
El Gobierno ha implementado la reglamentación de un nuevo régimen para la contratación de obras públicas que, a diferencia del actual, elimina el requisito de contar con experiencia previa en trabajos para el Estado. Esta decisión ha sido criticada por algunos, quienes la ven como una forma de cartelización que limitaba la participación a un grupo conocido popularmente como “patria contratista”.
La nueva “Metodología de cálculo y vigencia de la calificación de los contratistas de obra pública” se encuentra detallada en el anexo de la disposición 24/2025 de la Oficina Nacional de Contrataciones, publicada hoy en el Boletín Oficial. El objetivo declarado es fomentar una mayor concurrencia y competencia entre los oferentes, así como facilitar la entrada de nuevos participantes, tanto locales como de empresas extranjeras.
Para ello, el Gobierno considera que es necesario “flexibilizar los parámetros utilizados para calificar a las constructoras de obra pública y simplificar los trámites, con el fin de agilizar el procedimiento de inscripción”.
Igual tratamiento
Así, se establece que deben contemplarse “criterios que consideren de igual manera a las empresas nacionales y extranjeras, así como a los antecedentes de obra pública o privada, para determinar la capacidad de ejecución; eliminando la ponderación de compromisos de obras asumidos y, por lo tanto, la capacidad de contratación”.
La disposición se da a conocer pocos días antes de la Convención Anual de la Cámara Argentina de la Construcción (Camarco), que se llevará a cabo el 3 de junio, y que, a diferencia de años anteriores, no contará con la presencia de funcionarios del Gobierno nacional entre sus expositores.
El posteo de Sturzenegger
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó esta medida en un reciente posteo en la red social X, en el que mencionó que “durante 70 años imperó un sistema de cartelización establecido por ley”, refiriéndose a la ley 13.064 de 1947.
“Este dislate fue protegido por una ley que limitaba la capacidad constructiva de cada oferente, asegurando un reparto entre los actores y restringiendo el acceso al ‘club’”, señaló. Agregó que con la nueva disposición “se derrumban las barreras de entrada a nuevos jugadores” y se elimina el sistema de capacidad constructiva, el cual consideraba un obstáculo para la incorporación de posibles competidores.
“¡Centeno nunca más!”, exclamó el funcionario, en referencia a Oscar Centeno, el exchofer cuyas anotaciones dieron origen a la conocida “Causa de los cuadernos”.
Sturzenegger afirmó que, antes de esta modificación, “a los que realizaban obras privadas o en el exterior se les impedía competir”, pero que a partir de ahora “tendrán paridad con la patria contratista y podrán competir incluso sin contar con obras previas, compensando con patrimonio o garantías”.
Unificación de registros
En marzo de este año, el Gobierno unificó todos los registros de inscripción de interesados en la contratación para la realización de obras públicas o servicios de consultoría, con el fin de “maximizar la eficiencia del gasto público”.
El decreto 105/2025, ahora reglamentado, suprime el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas y el Registro Nacional de Firmas Consultoras de Obras Públicas. Este último requería a las personas interesadas en contratar servicios de consultoría con la Administración Pública Nacional que se inscribieran en el Sistema de Información de Proveedores (Sipro). En su lugar, las empresas y profesionales que deseen trabajar con la Administración Pública Nacional deberán inscribirse en una base de datos unificada.