
Fernando Caviglia, se desempeñaba como subsecretario de Industria y Comercio Exterior de la provincia, fue denunciado en el mes de julio de este año por una mujer de 29 años, por privación ilegítima de la libertad, tras locual, el gobernador Gustavo Bordet le exigió la renuncia.
La demandante aseveró que el ex funcionario la obligó a subir a su auto, y despues la paseó durante un tiempo con intenciones de someterla sexualmente en un departamento que sería propiedad del acusado, aclarando además que Caviglia se hizo pasar por un chofer de Uber.
En este marco, el fiscal Oscar Sobko decidió avanzar con la Investigación Penal Preparatoria (IPP), per previamente debió esperar la llegada de varios informes de empresas telefónicas y de UBER, como otras pericias que solicitó, y una vez que obtuvo elementos de interés, decidió poner en marcha con la causa judicial.
Al respecto, el fiscal informó: “Analizadas las evidencias que han sido colectadas, emergen elementos suficientes para reformular el objeto procesal detallado”.
Según consigna APF Digital, en la resolución de Sobko se destaca que a Fernando Guillermo Caviglia se lo debe investigar bajo la conducta que se encuadra en una situación de Violencia de Género, a la vez que precipita en el delito de Privación Ilegítima de la Libertad.
De esa manera, alertó el fiscal que dispuso cambiar la apertura de la causa, reformulando el objeto procesal iniciado en el legajo correspondiente, al tiempo que citó a Caviglia a fin de recepcionarle la declaración de imputado para el martes 2 de octubre a las 10:30.
Otra medida que reclamó el funcionario judicial, es solicitar antecedentes al Registro Nacional de Reincidencia Criminal y actuariales del imputado.
Finalmente, en la citación, se hace saber que se exigió la intervención del médico forense en turno, a los efectos que proceda a realizar el examen que se requiere en el inicio de la causa judicial.
Del mismo modo, se recordó que se mantienen las restricciones ordenadas por el juez Pablo Zoff, donde establece la “prohibición de acercamiento y actos molestos contra la denunciante y víctima por un plazo de 60 días”, que podrán renovarse si así lo requiere el Ministerio Público Fiscal.