
Este domingo 18 de mayo, los porteños regresarán a las urnas para elegir a los nuevos representantes de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En este proceso, se renovarán 30 bancas, y los candidatos electos asumirán sus cargos el 10 de diciembre.
Es fundamental recordar que no todos los documentos son válidos para votar. En particular, el DNI digital disponible en la app Mi Argentina no se acepta como documento habilitante, a pesar de estar vigente y actualizado. Asimismo, no se puede sufragar con un pasaporte, una constancia de DNI en trámite, una denuncia de extravío ni con una fotocopia.
Además, la persona que se presente a votar debe hacerlo con un documento que sea igual o posterior al que figura en el padrón electoral; de lo contrario, no será aceptada en la mesa de votación.
Elecciones en CABA: ¿Cuáles son los documentos válidos para votar?
Para emitir el voto en las elecciones legislativas de CABA, es obligatorio presentar el documento físico original. A continuación, se detalla la lista de documentos aceptados:
– DNI tarjeta (incluso si indica “no válido para votar”)
– DNI libreta celeste
– DNI libreta verde
– Libreta de enrolamiento
– Libreta cívica
Se recomienda acudir con el documento que figura en el padrón electoral o con uno más actualizado.
¿Quiénes pueden votar en las elecciones de CABA?
El derecho al voto en CABA está reservado tanto para ciudadanos argentinos como para extranjeros que residan en la Ciudad, siempre que cumplan con ciertos requisitos. La participación es un derecho garantizado y, en muchos casos, una obligación legal.
Los ciudadanos argentinos nativos y por opción pueden votar desde los 16 años, mientras que los naturalizados lo hacen a partir de los 18. Todos deben tener un domicilio en CABA y no estar legalmente inhabilitados para votar.
Los ciudadanos extranjeros residentes en la Ciudad también están habilitados para sufragar, siempre que posean residencia permanente, un DNI de extranjero con domicilio en CABA, y estén inscriptos en el padrón.
Incluso las personas privadas de libertad pueden emitir su voto, siempre que figuren en el padrón y no estén inhabilitadas. Para fomentar la participación, el gobierno porteño promueve programas educativos como “Mi voto, mi elección”, dirigido a jóvenes, y “En la Ciudad, votás”, enfocado en migrantes.
Elecciones porteñas: ¿Es obligatorio ir a votar?
Sí, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos argentinos de entre 18 y 70 años, tanto en elecciones nacionales como locales. Aquellos que no se presenten a votar sin una justificación válida quedarán registrados como infractores y podrían enfrentar sanciones.
Las multas, que en elecciones anteriores variaron entre $100 y $500, son una de las posibles consecuencias. Además, quienes no voten podrían verse inhabilitados para realizar trámites ante organismos públicos durante un año, a menos que paguen la multa correspondiente.
No obstante, existen justificaciones válidas para no votar, como estar a más de 500 kilómetros del lugar de sufragio, problemas de salud certificados o causas de fuerza mayor. Estas justificaciones deben presentarse dentro de los 60 días posteriores a la elección.
Por otro lado, los jóvenes de 16 y 17 años, los mayores de 70 y los extranjeros residentes tienen derecho a votar, pero no están obligados a hacerlo. En estos casos, la participación es voluntaria y no conlleva sanciones si se opta por no asistir a las urnas.




