La diputada se sintió maltratada por el presidente de la Cámara Baja. Lo denunció por violencia de género. La jueza Albornoz desestimó su acusación. La ex vicegobernadora apeló la decisión de la magistrada.
A
raíz del cruce que se generó en el desarrollo de una reunión de Labor Parlamentaria de la Cámara de Diputados de Entre Ríos, hace poco más de 20 días, entre la presidenta del bloque Más Para Entre Ríos, Laura Stratta, y el presidente de la Cámara Baja, Gustavo Hein; la diputada del PJ dijo sentirse agraviada y denunció al titular del cuerpo legislativo por violencia de género.
Luego de haberse formalizado la acusación, y que Hein haya prestado testimonio en tribunales, la jueza de 1ª instancia en lo Civil y Comercial, Elena Albornoz, decidió desestimar la denuncia realizada por Stratta “por no considerar configurados los extremos identificatorios de violencia”, tal como consignó APF Digital que consta en la resolución.
En este contexto, la magistrada exhortó a las autoridades de las Cámaras Legislativas para que verifiquen el cumplimiento de la capacitación en cuestiones de género establecida por la Ley 27.499 (denominada como Ley Micaela), facilitando a los miembros de cada cuerpo las instancias de capacitación correspondiente.
Finamente, la jueza Albornoz recomendó a las autoridades de
ambas cámaras implementar un protocolo de actuación para las denuncias de
violencia de género.
Ante esta determinación, la ex vicegobernadora de la provincia, decidió apelar el fallo, según informó la misma diputada mediante un comunicado que arribó a la redacción de INFORME DIGITAL.
En el documento, Stratta apunta: "He decidido apelar lo
resuelto por la jueza que entendió en primera instancia en la denuncia de
violencia por razones de género que formulé hace once días contra el presidente
de la Cámara de Diputados de la provincia, Gustavo Hein. La magistrada resolvió este martes desestimar
la denuncia y no hacer lugar a las medidas solicitadas".
Y agrega: "La magistrada desestimó de manera arbitraria
la posibilidad de contar con los medios probatorios que solicitamos. Es decir,
dictó una resolución tardía, sin considerar las pruebas ofrecidas. Una
resolución sin perspectiva de género que resulta conveniente en términos del
status quo político".