Se trata del fiscal Ignacio Aramberry. Se lo acusa de encubrir al marido de la destituida Fiscal Cecilia Goyeneche.
L
a ex Procuradora Adjunta, Ceclila Goyeneche fue destituida de su cargo luego de someterse a un jurado por enjuiciamiento, debido a su actuación en la investigación en la causa denominada Contratos Truchos.
Esta el corrimiento de la ex fiscal de su cargo alcanzó repercusión nacional, donde los medios de Buenos Aires que se ocupaban del caso, hablaban de la destitución pero omitían mencionar que entre los investigados se encontraba el marido de Goyeneche.
Lejos de tener un fin, este hecho judicial suma un capítulo más, ya que el abogado Carlos Guillermo Reggiardo, ex defensor del intendente de Santa Elena, Daniel Rossi; ahora pide la destitución del fiscal Ignacio María Aramberry, mediante una denuncia dirigida al Jurado de Enjuiciamiento de Entre Ríos
Las causales de mal desempeño se suman al Falso testimonio prestado para defender a @CeciliaGoyenec3 y su marido, fue a la vista de muchos fiscales. Un fiscal no puede sentarse a mentir sin consecuencias.
— CARLOS G. REGGIARDO (@WILLYREGGIARDO) August 12, 2022
El mismo letrado que fue uno de los impulsores del Jury
contra Goyeneche, acusa a Aramberry por incumplimiento al deber de objetivo de
investigación y buena fe procesal y falso testimonio.
Según indica Reggiardo, el fiscal intento con esto encubrir
a Goyeneche y su esposo, Luis Sebastián Orlando Bertozzi, como así también
ocultar el vínculo de ambos con otro de los imputados, Pedro Opromolla.
El denunciante expresa que Aramberry mintió en su actuación
como testigo en el Jury contra la destituida Procuradora Adjunta, en relación
con a entrevista que se le realizó a de Mario Martín Deiloff, cadete del
estudio contable que manejaban Beertozzi y Omoprolla.
Con esto se cae la mentira...
— CARLOS G. REGGIARDO (@WILLYREGGIARDO) August 12, 2022
Extractos de la denuncia de Reggiardo
El 3 de mayo del corriente año, fue citado el
Fiscal Ignacio Aramberry a declarar como testigo en para el Jury caratulado “Cecilia
Andrea Goyeneche” según el expediente nº
245.
A continuación, transcribo un extracto de la
declaración testimonial de aquella audiencia y dice:
Ignacio
Aramberry: Sí, le agrego algo a esto. La doctora Yedro no estuvo presente en
esa entrevista, al día siguiente, creo, analizamos la entrevista, volvimos a
analizarla con la doctora y ahí tomamos la decisión esta, como lo habíamos hecho
en dos casos anteriores. De solicitar al Juez de Garantías el allanamiento y
secuestro del teléfono porque, ahora recuerdo, el testigo había
comparecido sin el teléfono, o mejor dicho, había manifestado no tener consigo
el teléfono y esta fue de alguna manera algunos de los motivos que nos impulsó
a pedir el secuestro del teléfono”.
Inmediatamente, al observar la entrevista
video grabada de Deiloff Mario Martín del 25 de febrero del 2019, en la
segunda parte, a partir del minuto 2:50 el Fiscal Aramberry le pregunta
al testigo: ¿Tienes el número de teléfono
agendado de NB?, a lo que él responde:
sí. Repregunta el Fiscal, ¿me lo
puede decir? Es en ese momento en que el testigo saca su celular del
bolsillo y le informa lo pedido.
Acto seguido, la ex Fiscal Goyeneche, le
consulta por el número de la hermana del testigo y este vuelve a sacar el
celular para informar.
Entiendo Señores del HJE, es aquí donde se halla una constatación evidente acerca de una afirmación falsa como la que el testigo compareció sin teléfono y por ello fue necesario el pedido de allanamiento, cuando en realidad el testigo tenía posesión de su teléfono y lo mostro dos veces en la entrevista, y una, a partir de una pregunta del mismo Fiscal Aramberry. Incluso, puedo pensar que habría embaucado a la Jueza de Garantías con los motivos del pedido de allanamiento.
