Miércoles, 13 de agosto de 2014   |   Municipales

Sanciones más duras en Paraná

El Concejo Deliberante de la capital entrerriana sancionó una ordenanza que prevé sanciones más duras contra los infractores viales. Incluye inhabilitaciones, retención de vehículos y responsabilidad de padres, entre otras medidas.
El Concejo Deliberante de Paraná sancionó este miércoles por mayoría y con modificaciones introducidas “In Voce”, durante el plenario, un nuevo régimen de la legislación existente a nivel municipal en materia de control y juzgamiento de las faltas de tránsito, en consonancia con las disposiciones legales que en la materia rigen a nivel nacional y provincial.La iniciativa aprobada prevé la aplicación de penas más severas para sancionar aquellas conductas que atenten contra el orden y la seguridad vial, incorporando expresamente la remisión de los vehículos involucrados en la infracción, la inhabilitación para conducir y la responsabilidad de los padres o representantes legales por las faltas cometidas por menores de edad, entre otros aspectos.Al bajar a la banca para acompañar la iniciativa, el presidente de la legislatura paranaense, Gastón Grand, indicó que, por lo complejo del tema en debate, “éste requerirá sin dudas una aplicación gradual a través de sucesivas gestiones, además de una campaña de concientización desprovista de todo matiz político partidista”.El viceintendente reveló que los primeros resultados de un trabajo llevado a cabo sobre el tema por la “Unidad de Relevamiento de Datos”, de reciente creación en el ámbito del Concejo Deliberante, “revelan un porcentaje alarmante de inobservancia a las normas de tránsito en Paraná, lo que muestra una cultura poco respetuosa de las disposiciones legales establecidas al respecto y de la armonía que debemos tener como ciudadanos”.Grand precisó que la función de la citada Unidad es “relevar los datos espaciales dinámicos de todo lo que se mueve en la ciudad, que servirán al cuerpo legislativo para formular políticas y medir el impacto de éstas”, y concluyó: “Toda esta información sirvió para hacer nuestro aporte como respaldo en la toma de decisiones en esta problemática, como es la ordenanza que hoy aprobamos”.<b>Puntos a destacar de la ordenanza sancionada</b>La norma incluye como sujetos pasibles de sanciones a los peatones y ciclistas, que no observen las disposiciones vigentes. En el caso de los primeros cuando no transiten en zona urbana por la acera u otros espacios habilitados a ese fin y en las intersecciones de calles, por la senda peatonal; cruzar la calzada cuando el semáforo peatonal, de existir, no indique luz verde o blanca habilitante.Para los ciclistas será obligatorio circular con casco protector; que la unidad cuente con luces y/o señalización reflectiva; no pudiendo hacerlo con más de un ocupante, con la excepción del transporte de una carga o de un niño, ubicados en un portaequipaje o asiento especial, cuyo peso no ponga en riesgo la maniobrabilidad y estabilidad del vehículo.La disposición normativa aprobada establece que las sanciones por infracciones serán de cumplimiento efectivo, no admitiéndose la aplicación con carácter condicional ni en suspenso; debiéndose aplicar obligatoriamente al juzgar las mismas la sanción de inhabilitación para conducir, como accesoria a la multa cuando así esté expresamente determinado.La inhabilitación para conducir produce la prohibición para manejar vehículos de todas las categorías y el retiro de la licencia habilitante por el término de su duración, conforme lo graduado por el Juez de Faltas en su sentencia. Cuando no se identifique al conductor infractor, recaerá una presunción de comisión de la infracción en el propietario del vehículo, a no ser que se compruebe que lo había enajenado o no estaba bajo su tenencia o custodia, denunciando al comprador, tenedor o custodio.En el caso de las faltas consideradas graves, estas serán sancionadas, además de las multas que se fijen, con la remisión del vehículo al depósito municipal. El propietario del vehículo podrá solicitar su restitución, presentando el certificado de libre multa municipal, previó pago de ésta, los gastos de notificación y abonando los derechos de grúa y estadía.El monto de las multas se graduará por Unidad Fija (U.F), que representa el equivalente al menor precio de venta al público de la nafta “súper”, según el informe elaborado por la Secretaría de Energía de la Nación. El valor vigente de la “U.F” será calculado y publicado en forma semestral por la Subsecretaría de Transporte y Tránsito de la Municipalidad de Paraná y el valor de la misma que corresponderá aplicar en cada caso será el vigente al momento del efectivo pago de la sanción.

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