Lo presentó el radical paranaense Alejandro Carbó alegando la inconstitucionalidad de la convocatoria de Bordet y le hizo lugar la jueza Gladys Pinto.
El gobernador debe contestar en una semana.
S
e judicializó la fecha de las
elecciones en Entre Ríos. El ex precandidato a diputado nacional por Cambiemos
en 2017, Alejandro Carbó (Paraná-UCR), presentó un recurso de amparo por
inconstitucionalidad contra los decretos del Poder Ejecutivo provincial que
convocaron a elecciones en Entre Ríos para el 14 de abril –las primarias- y el
9 de junio –las generales- y el planteo fue aceptado en el Poder Judicial.
La Jueza de Feria Civil, Comercial, Laboral y de Paz, Gladys Pinto, resolvió este domingo “tener por interpuesta” la acción de amparo y ordenó “librar el correspondiente mandamiento en la persona del gobernador” Gustavo Bordet, quien rubricó los decretos 4312 y 4313 el 10 de diciembre pasado en base a lo autorizado por la Legislatura provincial mediante la reforma electoral “abreviada” sancionada en agosto, que lo habilitó a adelantar los comicios provinciales.
En los fundamentos de la presentación el abogado radical entiende que es la Legislatura entrerriana la que debe fijar la fecha de convocatoria a elecciones provinciales y no el Poder Ejecutivo, por lo que considera que los decretos dictados a tal fin son inconstitucionales.
En primera instancia el amparo fue presentado ante el Juzgado con competencia Penal en feria a cargo de Cecilia Bértora, quien se excusó de intervenir en la causa entendiendo que no podía ser juez y parte, debido a que es integrante del Tribunal Electoral para este año.
Este lunes, en tanto, Pinto
libró el mandamiento al Gobierno, que tendrá siete días corridos
desde la notificación para que
“informe la exactitud del hecho que motiva la demanda y, en caso afirmativo, en qué funda su actitud”, dándole así al Ejecutivo “la oportunidad
de ser oído”, indica el comunicado del Poder Judicial enviado a INFORME DIGITAL.
“El Poder Ejecutivo no puede elegir entre algunas fechas, debe acatar la que por imperio de la Constitución la Legislatura fije, lo que por no haber ocurrido no lo exime la responsabilidad de ceñirse a la Constitución”, advirtió Carbó.
Asimismo se resolvió notificar a
la Fiscalía de Estado, a cargo de Julio Rodríguez Signes, “tener presente la inconstitucionalidad
planteada y, oportunamente, dar intervención al Ministerio Público Fiscal”.
Por último se informó que a partir de este miércoles al frente de la causa estará la jueza Elena Albornoz, reemplazando en la feria judicial a Pinto.
En su acción de amparo el ex
precandidato Carbó se presentó “ciudadano responsable de colaborar en la
custodia de las instituciones y el orden constitucional” y como “activo radical”
y aseguró que Bordet se tomó “una atribución que constitucionalmente le está
vedada” y señaló el “conflicto devenido de la delegación ilegal dispuesta” por
la reforma express.
A su vez, consideró que la fijación de las fechas persiguen
“su propio y de público y notorio beneficio” de cara a su reelección, al
separar los comicios de las votaciones nacionales.
“El Poder Ejecutivo no puede
elegir entre algunas fechas, debe acatar la que por imperio de la Constitución
la Legislatura fije, lo que por no haber ocurrido no lo exime la
responsabilidad de ceñirse a la Constitución”, advirtió Carbó. Algo así como
que Bordet no aproveche la facultad electoral que le habilitó la modificación
legislativa que él mismo promovió y acordó con la oposición.
En tanto, el radical apuntó en su amparo que “no pueden conceder las legislaturas provinciales a los gobernadores de provincias facultades extraordinarias, léase facultades propias otorgadas por la Constitución Provincial a la legislatura”, como la de establecer fechas de votación.
En cuanto a la justificación de impulsar la inconstitucionalidad de los decretos del gobernador y no de la ley que los fundamentaron, Carbó alegó que la situación denunciado “se materializa con los decretos”.