B.-
Incumplimiento al deber de objetivo de investigación y buena fe procesal.
Primera Parte
A continuación, extraeré un extracto amplio
de la testimonial del Fiscal Ignacio Aramberry, a fin de que se entienda el
contexto. Este punto, se parte de la patente arbitrariedad de la Ex Fiscal
Goyeneche sólo justificado en su propia subjetividad, pero también con la
complicidad del Fiscal Aramberry, quien no desempeñó correctamente su función
incumpliendo los deberes de objetividad y buena fe procesal.
El Fiscal Aramberry asistió a ese
allanamiento y estuvo viendo las extracciones de información del servidor común
de la computadora del Estudio Integral durante gran parte del día.
A simple vista, se observa la vinculación,
aún sin caracterizar, de Sebastián Orlando Bertozzi y Pedro Opromolla.
En esta línea, les recuerdo que, al volver a
la Argentina, Sebastián Orlando Bertozzi llevó el negocio del fidecomiso, la Asociación
Mariano Moreno y la administración de la sucesión Bahler (mientras que el
abogado que llevaba la sucesión es Martín Pita), cónyuge de Sonia Coisson,
hermana de la madre de Cecilia Andrea Goyeneche, más otros negocios varios.
De ese servidor del mail, adjunto algunos
mails que dan cuenta de la comunicación entre Sebastían Orlando Bertozzi y
Pedro Opromolla.
Pero, además, de esa misma computadora, luego
se extrajeron evidencias que evidenciaban nuevamente la relación entre Orlando
Bertozzi, Opromolla y Goyeneche.
Un ejemplo –adjuntado como evidencia-, en el DVD-87933-M276
que corresponde al allanamiento realizado en calle Misiones 276, único
allanamiento a donde asistieron los Fiscales, donde se encuentran los correos
electrónicos y documentos descargados por parte del gabinete – (el cual fuere
ofrecido como prueba instrumental nº 61, en el auto de remisión a juicio, en
los autos “Flavia Beckman y otros s/Asoc. Ilícita”, según legajo de fiscalía
87.933)-, al ingresar en esa carpeta, vamos a PC Mansilla, renato_mansilla_Dropbox,
Consorcio.zip. al abrir, encontramos tres archivos, dos de Excel y uno de
Word.
Este último con el nombre de “CONTRATO DE
LOCACIÓN-9 de Julio Mono.doc”, (Ver Prueba Adjunta). Es decir, en el mismo
legajo de fiscalía 87.933 estaba el contrato de locación en el que Goyeneche y
Opromolla alquilaban un departamento de calle 9 de julio a un tercero.
También se secuestró el celular de Guido
Krapp, en esa agenda, ¿no estaba el celular de Sebastían Orlando Bertozzi?
Por ende, concluyo que el Fiscal Aramberry estaba en conocimiento (o debía estarlo) de la relación entre Sebastián Orlando Bertozzi, Pedro Opromolla y Cecilia Goyeneche. La pregunta es, ¿en qué momento el Fiscal Aramberry ejercería su rol?
Reitero fragmento del interrogatorio:
Fiscal
Ad Hoc: ¿Y que de alguna manera compartían alguna relación o vínculo comercial
o de servicios entre ambos?
Ignacio
Aramberry: ¿Entre el esposo de la doctora y el contador Opromolla? No, no,
nunca me lo dijo
No importaba lo que le dijo la Ex Fiscal,
debía saberlo porque surge de las evidencias recolectadas en el allanamiento en
calle Misiones 276 del 3 de octubre del 2018.
La extracción del fragmento del testimonio del Fiscal Aramberry, se nota una desatención llamándose a conservar un grave silencio acerca de las relaciones personales y de negocios contractuales habidos en las evidencias recolectadas en el allanamiento de calle Misiones.
Y fíjese que más
adelante refiere Ignacio Aramberry: Recuerdo
que lo charlamos con ella, también lo charlamos con la doctora Yedro, pero como
ella dijo que estaba por ceder esa parte del inmueble...
Aquí se refirie al fidecomiso 9 de julio, que está en calle 9 de julio, por lo que me pregunto ¿y si era producto del delito? Estamos ante un hecho, en instancias de una IPP y posible entorpecimiento de la investigación, sin embargo, nada llama la atención.
