Miércoles, 11 de febrero de 2026   |   Economía

Uno por uno: los cambios más importantes a la reforma laboral que se debatirán en el Congreso y en qué cedió el Gobierno

El Gobierno cedió en varios puntos del proyecto luego de varias semanas de intensa negociación
Uno por uno: los cambios más importantes a la reforma laboral que se debatirán en el Congreso y en qué cedió el Gobierno

Tras debatirse con diversos sectores, la versión definitiva de la reforma laboral que se tratará este miércoles en el Congreso incorpora 28 modificaciones clave. El Gobierno busca obtener la aprobación legislativa durante el período de sesiones extraordinarias del Congreso.

En Casa Rosada consideran que cuentan con el respaldo suficiente para que el proyecto, consensuado con sectores de la oposición, avance sin dificultades hacia la media sanción y sea girado a la Cámara de Diputados, donde la discusión presenta mayores desafíos. Empresas, bancos y la CGT resultaron los principales beneficiados con los cambios, aunque en algunos casos se matizaron varios puntos de la reforma original.

Según detalló Walter Mañko —abogado y socio a cargo del área de Derecho Laboral y Seguridad Social de Deloitte—, los cambios más importantes son los siguientes:

  • Se suprimió el artículo que proponía reducir las alícuotas del Impuesto a las Ganancias para empresas del 30% al 27%, lo que afectaba a las cajas provinciales.
  • Se confirmó la bancarización y se descartó el uso de billeteras virtuales para el pago de salarios.
  • La derogación de los estatutos y regímenes especiales entrará en vigencia 180 días después de la sanción de la ley.
  • El aporte solidario a los gremios se mantendrá durante dos años, con un tope del 2%. Actualmente, algunos gremios perciben hasta el 4%.
  • No prosperó el artículo que proponía reducir las cargas patronales para las obras sociales. La alícuota se mantendrá en 6% y no bajará al 5% como establecía el proyecto original.
  • Las empresas continuarán actuando como agentes de retención de las cuotas de afiliación sindical.
  • Se incorpora la palabra “especialización” a los programas, cursos o seminarios cuyo otorgamiento o pago debe documentarse contra recibo.
  • Se exige que el pago de gastos de sepelio de familiares a cargo del trabajador esté debidamente respaldado mediante comprobante.
  • Se permite que las sentencias judiciales contra grandes empresas se paguen en hasta seis cuotas mensuales consecutivas. Para micro, pequeñas y medianas empresas, el pago podrá realizarse en hasta doce cuotas mensuales consecutivas. También se admite el pago en cuotas para personas humanas (empleadores simples).
  • Se establecen nuevos porcentajes de contribución mensual obligatoria: 1% para grandes empresas y 2,5% para micro, pequeñas y medianas empresas.
  • Los porcentajes podrán incrementarse hasta 1,5% y 3% respectivamente si así lo dispone el Poder Ejecutivo, con aprobación de la Comisión Bicameral.
  • Se agregan como servicios esenciales, en sentido estricto: cuidado de menores y educación en niveles guardería, preescolar, primario, secundario y especial; transporte de caudales; y servicios privados de seguridad y custodia.
  • Se establece que las fuerzas de seguridad no podrán brindar una cobertura inferior al 100% de su prestación normal.
  • Se fijan topes: 0,5% de las remuneraciones para aportes a cámaras, asociaciones o agrupaciones de empleadores; y 2% para asociaciones de trabajadores.
  • Desde el 1 de enero de 2028, los aportes a asociaciones de empleadores serán voluntarios. Desde la misma fecha, el pago de cuotas, aportes o contribuciones sindicales por parte de los trabajadores será voluntario y requerirá consentimiento individual expreso, sin presunción de aceptación.
  • A partir del 1 de enero de 2028, el INCAA será financiado exclusivamente a través de las partidas de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional.

Por otra parte, Mañko señaló los puntos que considera más relevantes desde la perspectiva empresarial:

Se redefine la “mejor remuneración” para el cálculo de indemnizaciones

  • Se toma únicamente lo mensual, normal y habitual.
  • Se excluyen conceptos no mensuales como SAC, vacaciones, etc.
  • Se establece que la indemnización es la única reparación por despido sin causa.

Actualización de Créditos Laborales

  • Se establece un nuevo esquema claro y preciso de actualización de créditos laborales: IPC + 3% anual.

Nuevo sistema: Fondo de Asistencia Laboral (FAL)

Se crean los fondos para ayudar a cubrir costos de desvinculación y obligaciones indemnizatorias.

Aporta el empleador:

  • 1% mensual grandes empresas
  • 2,5% mensual MiPyMEs

Es un patrimonio separado: inembargable, inajenable y de afectación específica.

Registración laboral simplificada y digital (ARCA)

  • El registro ante ARCA es suficiente: no pueden exigirse requisitos adicionales por otras autoridades.
  • Libros laborales: se conservan 10 años y se permite la digitalización con validez legal.

Delimitación de beneficios sociales para el trabajador

  • Se redefine qué se considera beneficio social no remunerativo (comedor, reintegros médicos, guardería, útiles, capacitación, etc.).

Banco de horas

  • Se habilitan regímenes voluntarios de banco de horas, de común acuerdo entre empleador y empleado.

Vacaciones

  • Las vacaciones se fijan entre el 1° de octubre y el 30 de abril, y se permite acordarlas fuera de temporada.
  • Se habilita el fraccionamiento, con un mínimo de 7 días.

Licencia por enfermedad. Junta médica: reglas nuevas.

  • Se refuerza el derecho del empleador a efectuar controles médicos y a la intervención de juntas médicas.

Régimen de Incentivo para Formación Laboral

  • Se incorpora un Régimen de Incentivo a la Formación Laboral (RIFL) para promover capacitación, empleabilidad y reconversión.

RIMI: incentivo a inversiones productivas

  • Se crea el Régimen de Incentivo para la Modernización e Inversión (RIMI).
  • Apunta a que las empresas realicen inversiones en producción real, tecnología y expansión.

Reducción de Cargas Sociales para nuevos empleos

  • Se reducen cargas sociales para empleos actuales y se facilita la contratación de nuevos empleados.

Prelación de convenios de empresas

  • Un convenio de empresa de una provincia prevalece por sobre un convenio de ámbito nacional.

Compromiso de Reforma Fiscal integral

  • Se presentará una nueva ley que impulse acuerdos fiscales entre la Nación y las Provincias para reducir las cargas tributarias.

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