
De la redacción de INFORME DIGITAL
El presidente Javier Milei envió al Congreso su proyecto de reforma laboral, que introduce modificaciones centrales a la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y a regímenes especiales como el agrario. El texto propone una reconfiguración del vínculo laboral con más margen para los empleadores y menos penalidades económicas en conflictos judiciales.
A continuación, las diferencias principales entre la ley vigente y lo que propone el nuevo proyecto, explicadas de forma simple:
1. Despidos y enfermedades
👉 Hoy: si un trabajador se enferma, la empresa debe mantenerle el puesto hasta un año y pagarle durante ese período. Si luego lo despide, corresponde una indemnización.
👉 Con la reforma: se conserva el año de reserva del puesto, pero si el trabajador no puede reincorporarse después de ese plazo y el vínculo se extingue, no se paga indemnización.
2. Multas y sanciones
👉 Hoy: cuando un empleado no está registrado o figura con un salario menor, la ley prevé multas adicionales además de la indemnización.
👉 Con la reforma: esas multas desaparecen. El empleador solo pagará la indemnización tradicional por despido.
3. Cambios de tareas
👉 Hoy: el empleador solo puede modificar funciones o lugar de trabajo con consentimiento o por razones justificadas.
👉 Con la reforma: se permite hacerlo sin autorización previa, siempre que no sea “irrazonable” ni cause perjuicio. Se amplía la libertad del empleador.
4. Jornada laboral
👉 Hoy: el horario máximo es de 8 horas diarias o 48 semanales, con horas extras pagadas.
👉 Con la reforma: los convenios colectivos podrán crear un banco de horas, compensando los excesos con descansos en lugar de pagos.
5. Vacaciones
👉 Hoy: deben otorgarse entre octubre y abril, con 45 días de aviso.
👉 Con la reforma: podrán darse en cualquier época del año, con 21 días de aviso y dividirse en tramos de al menos una semana.
6. Beneficios y remuneraciones
👉 Hoy: casi todo pago extra cuenta como salario (comidas, transporte, ropa, etc.).
👉 Con la reforma: muchos de esos conceptos pasan a ser no remunerativos, es decir, no generan aportes, aguinaldo ni vacaciones.
7. Juicios laborales
👉 Hoy: los intereses sobre créditos laborales siguen tasas bancarias o judiciales sin límite.
👉 Con la reforma: se fija un tope de actualización por IPC + 3% anual, y los abogados no podrán cobrar más del 20% del juicio. Además, las MiPyMEs podrán pagar sentencias en hasta 12 cuotas.
8. Régimen agrario
👉 Hoy: las tareas de cosecha y empaque tienen un régimen laboral propio.
👉 Con la reforma: pasarán a regirse por la Ley de Contrato de Trabajo común, lo que modifica su esquema de aportes y convenios.
En Entre Ríos
El impacto directo sería en los sectores con alta estacionalidad y empleo formal, como citrus, arroz, forestal, avícola y lácteo, que concentran buena parte de los 150.000 asalariados privados de la provincia. Las cámaras empresarias destacan que la reforma busca “previsibilidad y menos litigiosidad” para incentivar nuevas contrataciones.
Para el sector público entrerriano, que según datos oficiales supera los 90.000 agentes, el proyecto no modifica su régimen laboral específico. Sin embargo, el Título II crea un “bono de crédito fiscal” del 100% de las contribuciones patronales por 12 meses para empresas que contraten a alguien que se haya desempeñado en el Estado nacional, provincial o municipal en el último año.
Para las más de 35.000 pymes de la provincia, el proyecto introduce cambios significativos. Por un lado, podrán acceder a pagar sentencias laborales en hasta 12 cuotas. Por otro, los convenios colectivos podrán establecer bancos de horas y regímenes especiales de jornada laboral.
Los trabajadores del sector privado en general enfrentarían modificaciones en aspectos centrales como el régimen de vacaciones, que podrían ser otorgadas hasta el 30 de abril y en cualquier época del año, y el sistema de licencias médicas, que limitaría a un año la reserva del puesto tras una enfermedad prolongada.
El proyecto será debatido en el Congreso antes de fin de año y, si se aprueba, implicará la revisión más profunda del régimen laboral argentino en cinco décadas.



