El gobierno provincial celebra el fallo que obliga a Nación a financiar las medidas pro consumo sin quitarle fondos a las provincias. Resaltan en especial el peso de los argumentos de la presentación judicial entrerriana.
E
l gobernador Gustavo Bordet calificó de “justo” el fallo de la Corte Suprema de Justicia que dispone que los costos fiscales de la reducción del IVA y del impuesto a las ganancias deberán ser asumidos con recursos del Estado nacional.
El mandatario puso de relieve que el Tribunal tomó especial nota de la alegación del gobierno entrerriano que advertía que la medida nacional “pondría en riesgo el normal funcionamiento de las instituciones provinciales, y la atención de las necesidades básicas de su población”.
“La decisión de la CSJ ratifica su compromiso federal porque
va en línea con otros fallos anteriores, como el que le devolvió el 15 por
ciento de coparticipación a Santa Fe y San Luis”, explicó Bordet.
Cabe señalar que al analizar puntualmente el caso de Entre
Ríos, el máximo tribunal destacó un informe de
la Comisión Federal de Impuestos, según el cual las medidas tributarias en
crisis redundarían en una disminución de aproximadamente mil millones de pesos
de sus recursos, lo que pondría en riesgo el normal funcionamiento de las
instituciones provinciales, y la atención de las necesidades básicas de su
población.
“La Corte ha dispuesto una solución muy justa al instruir a que la Nación se haga cargo de las medidas que tomó pero con sus recursos, sin perjudicar a las provincias ni a quienes se benefician con la reducción del IVA y ganancias", dijo Bordet.
"Es el gobierno nacional el que se tiene que hacer cargo de las decisiones que toma en materia de política económica pero con sus recursos, sin afectar los recursos coparticipables”, aseveró el mandatario.
Kueider: "Nación modificó inconstitucional y arbitrariamente el régimen impositivo"
Por su parte, el secretario General de la Gobernación y candidato a senador Nacional por el Frente de Todos, Edgardo Kueider, recordó que "desde Entre Ríos advertimos que la Nación no puede hacer campaña con los recursos de las provincias, y hoy la Corte Suprema de Justicia nos está dando la razón".
"La Corte le dio un poco de racionalidad a todo esto, al determinar que el Poder Ejecutivo Nacional modificó inconstitucional y arbitrariamente el régimen impositivo sin pasar por el Congreso", valoró el funcionario.
"El gobierno nacional no puede modificar por decreto la masa de recursos coparticipables. Eso es materia del Congreso, no del Poder Ejecutivo", advirtió Kueider.
El candidato al Congreso señaló: "parece mentira que tengamos que ir a la Corte para dirimir un tema tan esencial como este. Creo que eso habla de la seria crisis a la que nos condujo el gobierno de Mauricio Macri" y remarcó que "no es quitándole recursos a las provincias como se generarán las políticas para salir de esta situación. Este gobierno nunca tuvo un plan para crear trabajo y producir desarrollo en la Argentina. Estos últimos cuatro años la economía del país no ha parado de caer".
El fallo
El fallo de la Corte deja en claro que el daño a las arcas
de Entre Ríos podría resultar irreparable, en la medida en que -según explica-
los fondos que se dejan de percibir fueron presupuestados por la hacienda
provincial y se encuentran comprometidos a la ejecución de políticas públicas
en curso, algunas de ellas de carácter social, lo que evidencia la necesidad de
acceder a la pretensión cautelar.
“Frente a la concreta
dificultad de financiamiento de necesidades públicas provinciales de
significación social alegadas por la actora, la magnitud del perjuicio invocado
y lo señalado en cuanto a la verosimilitud en el derecho, cabe tener acreditada
la configuración de los extremos exigibles a toda pretensión cautelar con el
fin de resguardar los derechos invocados hasta tanto exista la posibilidad de
dirimir la cuestión de fondo debatida, por lo que los costos fiscales de la
aplicación de los decretos y las resoluciones impugnadas sean asumidos con
recursos propios del Estado nacional, sin afectar la coparticipación que
corresponde a las provincias actoras”, se informó desde el máximo tribunal.
La decisión fue adoptada por mayoría, con los votos de Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti. En minoría quedó el presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz. La jueza Elena Highton de Nolasco no votó.
En su decisión, el fallo dispuso cautelarmente que los costos fiscales de la aplicación de los decretos impugnados y de las resoluciones generales de AFIP sean asumidos con recursos propios del Estado nacional, sin afectar la coparticipación que corresponde a las provincias de Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán.