El juez de Garantías no hizo lugar a la recusación del fiscal Oscar Sobko. El pedido había sido hecho por los abogados de Dolores Etchevehere. Es por la causa de usurpación y desobediencia judicial en el campo en Santa Elena.
E
l juez de Garantías de La Paz, Walter Carballo, no hizo lugar a la recusación del fiscal Oscar Sobko solicitada por los abogados defensores de Dolores Etchevehere, quien está imputada en una causa por usurpación y desobediencia judicial tras los hechos ocurridos en la segunda mitad de octubre de 2020 en la estancia Casa Nueva, en el Paraje El Quebraho, en el acceso a Santa Elena.
La recusación había sido planteada en la audiencia que se
realizó el miércoles 6 del actual en los Tribunales de La Paz citada para pedir
la remisión a juicio de la causa contra Dolores Etchevehere que se originó tras
la ocupación y posterior desalojo judicial de la estancia Casa Nueva, en Paraje
El Quebracho, en el acceso a Santa Elena, en octubre de 2020.
En su resolución, el juez Carballo sostiene que “en cuanto a las otras causas, y en materia penal la Sra. Dolores Etchevehere habría realizado las denuncias correspondientes, y con respecto a esta causa, no se ha explicado al menos en el desarrollo de la audiencia y hasta ahora, por qué habría ingresado a Casa Nueva sin una autorización de la Sociedad, y en el caso concreto dónde se encuentra en este hecho la violencia de género por ella sufrida”, publicó Entre Ríos Ahora.
Luego, señala que “en materia penal, por el principio de legalidad, para que los hechos tengan relevancia penal deben estar configurados en algún tipo penal. Hoy en día en materia penal, salvo que la violencia de género esté expresamente contemplada en algún tipo penal específico como sucede con el femicidio o femicidio y las lesiones dolosas agravadas en contexto de violencia de género, la ausencia o presencia de violencia de género puede operar como atenuante o agravante respectivamente, en el cálculo de la dosis punitivas, pero crear una contextualización de género no estando prevista en el Código conspiraría con el principio de legalidad y con los derechos de los imputados y las víctimas”.
Más adelante, destaca que “también se hizo referencia que
habría falta de objetividad porque no se le ofrecieron las “salidas
alternativas” a los imputados; siendo que en el caso de la suspensión del
juicio a prueba, es un derecho que tiene el imputado de solicitar la misma ante
el Juez, independientemente de lo que sostenga la Fiscalía, y en audiencia se
considerará la pertinencia o no de la solicitud. Respecto de las otras salidas,
conciliación o juicio abreviado, tienen
que estar de acuerdo las partes para que se produzca, por lo que aquí tampoco
veo una pérdida de la objetividad”.
Y concluye que “en suma, por estas razones me llevan a
considerar que no debe hacerse lugar a la recusación impetrada, debiendo
rechazarse la misma por lo expresado anteriormente”.
Ese trámite había tenido varios aplazamientos. Debió
concretarse el 23 de agosto; pero fue aplazada. Se reprogramó para el 6 de
septiembre. Tampoco pudo ser. Luego, se reubicó en la agenda y se fijó el 20 de
septiembre. No fue ese día. Finalmente fue el miércoles 6, pero lo que se esperaba como un trámite de
remisión a juicio derivó en un planteo recusatorio hacia el fiscal.
La toma de aquel campo se produjo el 15 de octubre de 2020 y suscitó la atención nacional, puesto que contó con el apoyo e impulso del dirigente del movimiento de los Trabajadores Excluidos (MTE) y abogado Juan Grabois. A raíz de esa situación, la madre de Dolores Etchevehere y responsable de Las Margaritas SA, dueña de Casa Nueva, Leonor María Magdalena Barbero Marcial la denunció en la Justicia.
Al campo también ingresó el abogado porteño Facundo Taboada, también imputado en la causa que tramita la Fiscalía de La Paz, y un grupo 40 personas del MTE. Dos semanas después, el 29 de octubre, la vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, María Carolina Castagno, dispuso el desalojo de los ocupantes. Entonces, todos los integrantes fueron retirados, pero sólo Dolores Etchevehere se negó a acatar la orden de la magistrada y por ello se le imputó el delito de desobediencia judicial.
El fiscal Sobko fue recusado por tres causales: la pérdida
de objetividad, por no haber aplicado perspectiva de género en la investigación
y por falta de criterio para resolver el caso, puesto que pretende llevar a
debate oral y público un delito que suele resolverse por vías alternativas,
como una probation. El planteo lo formularon los abogados de Dolores, Patricio
Cozzi, Lisandro Mobilia y Daniela Berón.
Los abogados defensores de ambos interpusieron la recusación al fiscal Sobko, quien encabezó la investigación, por entender que perdió objetividad durante la misma. Consideraron que el fiscal se adelantó a determinar en varios pasajes del escrito de remisión a juicio que Dolores carece de derechos hereditarios sobre el inmueble en conflicto. Resaltaron los defensores que ello “lo debe determinar el juez de la sucesión del patrimonio de Félix Etchevehere”.
Plantearon que el fiscal partió de un “prejuicio” contra Dolores, ya que la tildó de mentirle a las personas que la acompañaron en el ingreso a la estancia de que tenía derechos sobre el campo. Para los defensores esa postura revela una “falta de persepectiva de género” y aseguraron que cuando Dolores se entrevistó con el fiscal en Casa Nueva le pidió que investigue que estaba siendo violentada por sus hermanos y los ruralistas. Recordaron que Luis Miguel, Juan Diego y Arturo Sebastián Etchevehere cerraron con candado la tranquera de ingreso al campo y que un grupo de ruralistas incluso ingresó al predio y le propusieron “un salvoconducto para salir de la provincia”.
Los abogados de Dolores y Taboada también pusieron en
conocimiento del juez que en la causa por estafa y vaciamiento de El Diario de
Paraná, Dolores fue aceptada como querellante; y que en dicho proceso la jueza
Parola Firpo la convocó para que ratifique un convenio por la división de las
acciones de Las Margaritas SA, y este no fue ratificado.
Asimismo, cuestionaron que el fiscal no haya investigado la denuncia de violencia de género que formuló Dolores, a pesar de que existen procesos como el que lleva adelante el fiscal federal porteño Federico Delgado, que investiga a los hermanos Etchevehere por supuesta "extorsión y violencia económica".
En tercer lugar, recusaron al fiscal porque entendieron que en la investigación cometió una falta de criterio porque pretende llevar a juicio un delito de usurpación que generalmente se resuelve por salidas alternativas. «Es inédito en la provincia y en el país elevar a juicio un conflicto entre hermanos por un bien que está indiviso. Es un acto discriminatorio contra Dolores», manifestó el abogado Cozzi.
Por su parte, el fiscal Sobko rechazó el planteo de recusación y defendió su trabajo en la causa, remarcando que en este caso Dolores no es víctima, sino la acusada de dos delitos tipificados en el Código Penal.