Jueves 17 de septiembre de 2020
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Política
Media sanción al cupo laboral trans en Entre Ríos

La Cámara Alta aprobó la ley que dispone que el Estado provincial deberá ocupar personas travestis, transexuales y transgénero idóneas para los respectivos cargos en una cantidad no menor al 1% del personal.

Stratta
La Cámara Alta aprobó la ley este viernes.

E

l Senado entrerriano aprobó el proyecto de ley que promueve y garantiza derechos laborales para personas travestis, transexuales y transgénero

La vicegobernadora y presidenta del cuerpo, Laura Stratta, legisladoras y legisladores subrayaron la trascendencia de la iniciativa sancionada, que ahora deberá ser ratificada por la Honorable Cámara de Diputados de Entre Ríos.

La ley promueve y garantiza derechos en el ámbito laboral para las personas travestis, transexuales y transgénero en la provincia de Entre Ríos. A la iniciativa, autoría de la diputada provincial (mc) Emilse Pross, se le incorporaron modificaciones, por lo que el texto deberá volver a la Honorable Cámara de Diputados para ser convertida en Ley.

La senadora Claudia Gieco (Diamante - Frente Justicialista ), quien preside la Comisión que tuvo bajo su análisis el texto (Expediente Nº 23.107), expresó: “Hemos trabajado en la Comisión con mucha responsabilidad y respeto, coincidiendo que más allá de los avances normativos en esta materia en los últimos tiempos, las personas trans continúan con dificultades para disfrutar el efectivo derecho a la salud, derecho que lo vemos en el sistema de salud con indicadores como es la expectativa de vida, que no superan los 35 o 40 años; o en el derecho a la educación donde no han tenido terminalidad", dijo entendiendo que se enfrentan a obstáculos estructurales para acceder al trabajo formal. Luego, la legisladora aclaró que este proyecto también va en consonancia con el decreto Nº 721 del Ejecutivo Nacional del presidente Alberto Fernández y de la Vicepresidenta de la Nación y presidenta del Senado Nacional, Cristina Fernández de Kirchner.

En sus fundamentos, además, Gieco explicó la necesidad de “reglamentar y dar respuestas a esta realidad como un compromiso asumido por los derechos a las diversidades frente a las formas de discriminación y violencias en pos de una sociedad más justa”. Seguidamente, manifestó: “Necesitamos continuar adaptando nuevas medidas positivas para asegurar a las personas travestis, transexuales y transgénero, el ejercicio pleno de sus derechos. Y, como parte de esto, hemos dado dictamen favorable en el marco de la Comisión y queremos pedirles a todas y a todos los senadores que nos acompañen con su voto”, concluyó.

Al término de la sesión, la presidenta del Senado puso de relieve el consenso logrado en la aprobación de esta norma y subrayó el impacto positivo que traerá su aplicación en la vida laboral y social de miles de personas en la provincia. Al respecto, Stratta sostuvo: "Cumpliendo una vez más con la labor institucional que nos toca, hoy volvió a sesionar el Senado Entrerriano para dar tratamiento a importantes iniciativas, como la media sanción al proyecto de Ley que promueve y garantiza derechos en el ámbito laboral para las personas travestis, transexuales y transgénero en Entre Ríos. Celebro esta definición y destaco el consenso logrado porque en nuestra sociedad existe un patrón sistemático de desigualdad que somete particularmente a estas personas a una cadena de exclusiones y discriminación que obstaculiza sus recorridos educativos y laborales, y esta ley viene a intervenir en esas inequidades", señaló.

La ley

El proyecto sancionado establece entre otros ítems, un principio de no discriminación bajo el cual toda persona “tiene derecho al trabajo digno y productivo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo, a la protección contra el desempleo, sin discriminación por motivos de su identidad de género”.

En cuanto al alcance de la norma, sostiene que “el Estado provincial, sus organismos descentralizados y las empresas del Estado están obligados a ocupar personas travestis, transexuales y transgénero, que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no menor al uno por ciento (1 %) de la totalidad de su personal, y a establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por ellas, de acuerdo con las modalidades que fije la reglamentación”.

Crea al mismo tiempo el “Registro Único de Aspirantes” con el objetivo de “facilitar la incorporación laboral de las personas trans”y fija, en otro orden, un “régimen de Incentivo fiscal” para los empleadores del sector privado que contraten a personas travestis, transexuales y transgénero.

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