3 se determinó que los licenciatarios deservicios de acceso a internet (SVA-I), de servicios de telefonía fija, deradiodifusión por suscripción mediante vínculo físico y radioeléctrico y deservicios de comunicación audiovisual de radiodifusión por suscripción mediantevínculo satelital, también podrán incrementar el valor de todos sus preciosminoristas hasta un 5% retroactivo al 1° de julio de 2021.

Como en las anteriores oportunidades en las que seautorizaron incrementos, el ente dirigido por Claudio Ambrosini estableció quecualquier aumento sobre los precios minoristas que hubiese sido aplicado porlos licenciatarios que supere los valores expresamente autorizados “deberá serreintegrado a sus usuarios y usuarias en la próxima factura a emitir, conactualización e intereses sujetos a la misma tasa de interés que aplican a susclientes por mora en el pago de facturas”.

Lo que dice el archivo

En tanto se explicó que las prestadoras que hubierenfacturado incrementos superiores a los autorizados hasta el momento, no podránproceder a computar los plazos legales para suspensión y/o corte del servicioante la falta de pago, sino sólo a partir de la nueva factura emitida o ajustadaconforme las disposiciones vigentes; y que, asimismo, deberán proceder a losajustes pertinentes en los casos de pagos ya efectuados por sus clientes,mediante el reintegro de los importes facturados en exceso en la próximafactura a emitir, con actualización e intereses sujetos a la misma tasa deinterés que aplican por mora en el pago de facturas.

El año pasado, en medio de la estricta cuarentena, elGobierno congeló el precio de los servicios de telecomunicaciones y prohibióhasta fin de 2020 el corte de los mismos por falta de pago. Ya en 2021,permitió un aumento general del 5% para enero, y otro de hasta el 7% en febreropara aquellas empresas que posean menos de cien mil accesos totales. A fines dedicho mes, el ENACOM permitió a las compañías de telefonía celular aumentar un7,5% y un 2,5% en febrero y marzo; y a las de TV por cable, internet ytelefonía fija, entre el 5% y el 7,5% a partir de marzo. Puso como condiciónque las empresas del mercado devuelvan aumentos que se hubieran realizado demanera indebida en los dos primeros meses de 2021.

Fuente: Uno Entre Ríos

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