
El ahora jubilado vocal de la Sala Civil y Comercial delSuperior Tribunal de Justicia (STJ) consiguió que el juez de Garantías de LaPaz, Walter Carballo, aparte al fiscal Facundo Barbosa, de la investigaciónpenal en torno a los hechos violentos que se sucedieron la madrugada deldomingo 28 de marzo en un kiosco de esa ciudad y de la que fue partícipe elexmagistrado.
El incidente ocurrido en un kiosco que funge como bar encercanías del domicilio particular de Castrillón en La Paz disparó tres causaspenales: Mariano Lukacs y Natalia Lukacs, dueños de El Kioscaso, el comerciodonde ocurrió la batahola que incluyó improperios y golpes, presentaron unadenuncia contra Castrillón; a su vez, Castrillón denunció haber sido víctima deuna golpiza. En esos casos, intervino el fiscal de turno, Facundo Barbosa. Perodespués todo se desmadró: el padre del fiscal, Carlos Miguel Barbosa, denunciópor amenazas al magistrado.
Los abogados de Castrillón, Rubén Pagliotto y EmilianoCastrillón, expresaron como fundamento de su pedido “que el apartamiento dejueces o fiscales de una causa, es materia reservada exclusivamente a lajudicatura, expresando que hasta hace poco tiempo cuando en una suerte dearbitrariedad e irracionalidad jurídica nuclear, en la Ley de MinisterioPúblico Fiscal vernácula se previó que el apartamiento que se solicitaba defiscales de causas, se decidían dentro de esa órbita, lo cual lucía como unpoder exorbitante y que rompía los mínimos estándares de racionalidad yequilibrios propios de un proceso democrático y republicano”.
La recusación y el pedido de apartamiento se apoyó en elhecho de que Castrillón impugnó el pliego del fiscal Barbosa, que aspira aconvertirse en integrante de la Unidad Fiscal de Gualeguay, ante la Comisión deAcuerdos del Senado. Otra causal es “la denuncia que el propio padre del fiscalque se recusa, don Carlos Miguel Barbosa formuló contra el Dr. Emilio AroldoEduardo Castrillón por supuestas coacciones agravadas contra éste, la que sehabría declarado abierta hace días atrás”.
En su presentación, señalaron que hay elementos que “impidenllevar adelante una investigación independiente”, por cuanto refieren que aqueldomingo 28 de marzo, día de los incidentes, “el propio hermano del magistrado,Emiliano Barbosa, habría participado el día de los incidentes, estando juntocon los sujetos que le propinaron los golpes al Dr. Castrillón, poniendoasimismo de relieve que hasta la última de las causa para apartarse, al ser supropia padre, don Carlos M. Barbosa, denunciante del Dr. Castrillón porsupuestas Coacciones Agravadas, según la calificación efectuada desde el MFP,ignorándose en definitiva quién decide, califica y lleva adelante las medidasinvestigativas propias de rigor”.
Respecto de, reproche de “objetiva gravedad” que afecta su “imparcialidad”mencionada por los defensores de Castrillón, el juez Carballo concluyó que “laimparcialidad corresponde al Juez no así al Ministerio Público Fiscal, porqueel Fiscal ´es parte´ , aunque sí tieneuna deber de ´objetividad en la acusación´”.
En su resolución, el juez dijo que “encuentro afectada almenos en grado de ´peligro real´ la objetividad, resultando necesario a losprocesos penales en curso que intervino el Fiscal que se recusa, suapartamiento, a fin de despejar toda duda razonable respecto a su objetividaden la acusación; todo ello, conforme a los argumentos expuestos, lo cualconduce inexorablemente a la recusación en los Legajos N°18108 y 18109, no así,en el Legajo N°18433, ya que allí no intervino en ningún momento”.
Fuente: Entre Ríos Ahora




