El Foro Ecologista de Paraná y AGMER interpusieron una acción de amparo ambiental contra el gobierno. Piden la nulidad y revocación del decreto que limitó la fumigación a 100 metros por tierra y a 500 por aire de escuelas rurales.
E
l Vocal de la Cámara Civil y Comercial, Andrés Manuel Marfil, informó que se ha iniciado la acción de amparo ambiental con la que el Foro Ecologista de Paraná y AGMER pretenden la declaración de nulidad y revocación del decreto Nº 4407/2018, firmado por el gobernador Gustavo Bordet a inicios de año, que regula la aplicación por vía aérea y terrestre de agroquímicos.
El Foro Ecologista, patrocinado por Maria Aldana Sasia y Maria Marta Fernández Benetti, y el sindicato docente, asesorado por Héctor Luis Fischbach, demandaron al gobierno de la provincia considerando que el decreto afecta a "todos los niños, niñas, adolescentes, maestras, maestros y
personal no docente que concurre a las escuelas rurales de Entre Ríos".
a su vez, advierten que la problemática de la fumigación aérea y terrestre incumbe a "el suelo, el agua superficial y subterranea y el aire" y "la salud de las personas de la clase involucrada".
Distancias
Mientras que un fallo de 2018 de la Cámara Civil II de Paraná, ratificado por la Sala Civil del Superior Tribunal de Justicia, fijaba el límite para las fumigaciones terrestres a 1.000 metros de los establecimientos escolares rurales, y de 3.000 metros en caso de las pulverizaciones aéreas, Bordet decretó que no podrá fumigarse a menos de 100 metros en el caso terrestre y 500 metros en aspersiones aéreas.
El edicto judicial de la polémica había prohibido las
fumigaciones con las medidas de longitud mencionadas previamente “hasta tanto
se determine por las áreas estatales específicas las distancias adecuadas para
la realización de tales fumigaciones, que permitan obtener el adecuado efecto
preventivo para la salud de alumnos y personal que asistan a los mismos”.
Además de fijar las nuevas distancias que deberán respetar
los productores, el decreto de Bordet estableció una serie de “buenas prácticas
agrícolas”, como el requisito de la presencia de un asesor técnico al momento
de practicar las aspersiones; o que las "recetas agronómicas" de los
productos utilizados deberán demostrar especificaciones sobre “velocidad y
dirección del viento requeridos para evitar las derivas”.
A su vez, se obliga a los propietarios o arrendatarios del campo a comunicar 48 horas antes de fumigar al "municipio y/o junta de gobierno, o destacamento policial más cercano, así como a los directivos de las instituciones escolares".
El decreto de Bordet consignaba, por otro lado, que para su emisión se tuvieron en cuenta los aportes de la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Nacional de Entre Ríos (UNER), el Ministerio de Salud provincial, y el Colegio de Profesionales de la Agronomía de Entre Ríos (Copaer).