El gobernador redujo en un 50% los sueldos de abril de todo el funcionariado. A la medida adhirió el Poder Legislativo y resta que resuelva el Poder Judicial. La decisión la tiene el Superior Tribunal de Justicia.
E
l Superior Tribunal de Justicia debe decidir si adherirá a lo resuelto por el gobernador Gustavo Bordet de reducir el 50% de los sueldos de abril a todo el funcionariado, medida a la que ya se plegó el Poder Legislativo.
La medida está incluida en el decreto N° 486, que firmó este viernes Bordet, y se funda en la necesidad de “incrementar los fondos disponibles para volcarlos a todas las medidas paliativas que puedan adoptarse para contrarrestar los efectos que esta pandemia produce”. Bordet invitó a la Legislatura y a la Justicia a seguir el mismo camino.
El texto legal considera “conveniente –además de otras medidas que se irán adoptando- la creación de un Fondo Extraordinario para atender la adquisición de bienes e insumos que se requieren para hacer frente a la emergencia sanitaria” declarada en la provincia, “pudiendo dichos recursos destinarse asimismo a paliar la emergencia económica que dicha pandemia genera”.
Ese fondo, conformado por los recursos que aportará el funcionariado de su salario, servirá para hacer frente a la contingencia que representa la pandemia de coronavirus en el sistema sanitario provincial.
De modo pues que el Superior Tribunal de Justicia (STJ) deberá tomar la decisión respecto a un eventual recorte en los sueldos de sus integrantes, aunque hay voces que ponen reservas respeto de las posibilidades de llevar a la práctica una medida de esa envergadura frente al principio de intangibilidad que ampara a los magistrados. ¿Puede decidir el máximo tribunal la afectación de sueldos de los magistrados?
A lo que pueda resolver el STJ deberán sumarse los titulares del Ministerio Público de la Defensa y del Ministerio Públio Fiscal, Maximiliano Benítez y Jorge Amílar García, respectivamente, que tienen autonomía. ¿Puede el Procurador recortar sueldos de los fiscales, o el Defensor General los haberes de los defensores?
El principio de la intangibilidad de las remuneraciones de los magistrados es un derecho que establece la Constitución para garantizar la independencia del Poder Judicial y evitar que los otros poderes puedan, por medio de maniobras salariales, afectar esa garantía. El artículo 110° de la carta magna establece: “Los jueces de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Nación conservarán sus empleos mientras dure su buena conducta, y recibirán por sus servicios una compensación que determinará la ley, y que no podrá ser disminuida en manera alguna, mientras permaneciesen en sus funciones”.
En realidad, tampoco al STJ no le resultará sencillo resoler sobre los ingresos de todos los magistrados de la provincia, incluidos los funcionarios y empleados. Tampoco al Procurador, decidir sobre el ingreso de los fiscales, o al Defensor General sobre los haberes de los defensores. Tanto la Procuración como la Defensoría tienen la autonomía que les da la Constitución de Entre Ríos, y sobre esos organismos no tienen injerencia los vocales del STJ.
"Nosotros podemos hacer lo que queremos con nuestros haberes de vocales pero es complicado disponer para el resto", admitió un vocal del STJ según consignó Entre Ríos Ahora. Y agregó: "Igual, mi posición puede ser minoritaria pero la sostengo".
En off, desde Tribunales analizan la situación desde su perspectiva. “Nosotros no somos como los funcionarios del Poder Ejecutivo, a los que designa el Gobernador y decide su salario. Lo mismo la Legislatura, que establecen sus propios salarios y dietas. En el Poder Judicial, la cuestión es distinta porque el STJ no es nuestro empleador. No nos paga los sueldos ni nos nombra. Nuestros sueldos están por ley, y además, la Constitución dice que no se pueden alterar, la famosa intangibilidad, por lo tanto ni el Ejecutivo ni el STJ pueden disponer de nuestros salarios”, cuentan.
El camino más probable para pensar en una eventual poda de salarios que ven los jueces es que el STJ fije una pauta de reducción salarial y que cada funcionario o magistrado adhiera en forma personal. «En todo caso, se podrá disponer una reducción de los haberes de los 9 vocales del STJ, y fijar una pauta para que los que quieran, se adhieran, lo que sería una suerte de donación, o renuncia voluntaria a la percepción de un determinado importe», sostienen en la Justicia.
En el máximo tribunal, la opinión es compartida.
Fuente: Entre Ríos Ahora.