Martes, 9 de diciembre de 2025   |   Justicia

Revocaron la domiciliaria y enviaron a la cárcel al condenado por narcotráfico en Concordia

Revocaron la domiciliaria y enviaron a la cárcel al condenado por narcotráfico en Concordia

El Tribunal Oral Federal de Paraná revocó la prisión domiciliaria de Oscar Ramón Sampietro, condenado por liderar una banda dedicada al narcomenudeo, y ordenó su inmediato alojamiento definitivo en la Unidad Penal N°3 de Concordia, tal como lo había pedido el fiscal general José Ignacio Candioti.

La decisión se adoptó después de acreditarse que Sampietro incumplió en reiteradas oportunidades las reglas de conducta impuestas y que la circunstancia que motivó la concesión del beneficio había quedado extinguida.

Sampietro cumple una condena de cuatro años de prisión, dictada el 26 de diciembre de 2024, por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.

La domiciliaria le había sido otorgada para que pudiera asistir a su madre, quien vivía en Concordia y presentaba secuelas de COVID, entre ellas ceguera y dificultades para caminar, movilizándose en silla de ruedas. El vencimiento de su pena está previsto para el 10 de marzo de 2028.

El legajo de ejecución penal registra numerosas inconsistencias y ausencias sin autorización por parte del condenado. En marzo de 2025 se intervino la Delegación Paraná de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP), y desde entonces hubo reiteradas dificultades para localizarlo telefónicamente.

Uno de los hechos más recientes ocurrió el 6 de noviembre, cuando personal de la Comisaría Cuarta de Concordia constató la ausencia de Sampietro en su domicilio durante un control de rutina, publicó Ahora.

El hermano y tutor del condenado dijo que éste se había retirado sin autorización judicial hacia un hospital, pero el personal policial verificó que no se había presentado en ese nosocomio. Al ser localizado más tarde, Sampietro primero declaró que había salido a comprar analgésicos y luego se contradijo, asegurando que no había abandonado su domicilio.

Por los incumplimientos anteriores, el 22 de septiembre de 2025 se celebró una audiencia en la que se le otorgó a Sampietro una “última oportunidad”. En esa ocasión se le advirtió que la próxima vez que no fuera encontrado o no respondiera las llamadas telefónicas se le revocaría la prisión domiciliaria y sería alojado en la unidad penal.

El fiscal general José Ignacio Candioti dictaminó que, frente al nuevo incumplimiento detectado, correspondía disponer sin más el cumplimiento del apercibimiento.

Además de las faltas reiteradas, un informe de la DCAEP del 25 de noviembre de 2025 confirmó que la madre del condenado falleció el 18 de noviembre de 2025. El Tribunal consideró que con ese deceso se había extinguido la principal causa por la cual se le había concedido la prisión domiciliaria.

La revocación se fundó en el artículo 34 de la ley 24.660, que habilita a revocar la detención domiciliaria cuando el condenado quebranta la obligación de permanecer en el domicilio fijado o cuando cambian las condiciones y circunstancias que motivaron la medida.

Finalmente, la resolución judicial, firmada por la jueza Noemí Berros, rechazó también la solicitud de salidas socio laborales presentada por la defensa de Sampietro. Se notificó a la Unidad Penal N°3 que el condenado cumple la pena íntegramente el 10 de marzo de 2028 y que su fecha para acceder a la libertad condicional es el 2 de noviembre de 2026.

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