Viernes, 30 de abril de 2021   |   Política

El país dividido en 4 categorías epidemiológicas

En el anuncio del presidente sobre las medidas que se extenderán hasta el próximo 21 de mayo surgen diferentes restricciones de acuerdo al riesgo epidemiológico y sanitario: bajo, medio, alto y de alerta. ¿Cuáles son los cuidados?
El país dividido en 4 categorías epidemiológicas

El presidente Alberto Fernández renovó las restricciones para frenar la curva de contagios del nuevo coronavirus Covid-19, las que entrarán en vigencia el 1 de mayo y se extenderán hasta el 21 del actual mes. A partir de ahora, el territorio nacional se clasificará en 4 categorías: situación de bajo, medio, alto riesgo epidemiológico y sanitario, y alarma epidemiológica y sanitaria.

Para determinar a la clasificación, se tomarán en cuenta tres factores:

– El primero es el aumento de casos en últimos 14 días;

– el segundo la cantidad de casos sobre población;

– y el tercero la ocupación camas de Unidades de Terapia Intensiva (UTI).

Medidas generales para todo el país

– Viajes grupales: Se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.

– Reuniones sociales: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.

– Personas de riesgo: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.

Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medio

Es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.

Medidas para zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico

– Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

– Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas

– Deportes: La práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas

– Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

– Horario de cierre gastronomía: Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23. 

– Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 00 y las 06 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

– Aforo: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.

– Disposiciones locales y focalizadas de contención: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

Medidas para zonas de alerta epidemiológica y sanitaria

Se suspenden las actividades en

Centros comerciales y shoppings.

Se suspenden las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.

– Locales comerciales entre las 19 y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.

– Restricción en ámbito educativo.

– Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.

– Deportes: Se prohíben los deportes grupales.

– Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.

– Horario de cierre gastronomía: entre las 19 y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.

– Prohibición de circulación: Se prohíbe la circulación entre las 20 y las 06 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)

– Transporte público: solo para esenciales y autorizados.

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