
El Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná —integrado por Matilde Federik, Santiago Brugo y Juan Malvasio— dispuso un cuarto intermedio para analizar el acuerdo de juicio abreviado que este viernes presentaron el fiscal coordinador, Álvaro Piérola, y el defensor José Velázquez, que asiste a Germán Buffa, en la causa que investiga el presunto vaciamiento de la Sociedad Anónima de Entre Ríos (SAER), propietaria de El Diario de Paraná. La sentencia se conocerá dentro del plazo que fija la ley.
Buffa, tal como exige el instituto del juicio abreviado, reconoció el hecho que se le atribuye, aceptó la calificación legal de Administración fraudulenta y consintió la pena acordada: tres años de prisión de cumplimiento condicional, con la observancia de reglas de conducta.
El acusado registra una condena previa, aunque fue impuesta con posterioridad a los hechos que este viernes admitió. Se trata de la sentencia del 7 de abril de 2022, en la que fue declarado responsable, junto al ex gobernador Sergio Urribarri y al ex ministro de Comunicación y Cultura Pedro Ángel Báez, en uno de los cinco legajos juzgados en el proceso conocido como Causa Compleja. Esa causa fue la denominada Global Means, por el nombre de la firma que se habría beneficiado con pauta publicitaria irregular, publicó ApfDigital.
El acuerdo resalta que la pena convenida incluye la impuesta en abril de 2022, cuando se le impuso un año y dos meses de prisión condicional más reglas de conducta que viene cumpliendo regularmente. En ese marco, y por el carácter condicional de la pena solicitada, las partes acordaron que el imputado continuará cumpliendo las mismas obligaciones impuestas en la primera condena, pero por el plazo de dos años.
Buffa fue imputado junto a: Luis Miguel Etchevehere (abogado y martillero público); Juan Diego Etchevehere (abogado y administrador de empresas); Arturo Sebastián Etchevehere (abogado y periodista); Leonor Barbero Marcial (abogada jubilada, madre de los tres anteriores); Viviana Graciela Grenon (abogada); Walter Roberto Grenon (empresario); y Luis Alberto Guevara (empresario), quien fue desvinculado de la causa por sobreseimiento.
Roles
La fiscalía entendió e imputó que “de esa forma, las mismas personas físicas que en sus respectivos roles funcionales decidieron la venta de aquellos bienes, fueron luego quienes se vieron beneficiados con los mismos y también con el producido de ellos a través de las distintas personas jurídicas que también conforman; dejando a SAER vacía de bienes de capital y con un cúmulo de deudas tal que debió inmediatamente recurrir a fuentes de financiamiento no bancarias para hacer frente a esas otras obligaciones”.
Segundo tramo
A Buffa se le atribuyó una intervención —según la hipótesis del Ministerio Público Fiscal— en el segundo tramo de las presuntas maniobras para vaciar SAER. Estas habrían ocurrido entre 2011 y 2015, cuando “Viviana Grenón, Barbero Marcial (viuda) de Etchevehere, Guevara y Buffa, en su carácter de directores, contemporáneos y sucesivos de la firma SAER, obligaron abusivamente a la empresa cuyos bienes e intereses dirigían y administraban, perjudicándola, al aprobar el 16 de marzo de 2012” la venta de cuatro inmuebles ubicados en Paraná “a la firma Arroyo Ubajay S.A.” y dos inmuebles a la firma Nexfin S.A., “desconociéndose la fecha en que se concretó cada una de tales operaciones”.
La imputación agrega que “también la obligaron abusivamente cuando en fecha 20 de marzo de 2012, aprobaron la venta” de cuatro inmuebles más —todos en Paraná— y de tres inmuebles en Victoria, Nogoyá y Diamante “a la firma Construcciones del Paraná S.A., desconociéndose también en tales casos la fecha en que se concretó cada una de dichas operaciones”.
Doble carácter
La acusación sostiene que “tales operaciones contaron con la cooperación imprescindible de Walter Grenón, Luis Miguel Etchevehere, Arturo Sebastián Etchevehere y Juan Diego Etchevehere, en sus dobles caracteres de socios de SAER y de las empresas Arroyo Ubajay S.A. y Nexfin S.A., el primero, y de la firma Construcciones del Paraná S.A., los demás…”.
También afirma que aquellos “no solo aprobaron las ventas de aquellos bienes de capital en la Asamblea Extraordinaria de SAER de fecha 21 de marzo de 2012, sino que —a su vez— decidieron la adquisición de tales bienes para las sociedades que integran, en connivencia y de previo y común acuerdo con los Directores de SAER, con el objetivo de obtener ventajas patrimoniales personales de tales operaciones, y causar un daño a ésta al dejarla descapitalizada de bienes inmuebles con los cuales garantizar y cumplir sus obligaciones contractuales, comerciales, financieras y fiscales”.
La fiscalía imputó que “de tal forma, y por un lado, las firmas Arroyo Ubajay S.A. y Nexfin S.A., ambas bajo la dirección y control de Walter Grenón, propusieron al Directorio de SAER la compra de los inmuebles ya detallados; de la misma forma que también hizo lo propio la firma Construcciones del Paraná S.A., cuya sociedad la integran los referidos miembros de la familia Etchevehere”.
Según la acusación, “una vez concretadas las operaciones de venta de tales inmuebles, el producido fue distribuido, también siguiendo un acuerdo previo, entre Luis Miguel Etchevehere, Juan Diego Etchevehere, Arturo Sebastián Etchevehere y Leonor María Magdalena Barbero Marcial (viuda) de Etchevehere y la Asociación Mutual Unión Solidaria, de propiedad de Walter Grenón, en función de supuestas obligaciones adeudadas previamente a ellos por SAER y en detrimento de otros acreedores”.
La acusación añadió que “luego, la maniobra fraudulenta de descapitalización de la sociedad se termina de concretar con la venta de los bienes inmuebles sitos en calles Pedro Zanni s/n, y Buenos Aires esquina Urquiza de Paraná, a la Mutual 10 de abril, garantizando con ello dos operaciones de mutuo por un total de tres millones de pesos, que terminó con sendas acciones judiciales de escrituración de tales inmuebles por parte de ésta última (‘Asociación Mutual 10 de Abril c/Sociedad Anónima Entre Ríos – Ordinario – Escrituración’, que tramita por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 8 de Paraná; y ‘Asociación Mutual 10 de Abril de Paraná c/Sociedad Anónima de Entre Ríos – Monitorio Ordinario – Escrituración’, que remitiera el Juez en lo Civil y Comercial Nº 7 de Paraná), ante la falta de cumplimiento de los compromisos asumidos en tales operaciones”.
Finalmente, la fiscalía sostuvo que “de esa última forma, el Directorio de SAER nuevamente obligó abusivamente a la firma, perjudicándola al dejarla ya vacía de bienes inmuebles, acordando como garantía de aquellos mutuos la venta de los mismos por un valor muy por debajo al de mercado y al propio revalúo que sobre los mismos realizara la empresa por intermedio del arquitecto Mario J Zufotinsky, conforme Acta de Directorio del 29 de junio de 2013; con lo cual el perjuicio a la sociedad se ve agravado porque no solo perdería los mismos, sino que los habría comprometido a un menor valor”.






