Lunes, 21 de junio de 2021   |   Política

Iosper tuvo que cubrir tratamiento por $284 mil

Finalmente, tras el fallo de la Justicia de Entre Ríos, la obra social cubrió el tratamiento con aceite de cannabis de un afiliado de Gobernador Mansilla que sufre epilepsia refractaria.

Iosper tuvo que cubrir tratamiento por $284 mil

El Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos(Iosper) pagó 2.835 dólares para la cobertura con aceite de cannabis para eltratamiento de un afiliado domiciliado en Gobernador Mansilla que acudió a laJusticia para reclamar esa prestación. Con una cotización oficial del dólar a$100,25, la obra social provincia debió abonar $284.208,75.

La Justicia condenó a Iosper a que «disponga de formainmediata la cobertura médica y farmacológica total, íntegra, oportuna,ininterrumpida y gratuita en un 100% de la alternativa terapéutica consistenteen dos unidades de aceite de cannabis real Scientific Hemp Oil Max 10/ 236 Ml/10.000 Mg, CBD prescripto por el médico neurólogo tratante, con más los gastosadicionales correspondientes, autorizado por la Administración Nacional deMedicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) e importado por elLaboratorio Flos Innovation con asiento en Buenos Aires”.

Lo que dice el archivo

La sentencia se dio en el marco de un amparo iniciado porlos padres de un joven de 20 años –cuya identidad se preserva-, oriundo deGobernador Mansilla, localidad del departamento Tala, ubicada a 158 kilómetrosde Paraná. El fallo es comprensivo de la Ley Nº 24.901, que establece unsistema de prestaciones básicas de atención integral a favor de las personascon discapacidad; y la Ley Nº 27.350, aprobada por el Congreso el 29 de marzode 2017, que dispone el acceso al cultivo controlado de la planta de cannabis,así como a sus derivados, para fines de tratamiento medicinal, terapéutico y/opaliativo del dolor.

La sentencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) fueemitida el jueves 6 de mayo, y rechazó un recurso de apelación de la obrasocial que buscaba que se revoque la resolución de primera instancia de lajueza de Paz de Gobernador Mansilla, Eldel Marilín Solda, quien hizo lugar alreclamo de la familia del joven.

Los representantes legales de la familia del joven iniciaronuna nueva demanda por incumplimiento de sentencia, y por eso desde Iosperdebieron apurar los tiempos administrativos para poder responder a laintimación judicial.

Arnoldo Schmidt, gerente de Administración de Iosper,observó que «la prescripción del médico, la condena de la jueza de primerainstancia y la confirmación de la condena del STJ siempre es por una marcadeterminada».

Que el médico prescriba por marca comercial y que laJusticia falle en consecuencia, observa Schmidt, atenta contra las finanzas dela obra social provincial. “La marca que condena y dispone la jueza que Iosperdebe otorgar sale U$S 2.835,00, es decir a cotización de hoy $283.500,00 de unlaboratorio extranjero y el mismo producto que Iosper ofrecía, pero de unlaboratorio nacional, aprobado por Anmat, sale $95.274,00. Es decir que porestos dos envases nos obliga la Justicia a pagar innecesariamente $188.226,00 ydestinar recursos que podrían aplicarse en prestaciones de otros afiliados. Nosobliga a pagar un 198% más por igual producto”.

Lo que dice el archivo

Aún con esas observaciones, la obra social provincial debiócumplir el mandato judicial y dar la cobertura con la especialidad de unlaboratorio internacional y desechar la opción de un laboratorio nacional, decosto mucho más económico.

Fuente: Entre Ríos Ahora

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