Fijaron audiencia para fin de mes para discutir la causa de la Mutual Modelo, en la que en febrero del 2020 el exintendente Sergio Varisco salió absuelto. Se investigó el supuesto delito de peculado.
A
fin de mes volverá a discutirse en los Tribunales una
causa en la que el exintendente de Paraná, Sergio Varisco, salió absuelto en
febrero de 2020. Se trata del expediente en el que se investigó el supuesto
delito de peculado en grado de tentativa, derivado de la tramitación de un pedido
de adelanto financiero de $1,5 millones -en 2016- a la Mutual Modelo,
asistencia que no se concretó.
El 28 de febrero del año pasado, el Tribunal de Juicio y
Apelaciones, integrado por Gervasio Labriola, Carolina Castagno y Rafael
Cotorruelo, absolvió al exintendente Varisco; el exsecretario Legal y Técnico y
actual concejal, Walter Rolandelli; y el presidente de la Mutual Modelo, Ángel
Emilio Picazzo.
Dicho fallo fue apelado por el Ministerio Público Fiscal
ante la Cámara de Casación Penal de Paraná. Entre Ríos Ahora supo que la
Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) fijó para el 30 de marzo una audiencia
para tratar el recurso de la Fiscalía que busca anular las absoluciones
dictadas en primera instancia.
El Tribunal que analizará los agravios de la Procuración
estará integrado por Marcela Davite, Hugo Perotti y Aníbal Lafourcade, vocal de
la Cámara de Casación Penal de Concordia. Este último reemplaza a la vocal
Marcela Badano, quien se apartó de entender en el caso el 11 de agosto de 2020,
cuando alegó “no contar con la necesaria tranquilidad y paz mental para
resolver la situación del imputado” por parte de los defensores.
Cabe señalar que los abogados de Varisco, Rubén Pagliotto y
Damián Petenatti, la recusaron por considerar que no era imparcial por su
relación con el Procurador General Jorge Amílcar García.
La herramienta de la recusación está prevista en el artículo
38 del Código Procesal Penal de Entre Ríos, que prevé que “el Juez deberá
excusarse o podrá ser recusado, de conocer en la causa, cuando mediaren
circunstancias que, por su objetiva gravedad, afectaren su imparcialidad”.
En el escrito de recusación, los letrados sostuvieron: “El
sustento fáctico del presente planteo se
halla en la íntima relación y de matrimonio aparente –lo que es público y
notorio-, entre la Dra. Badano y el Procurador General del Ministerio Público
Fiscal –órgano recurrente-, Dr. Jorge García, que la colocan en un escenario de
razonable violencia moral para resolver -desprovista de toda duda razonable y
con ecuanimidad-, el recurso casatorio presentado contra la absolución de
nuestro defendido”.
Sin embargo, ante esa presentación, fue la propia magistrada
quien decidió apartarse. En su excusación planteó que la recusación defensiva
estuvo cargada de “estereotipos sexistas”.
Por su parte, los abogados Pagliotto y Petenatti rechazaron
esa afirmación y remarcaron que si los roles hubiesen estado invertidos –es
decir si el Procurador es juez de Cámara y Badano la Procuradora-, hubiesen
realizado el mismo planteo de imparcialidad por la relación de ambos.
«Hubiese sido muy provechoso y deseable, que se nos indique
en qué pasaje de nuestro escrito de recusación hemos utilizado tan solo un
adjetivo para referirnos en términos impropios a la Dra. Marcela Badano, y aún
más, que se nos indique cuál de ellos, en caso de existir, denotan ese
contenido sexista que tan reiteradamente sostiene la magistrada apartada”,
sostuvieron.
El caso
La causa se abrió en 2017 tras la denuncia por parte del
exdiputado provincial justicialista Gustavo Guzmán, quien observó que la Mutual
Modelo había pedido a la Municipalidad de Paraná, en 2016, al inicio de la
gestión Varisco, un adelanto de $1,5 millones, a devolver mediante la retención
de los descuentos a los empleados municipales por préstamos otorgados.
En el juicio, la Fiscalía entendió que hubo «connivencia» entre Varisco, Rolandelli y Picazzo para concluir con ese pedido de dinero y que se hizo caso omiso a las observaciones de los organismos de control. Sin embargo, el razonamiento del tribunal fue otro: reprocharon en duros términos las falencias de las investigación, como no haber imputado por supuestos delitos de negociaciones incompatibles con la función pública a la exconcejal María Marta Zuiani, y a su pareja, Germán Bruffal, por el tráfico de influencias en el trámite de la Mutual Modelo, y haber citado como testigo y no como imputada a la exsecretaria de Hacienda, Cristina Ruberto; y el trato desigual para iguales trámites: los adelantos financieros otorgados a distintas mutuales en las gestiones de los exintendentes José Carlos Halle y Blanca Osuna.
Entre 2008 y 2013, se aprobaron 13 operaciones de adelanto financiero a mutuales en la Municipalidad de Paraná
Al Tribunal le llamó la atención que un pedido de adelanto
financiero hecho por una mutual legalmente constituida -trámite que ya se había
concretado en las gestiones de Halle y Osuna- derivada en la apertura de una
causa por la probable comisión de un delito. «La Mutual venía realizando
operaciones en gestiones anteriores lo cual le resta importancia a la
acusación», señaló el Tribunal y detalló que, entre 2008 y 2013, se aprobaron
13 operaciones de adelanto financiero a mutuales en la Municipalidad de Paraná.
Por eso, observó duramente el trato desigual que hubo hacia trámites previos con el que se registró durante la gestión Varisco -todos amparados por el ordenamiento legal vigente- de parte de la Fiscalía. «Se mide con una vara a una operación, y otra vara a otras, según el criterio de la acusación, un trato desigual que no podemos convalidar», sentenciaron entonces.