
El titular de laDirección Nacional Electoral (DINE), Marcos Schiavi, aseguró que los ciudadanosque no votaron en las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO)del 13 de agosto, no tendrán ningún impedimento para emitir su sufragio estedomingo, en las elecciones generales que se desarrollarán en todo el país entrelas 8 y las 18.
Al respecto, durante una conferencia de prensa realizada enla sede de Correo Argentino, ubicada en el Mercado Central de Buenos Aires, elfuncionario aclaró: “Los que no participaron de las PASO obviamente puedenvotar en la general. No hay ningún impedimento. También si no votó en loscomicios de 2021 y quiere votar ahora, puede hacerlo”
En ese marco, donde se brindaron detalles del operativo deurnas que comenzó este viernes en todo el país, de cara a los comicios deldomingo, Schiavi, acompañado por la presidenta de Correo Argentino, VanesaPiesciorovski; y la directora de Servicios Electorales de Correo Argentino,Mariana Aballay, sostuvo: “Vamos a tener entre 4 o 5 puntos más departicipación que en agosto”.

Marcos Schiavi, Dirección Nacional Electoral (DINE).
Cabe recordar que las personas que no asistan el próximodomingo a las urnas quedarán inscriptas en el Registro Nacional de Infractoresal Deber de Votar, por lo que deberán pagar una multa si no justifican suinasistencia ante la secretaría electoral de cada jurisdicción.
La participación en los comicios nacionales es obligatoriapara las personas entre 18 y 70 años, y quienes se ausenten tendrán quejustificar su inasistencia ante la Secretaría Electoral que le correspondedentro de los 60 días posteriores de la elección para no quedar registradoscomo infractores.
Quienes no justifiquen su inasistencia en las urnas nopodrán ser designadas o designados para desempeñar funciones o empleos públicosdurante tres años a partir de la elección.
Por su parte, aquellos que no pague la multa no podrárealizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales,provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
Los que no puedan asistir al establecimiento el día de lavotación deben concurrir con su documento cívico a la comisaría más próxima dellugar en el que se encuentre y pedir una certificación escrita que justifiquela imposibilidad de votar.
Ese certificado debe presentarse dentro de los 60 días decelebrada la elección ante el Juzgado Federal con competencia electoral deldistrito que le corresponda.
Quedan exceptuados de votar:
– Los que se encuentren a más de 500 kilómetros de distanciadel lugar donde tienen que votar deben justificar ante la autoridad policialmás próxima que esa situación obedece a motivos razonables.
– Los que estén enfermas o imposibilitadas de asistir al establecimientode votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas yjustificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
– Los que son parte de un organismo o empresa de serviciospúblicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estánimpedidas de asistir a votar.
– Los jueces o auxiliares que, por disposición del CódigoElectoral Nacional, tienen que asistir a su oficina y mantenerla abiertadurante los comicios.