Domingo, 12 de marzo de 2023   |   Política

Rechazaron la recusación de Urribarri a la jueza Bruzzo

El fallo señala que la misma fue planteada sobre “la base de un prejuicio sexista”. Además sostiene que no existe incompatibilidad entre la labor de la magistrada y las aspiraciones políticas de su marido Ruíz Orrico dirigente del PRO.

Rechazaron la recusación de Urribarri a la jueza Bruzzo

LaCámara de Casación Penal rechazó la recusación hecha por el ex gobernadorSergio Urribarri y el ex ministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, contrala jueza María Evangelina Bruzzo, integrante del tribunal encargado de revisarlas condenas aplicadas en 2022 a ambos ex funcionarios en el marco delmegajuicio, lo cual será a partir del próximo miércoles 15 de marzo,

Enel fallo, que contó con los votos de los jueces Marcela Davite, Marcela Badanoy Darío Perroudse establece: “En los términos en que ha sido planteada larecusación, ella no puede verse más que como un modo de perturbar el curso delproceso y también de discriminar sobre la base de un prejuicio sexista, conformeal cual las mujeres no piensan ni deciden por sí mismas, como lo concebía elantiguo paradigma del Código Civil redactado por Vélez Sársfield puesto envigencia en el año 1871”.

Urribarriy Báez, mediante sus abogados Raúl Barrandeguy, y José Raúl Velázquez e IngacioDíaz, respectivamente, habían formulado la recusación a la magistrada por serla esposa del dirigente del PRO de Concepción del Uruguay Juan Ruiz Orrico.

Lo que dice el archivo

Esteplanteo fue rechazado tanto por la propia jueza, como así también por la ProcuradoraAdjunta Mónica Elizabeth Carmona.

“Comoes evidente, el matrimonio no limita la capacidad de los cónyuges en ningúnaspecto; por eso, por fuera de esta excepción que tiene que ver con el régimenpatrimonial, no existen vasos comunicantes entre las actividades profesionales,políticas, culturales, religiosas, deportivas, etc, de los cónyuges, y muchomenos existe un deber de obediencia o de abstención de realizar actividadeslícitas, como lo es la política, o expresar libremente las ideas, en funcióndel otro”, detalla el fallo más adelante.

Lo que dice el archivo

Yagrega: “No existe, ni puede suponerse, una incompatibilidad entre lalabor jurisdiccional de la Dra. Bruzzo en estas actuaciones y las aspiraciones,opiniones políticas, o sentimientos de amistad o enemistad del Sr. Ruiz Orrico.La causal que pretenden oponer resulta contraria a la legislación civil, laConstitución y los tratados internacionales vigentes de los que sobradamente hadado cuenta la propia magistrada en su informe. De acuerdo a esta normativa, nose puede admitir que se ponga en tela de juicio la imparcialidad de unamagistrada y se desconfíe de su neutralidad por las acciones y manifestacionesde su esposo. Cada uno de los argumentos propuestos suponen en la magistradauna suerte de predisposición para complacer o para obedecer, e inclusobeneficiarse por eventual cargo político (como si su máxima aspiración fuera lade ser una primera dama) lo que, aparentemente y sin ninguna lógica, lallevaría incluso a arriesgar su carrera y su prestigio, en una insólita tensiónentre resolver de acuerdo a los hechos probados y a la ley vigente, oprevaricar, con tal de beneficiar a su marido”.

Lo que dice el archivo

Segúnconsigna El Entrerios, ya resuelta la recusación, quedó finalmente conformadoel tribunal que revisará la condena de Urribarri con las juezas Davite, Badanoy Bruzzo.

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