La vicegobernadora Laura Stratta firmó el decreto 1161, por el que se establece la continuidad de esta modalidad educativa desde el lunes 7 al viernes 11 de junio. El listado de ciudades.
A
tendiendo la solicitud de presidentes municipales y
teniendo en cuenta la recomendación de los Coes locales, el gobierno
entrerriano estableció la continuidad de clases virtuales en otras localidades
entrerrianas desde este lunes 7 hasta el viernes 11 de junio inclusive.
Concordia continuará con la virtualidad en el nivel
secundario, terciario y universitario.
En tanto, en las siguientes localidades habrá clases
virtuales en todos los niveles: Puerto Yeruá y Colonia Ayuí (Departamento
Concordia); Conscripto Bernardi y Federal (Departamento Federal); Feliciano
(Departamento Feliciano); San Jaime de la Frontera (Departamento Federación);
Diamante, Valle María (Departamento Diamante); Gualeguaychú, Larroque
(Departamento Gualeguaychú); La Paz, Piedras Blancas, San Gustavo, Santa Elena
(Departamento La Paz); Aranguren, Hernández, Lucas González y Nogoyá (Departamento
Nogoyá); Aldea María Luisa y Cerrito (Departamento Paraná); Gobernador
Mansilla, Tala y Maciá (Departamento Tala); Basavilbaso, Santa Anita, Villa
Mantero (Departamento Uruguay); Victoria (Departamento Victoria) y Villaguay,
Villa Clara, Villa Domínguez (Departamento Villaguay).
De esta forma, estas comunidades se suman a las del área
metropolitana de Paraná.
El resto de la provincia continuará bajo la modalidad de
presencialidad administrada.
Cabe señalar que la norma, firmada por la vicegobernadora
Laura Stratta, se da atendiendo las peticiones que fueron formuladas por
intendentes y presidentes municipales, en conjunto con sus Comités de
Emergencia Sanitaria (COES) locales.
Si bien el DNU presidencial no establece esta medida para
las comunidades que se encuentran en alto riesgo epidemiológico, si faculta a
los gobernadores a tomar medidas adicionales focalizadas, transitorias y de
alcance local en articulación con los intendentes. Entre ellas se le autoriza a
suspender en forma temporaria las actividades presenciales, conforme a la
evaluación local del riesgo epidemiológico, involucrando el dictado de clases
en forma presencial.
Por tanto, las autoridades provinciales sanitarias y educativas consideran oportuno respaldar las medidas que limitan la movilidad social y el desarrollo de algunas actividades. En este caso, las escolares presenciales en los lugares puntuales antes mencionados.