Lunes, 2 de agosto de 2021   |   Economía

ATER prorroga la moratoria

La medida se extendió hasta el 30 de septiembre. Es para pequeños, medianos y grandes contribuyentes. Si la deuda se generó por la pandemia se condonará el 100% de multa e intereses.

ATER prorroga la moratoria

La Administradora Tributaria de EntreRíos (ATER) resolvió prorrogar el período de vigencia del Régimen deRegularización Fiscal 2021, cuya nueva fecha de cierre se estableció para elpróximo 30 de septiembre. Se conservan todos los esquemas de requisitos ybeneficios.

Se contempla “el 100% de condonación de multa e intereses (no del impuesto)para quienes se compruebe que la deuda se generó a razón de la pandemia”, afirmó Grané.

En la medida, que abarca a pequeñosmedianos y grandes contribuyentes hasta el 30 de septiembre, se contempla “el 100%de condonación de multa e intereses  (no del impuesto)para quienes se compruebe que la deuda segeneró a razón de la pandemia”, explicó el director ejecutivode ATER, Germán Grané, quien afirmó que “lo último que queremos es llegar a unaacción judicial”.

“A pesar de lo complejo de lasituación a partir de la pandemia los entrerrianos mantuvieron su situación deregularidad fiscal”, indicó el funcionario, sobre la conducta de loscontribuyentes en declaraciones a El Once TV.

El decreto por el cual se extiende la moratoria.

“Hubo un sector que por razones extraordinarias no han podido cumplir y por ello se ha tomado la resolución de otorgarles esta contemplación en la deuda generada”, completó Grané.

La Moratoria 2021 fue establecidamediante el Decreto 472/21 MEHF seencuentra en vigencia desde el pasado 3 de mayo y permite la cancelaciónvoluntaria de obligaciones de pequeños, medianos y grandes deudores, otorgandohasta 36 cuotas e importantes reducciones de multas e intereses para los gruposde contribuyentes más pequeños.

“Lo último que queremos es llegar a una acción judicial”, aclaró el director ejecutivo de ATER.

Asimismo, desde la Administradora,informaron que el esquema de requisitos para acceder a los beneficios quedaránsin variaciones, en tanto los contribuyentes deben primero regularizar lasobligaciones 2021 con vencimientos a partir del mes de febrero del corriente(incluyendo los deberes formales en lo referido a impuestos declarativos); ytambién, adherir al Domicilio Fiscal Electrónico de ATER.

Continuarán operativos los esquemas de suscripción vía web y presencial con turno de atención exclusivamente.

Para más información podráncomunicarse al Servicio de Atención al Contribuyente al 0810-888-2837 (ATER) delunes a viernes de 8 a 13, o vía mail a consultas@ater.gob.ar.

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