Martes, 13 de octubre de 2020   |   Interés general

El seguro es válido desde el celular en Entre Ríos

Luego de que una jueza recomienda tenerla en papel, la Asociación de Productores de Seguros de Entre Ríos y el Colegio de Abogados aclararon que la póliza de seguro automotor es válida si es exhibida por medios electrónicos.

El seguro es válido desde el celular en Entre Ríos

Desde la Asociación de Productores de Seguros de Entre Ríos(APASER), en forma conjunta con el Colegio de Abogados de Entre Ríos (CAER),ante las declaraciones formuladas por la Jueza de Faltas de la ciudad deParaná, Silvina García, donde recomienda a los conductores, la impresión de lapóliza de seguro automotor, aclararon que la póliza de seguros exhibida por medios electrónicos es válida, igual que el comprobante impreso, paracorroborar que un vehículo está debidamente asegurado.

Según informaron las entidades, pueden exhibirse uno uotro. Cabe señalar que en julio pasado la provincia adhirió a lasmodificaciones de la Ley Nacional de Tránsito que otorgan validez a la pólizadigital.

En declaraciones a medios de comunicación, la  Jueza de Faltasconsideró que “se debe tener en cuenta que hay lugares en los que no existe wifiy otras situaciones» y que «la recomendación es que impriman la póliza”.

Pero APASER y CAER indicaron que “resulta necesario aclarar que la exhibición de la póliza medianteaplicaciones móviles que requieren de conexión a internet no es el únicoformato de póliza digital y que es posible descargar el comprobante y alojarloen cualquier dispositivo móvil sin necesidad de acceder a internet para poderexhibirlo cuando sea requerido”.

La normativa vigente

El 10 de junio de 2020, la Cámara de Senadores de Entre Ríossancionó con fuerza de Ley el proyecto del diputado provincial Gustavo Zavallo,por el cual la provincia adhiere a las modificaciones de la Ley Nacional deTránsito N° 24.449, permitiendo así permite la exhibición del comprobante deseguro tanto en formato papel impreso o digital a través de dispositivoselectrónicos.

La norma vigente establece con respecto a los requisitos exigidospara circular, en el artículo 40, inciso c, lo siguiente: “Que lleve elcomprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68, el cual podráser exhibido en formato papel impreso o digital a través de dispositivoselectrónicos”.

La Ley que establece la adhesión provincial (N° 10.803) a dichanormativa entró en vigencia con la promulgación del gobernador Gustavo Bordet ysu publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, el 1° de julio de 2020.

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