El empresario está acusado de pago de sobornos. Solicitó la nulidad de las actuaciones. La jueza Sandra Arroyo Salgado rechazó el pedido. Ahora apeló y espera la determinación de la Cámara Federal de San Martín.
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a defensa de Claudio Tórtul apunta contra la investigación interna que impulsó Securitas, base de la acusación por el presunto pago de sobornos a empresas y organismos públicos, entre ellos Enersa.
Para eso, el empresario entrerriano pidió la nulidad de las actuaciones y la jueza Sandra Arroyo Salgado rechazó el planteo. No obstante, Tórtul apeló y ahora aguarda la decisión de la Cámara Federal de San Martín, que fue la que dispuso su excarcelación.
La investigación tras la denuncia interna
La investigación sobre las presuntas coimas se originó en 2018 con la denuncia interna de una exempleada de Securitas que habló sobre un supuesto esquema de sobornos. Securitas impulsó una investigación interna que estuvo a cargo de la empresa Pinkerton que, a su vez, contrató a otras firmas dedicadas a este tipo de tareas.
Con los resultados de esa investigación interna, apoderados de Securitas se presentaron ante la Justicia en febrero de 2020 e hicieron una “autodenuncia”, haciendo uso de una herramienta contemplada en la ley de responsabilidad de personas jurídicas, que coloca a las empresas en posición de alcanzar un acuerdo de colaboración y mejora su situación judicial.
La orden de allanamiento y el ingreso al Bª Privado "Puerto Urquiza".
La defensa de Tórtul
En un escrito de 120 páginas, los defensores de Tórtul, Juan Félix Marteau y Alejandro Bisbal, plantearon sus cuestionamientos contra esa pesquisa. Consideraron “selectiva y parcial” la investigación que dio origen a la causa y la calificaron como “un punto de partida viciado de ilegalidad”.
“La prueba sobre la que se organizó la imputación fue el resultado directo de una investigación interna consumada por la compañía americana Pinkerton, dependiente del Grupo Securitas, en violación de la Ley de Seguridad Privada de la Provincia de Buenos Aires”, marcaron los letrados en el pedido de nulidad del procedimiento llevado a cabo por la Fiscalía Federal de San Isidro, a cargo de Fernando Domínguez.
Puntualmente, advirtieron que la norma impide que las empresas de seguridad privada realicen prácticas de inteligencia y también señalaron que las obliga a denunciar inmediatamente a las autoridades competentes la posible comisión de delitos de acción pública.
“La investigación interna llevada a cabo por Pinkerton comenzó a mediados de 2018, pero en vez de realizar una denuncia ante la justicia penal informando cuáles eran los posibles autores de irregularidades, pusieron en funcionamiento un programa de gestión de riesgos económicos y reputacionales que les permitiera vender la compañía sin comprometer a los directivos más importantes”, sostuvieron.
También objetaron la toma de entrevistas a empleados y directivos, a las que calificaron de “coercitivas”. Y resaltaron que no se les advirtió a las personas entrevistadas para qué serían usadas las declaraciones.
Además, apuntaron contra la intercepción de correos electrónicos de los investigados “sin que mediara autorización expresa para ello” y manifestaron que “se manipuló la información de modo tal que se forjó la idea de que se había creado una gran organización criminal en el interior de la compañía con total ignorancia de los directivos suecos”.
Cabe recordar que Securitas entregó información a los investigadores privados, que analizaron y entrecruzaron cientos de miles de correos electrónicos y archivos digitales y cerca de 300 cajas de documentación en papel. También realizaron 85 entrevistas empleados y directivos y analizaron 76 computadoras y teléfonos celulares.
Los abogados de Tórtul señalaron que los directivos de Securitas Argentina recién realizaron la denuncia penal contra ciertos directivos y empleados de la compañía en enero de 2020, “con el objetivo de lograr un acuerdo con la Fiscalía de San Isidro que les resultara beneficioso para poder desprenderse del negocio sin costos sustantivos”.
El móvil de Gendarmería en las puertas de Enersa (Foto: Análisis).
Lo que pasaba en Enersa, según la investigación
En el caso de Energía de Entre Ríos Sociedad Anónima (Enersa), se señaló que Securitas pagaba sobornos en efectivo a funcionarios públicos para conseguir y mantener las contrataciones del servicio de seguridad.Según la investigación, los que pagaban los sobornos eran los hermanos Tórtul.
Como receptores fueron señalados el ex secretario Legal y Técnico de la provincia, José Gervasio Laporte, que falleció en julio de 2020, y los gerentes de Enersa Alejandro Cis (jubilado), Juan Carlos Pimentel (renunció) y Marcelo Morales (en uso de licencia). Los tres están procesados.
También lo está la empresa Tornell SA, en su carácter de persona jurídica, imputada de ser un instrumento clave para el esquema de sobornos. Pero no está imputada la propia Securitas, pese a que se hizo cargo de los delitos como auto denunciante. “Nadie explicó esto y es una clara violación de la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas”, marcan los defensores de Tórtul ante la distinta vara.
“Probamos que la investigación interna estuvo direccionada arbitrariamente durante un año y medio y que el fiscal adoptó acríticamente los resultados de la misma para firmar el acuerdo de colaboración eficaz con una empresa a la que finalmente no procesaron”, objetan.
Marcelo Morales, Juan Carlos Pimentel y Alejandro Cis, gerentes de Enersa.
Rechazo de Arroyo Salgado
Con fecha 12 de julio, la jueza federal de San Isidro, Sandra Arroyo Salgado, emitió una resolución en la cual rechazó los incidentes de nulidad presentados por la defensa de Claudio Tórtul y de otros imputados.
“A criterio de esta magistrada, la información proporcionada por la empresa auto-denunciada no adolece de vicio alguno que amerite acudir a la sanción de nulidad”, opinó, antes de citar jurisprudencia al respecto.
“La empresa se encontraba plenamente facultada para realizar una investigación interna y privada a partir de las denuncias que les fueran arrimadas a través de canales específicos”, acotó más adelante.
“La realización de ese tipo de investigaciones constituye un derecho de la persona jurídica, como correlato de sus facultades de organizar su actividad libremente y como consecuencia de su derecho, como empleador, de controlar los medios de producción de su propiedad, siempre y cuando se respeten los límites derivados de los derechos de los empleados, entre los que se destacan, el derecho a la intimidad, privacidad y dignidad”, sostuvo luego, antes de remarcar que los celulares, computadoras y demás equipos analizados eran para uso estrictamente corporativo.
Mencionó, también, que el contenido extraído “no fue indiscriminado, sino que se limitó a aquellos correos que se encontraban vinculados a los graves eventos denunciados” y justificó las intromisiones “en las sospechas de comportamientos irregulares y presunta realización de pagos indebidos a diversos agentes de organismos estatales, empresas con participación estatal y privados”.
La magistrada también defendió las entrevistas realizadas en el marco de la investigación interna y, si bien reconoció que no se rigen por las normas de un proceso penal, anticipó que serán contra examinadas y evaluadas en el transcurso de la instrucción en marcha.
La jueza Sandra Arroyo Salgado.
“Corresponde escuchar a cada quien según corresponda”, advirtió, antes de mencionar la validación por parte de la Cámara Federal de Casación Penal de una grabación oculta en el marco de la causa Skanska.
Tras el rechazo del planteo por parte de Arroyo Salgado, la defensa de Tórtul presentó una apelación respecto de la cual deberá definir en los próximos días la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, que es la que concedió la excarcelación de Claudio Tórtul, de su hermano Marcelo y de los demás imputados que estaban con prisión preventiva.
Fuente: Análisis Digital