Al final, nunca sabremos las razones por las cuales no se investigó a Sebastián Orlando Bertozzi, las evidencias están y la plataforma fáctica del hecho lo ameritaba, ya que, según el mismo hecho enrostrado, parte de las utilidades dinero sustraído de la legislatura se encauzaban en diferentes inversiones inmobiliarias y agrícola-ganaderas para disimular su origen ilícito. ¿Nunca sabremos si los fidecomisos tendrían alguna vinculación con las inversiones inmobiliarias gracias a la impericia del Fiscal Arambarry?
B.-1-Incumplimiento
al deber de objetivo de investigación y buena fe procesal. Segunda Parte
La entrevista a Mario Deiloff, fue llevada a
cabo por la Ex Fiscal y el Fiscal Aramberry, sin mostrar o exhibir -cuando
existen- las evidencias antes de comenzar el interrogatorio; más aún, cuando
para el MPF revestía la calidad de entrevistado sospechoso, insisto, calidad
que nunca ostentó el cónyuge de la Ex Fiscal.
Es en ese acto, en el que se observa una
complicidad de Aramberry para con su colega. Véase que ningún momento el Fiscal
atinó a velar por la legalidad y el principio de la buena fe procesal.
Recuérdese además, solo en ese legajo nº 87.933 el MPF no comunicaba a las
defensas a quienes iban a entrevistar, lo cual también, ese dato aglutina a la
gravedad del hecho.
El Fiscal Aramberry, en esa entrevista, no
actuó ni como Fiscal ni como testigo, sino como cómplice de los intereses de la
Ex Fiscal Cecilia Goyeneche. Pero para colmo, luego no tuvo prurito ni ético ni
legal para pedir un allanamiento al entrevistado Deiloff. ¿Este tipo de
Fiscales queremos?
Desde el primer
momento, Mario Deiloff refirió a quienes estaban en el Estudio Integral
Asesoría, y lo dejaron pasar, lo que automáticamente se convirtió en
entrevistado sospechoso, justamente, porque había que alejar del objeto
procesal al cónyuge de la Ex Fiscal. Y agrego dato no menor, fue tan maltratado
Deiloff, tan denostado por los Fiscales y etiquetado como “mentiroso”, pero al
final de cuentas, no lo imputaron, ni lo llevaron a juicio, como tampoco le
iniciaron una causa por falso testimonio, y en el celular no le han encontrado
nada de nada; en realidad, su único error es haber expresado un hecho que el
MPF quería tener oculto.
Luego lo fueron
llevando, no le exhibieron la documental, buscaron el error, incomodarlo, como
una suerte de método inquisitivo alemán para quebrarlo y que cuente todo.
Pero lo legal,
hubiese sido, ante esa supuesta “mendacidad”
del entrevistado, informarle lo que estaba sucediendo y que designe un abogado
defensor. Como todos saben, varios testigos fueron acompañados por su abogado
defensor a la entrevista, incluso entre ellos, Diputados Provinciales.
Inentendible.
Pero cuando
Deiloff declaró bajo juramento en el HJE del expediente 245, refirió sentirse “intimidado”, que luego de ver el video y
sin la participación de las defensas, claramente se entiende.
A este atropello, hay que vincularlo a lo que desarrollamos anteriormente, la falsa afirmación del Sr. Fiscal Arramberry al sostener que no portaba el celular el entrevistado.
Carlos Guillermo Reggiardo, abogado denunciante.
"Entiendo que el objetivo era evitar que Sebastian Orlando Bertozzi, cónyuge de la Ex Fiscal Cecilia Goyeneche, ingrese al objeto de la investigación", expresa Reggiardo.
Y concluye: "Y para cerrar como nota de color, fíjense que no consta que siquiera lo hayan citado a Sebastian Orlando Bertozzi como testigo, ni siquiera investigado, como para que el MPF tenga elementos para sostener las razones por las cuales está persona siquiera esté sindicada, pero claro, no fue necesario, bastaba la autoridad y direccionamiento de la investigación por parte de Cecilia Andrea Goyeneche".