Domingo, 14 de septiembre de 2025   |   Nacionales

Un juez en Catamarca resuelve la restauración de pensiones por invalidez para beneficiarios afectados

La medida solo tiene validez en la provincia, pero podría funcionar como antecedente para recursos similares en otras jurisdicciones. El juez federal Guillermo Díaz Martínez hizo lugar a un amparo colectivo. El fallo obliga al Gobierno a pagar retroactivamente el dinero retenido y a detener las auditorías.
Un juez en Catamarca resuelve la restauración de pensiones por invalidez para beneficiarios afectados

El Juzgado Federal N° 2 de Catamarca, bajo la dirección del juez Guillermo Díaz Martínez, ha ordenado a la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) restablecer todas las pensiones no contributivas por invalidez suspendidas en la provincia, en un plazo máximo de 24 horas. La resolución, firmada el pasado viernes, también demanda el pago inmediato de los haberes retenidos a sus beneficiarios. Además, el magistrado prohibió al organismo continuar con auditorías basadas en la normativa cuestionada y suspender más pensiones, al menos hasta que se emita una sentencia de fondo en la causa.

El juez argumentó que el carácter alimentario de estas pensiones es suficiente para demostrar que la demora en el pago representa un peligro para la integridad de los beneficiarios. Considerando la alta vulnerabilidad del sector afectado, tomó esta decisión urgente sin requerir previamente la opinión o defensa del Estado Nacional, que tiene 24 horas para responder.

Aunque la ANDIS debe acatar la restitución y el pago retroactivo dentro del plazo establecido, el Gobierno podría considerar futuras acciones. La prohibición de nuevas suspensiones ya había sido decidida por el Ejecutivo la semana pasada.

El recurso de amparo reúne a familias, ONG y al Defensor del Pueblo

El juez hizo lugar a una acción de amparo colectivo promovida por la Asociación de Personas y Familiares de Discapacitados Motores, ciudadanos particulares y el Defensor del Pueblo de Catamarca. La demanda se opuso al decreto 843/24, que modificó los requisitos de acceso a las pensiones por invalidez. Los denunciantes afirmaron que esta norma vulnera los principios de progresividad y no regresividad en materia de derechos sociales, al introducir criterios restrictivos como exigir una incapacidad total y permanente del 66% y la falta de un vínculo laboral registrado, considerándola, por lo tanto, inconstitucional.

Además, los amparistas criticaron las auditorías de la ANDIS como “irregulares y lesivas”. Reportaron notificaciones defectuosas, plazos inadecuados, citaciones a lugares lejanos y revisiones frustradas por falta de personal. En muchos casos, los beneficiarios se enteraron de la baja al no recibir el pago de sus haberes. Las suspensiones en Catamarca comenzaron en julio. El fiscal federal Santos Reynoso ya había respaldado la competencia del tribunal y la procedencia de la medida. El juez reconoció la legitimación del Defensor del Pueblo provincial, en vista de la vacante del cargo nacional.

¿Un efecto dominó en la jurisprudencia sobre discapacidad?

Aunque esta medida cautelar tiene efecto inmediato solo en la provincia de Catamarca, el fallo del juez Díaz Martínez podría establecer un precedente significativo para reclamos similares en otras jurisdicciones del país. La causa fue inscripta en el Registro de Procesos Colectivos, lo que podría servir como argumento para beneficiarios afectados por suspensiones de pensiones por invalidez en diferentes puntos de Argentina.

En Salta, el gobernador Gustavo Sáenz encabeza un amparo contra el Gobierno nacional y la ANDIS, dirigido directamente a la Corte Suprema de Justicia, impulsado por el Fiscal de Estado provincial, Juan Agustín Pérez Alsina. El amparo busca revertir la suspensión masiva de 129 pensiones para personas con discapacidad que se interrumpieron en julio pasado. La provincia sostiene que estas suspensiones se llevaron a cabo mediante procedimientos arbitrarios e irregulares, carentes de transparencia y vulneradores de derechos fundamentales, afectando a personas en situación de extrema vulnerabilidad. Se denunció la falta de notificación previa a los beneficiarios, el uso de criterios dispares en evaluaciones médicas y la realización de auditorías por personal no habilitado, así como la negativa de ANDIS a brindar información. El amparo busca el restablecimiento inmediato y el pago retroactivo de las pensiones, como en el caso de Catamarca.

El fallo del juez Díaz Martínez se produce en un contexto de crecientes tensiones y preocupaciones sobre la política nacional de discapacidad, en medio de constantes manifestaciones destinadas a frenar el impacto de la “motosierra” del Gobierno de Milei en el área. La difusión de los audios del extitular de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS), Diego Spagnuolo, que exponen que el área no ejemplificaba austeridad, sino corrupción, ha agudizado aún más la situación. Ahora, a esta batalla política se suma también el capítulo judicial.

MB/ML

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