Una jueza de Concepción del Uruguay
rechazó por improcedente una acción de amparo
presentada por una abogada
contra la desconexión virtual. La huelga docente por salarios continúa este jueves y viernes.
E
ste miércoles se conoció el fallo de la jueza María Evangelina Bruzzo, integrante del Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concepción del Uruguay, donde se rechaza por improcedente la acción de amparo que había sido presentada por la abogada Nadia Vanina Telis en contra de la desconexión virtual.
En los fundamentos se señala que la medida "no constituye una accionar ilegítimo o arbitrario". El gremio destacó que "el fallo ratifica que no es AGMER quien debe garantizar el derecho a la educación, dado que se trata de una responsabilidad que constitucionalmente recae sobre el Estado".
"La contraposición o choque de derechos de igual jerarquía –en alusión al aparente conflicto entre esta medida y el derecho de aprender– obliga a buscar una solución armónica que no sacrifique uno de ellos", justificó la magistrada para avalar la huelga virtual.
Fundamentos
Al mismo tiempo, se indica que la acción de amparo “radica esencialmente en la suspensión del ejercicio de un derecho constitucional de naturaleza social como el de huelga”.
Por otro lado, la jueza manifiesta en el mismo fallo su rechazo a los argumentos planteados por la abogada con relación a una presunta “falta de concreción de clases virtuales y limitadas devoluciones a los pocos contenidos teóricos impartidos”.
Respecto de esto, se citan los resultados de
la encuesta nacional realizada por CTERA entre los meses de mayo y junio, donde
se observa que el sostenimiento de la enseñanza en el contexto de la
virtualidad "ha implicado para el colectivo docente la utilización de nuevas
tecnologías muchas veces no disponibles o de difícil acceso", indica el comunicado de AGMER enviado a INFORME DIGITAL.
El sindicato agrega que el paro "se da en circunstancias excepcionales que se inscriben en un contexto de emergencia económica y sanitaria, el cual incluye la falta de convocatoria a paritarias por parte del gobierno provincial –lo que se traduce en más de un semestre de inflación acumulada sin recomposición salarial– y la sanción de la Ley de Emergencia Pública", que aumentó aportes de trabajadores y jubilados al régimen previsional provincial.